
Madrid, viernes 16 de octubre de 2026 (Lasvocesdelpueblo).- Los servicios jurídicos de la formación patriota Vox, liderada por Santiago Abascal Conde, han anotado una victoria judicial de proporciones sísmicas contra el entramado de las cloacas del Gobierno socialcomunista. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid ha dictado un contundente auto penal mediante el cual estima el recurso de apelación de Vox contra el carpetazo exprés que el sanchismo pretendió imponer en primera instancia a una querella criminal por presunta corrupción masiva en la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos. La justicia fulmina de este modo la pretensión del Ministerio Fiscal de ocultar las operativas delictivas de la empresa postal pública, ordenando la apertura inmediata de diligencias de investigación criminal para delimitar el alcance de los millonarios fraudes contractuales cometidos en el seno del operador estatal, cuya dirección estratégica es decisiva para blindar la limpieza democrática y el control sobre los procesos del voto por correo en España.
El denominado mediáticamente como «Caso Leire» pivota en torno a las presuntas redes de influencia y fontanería política que el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) orquestó para colonizar los puestos clave de la empresa pública Correos y Telégrafos, situando en puestos directivos y de supervisión a figuras de la máxima confianza del aparato de partido, vinculadas a la órbita de la exdirectora de la fontanería de la Moncloa, María Leire Díez Castro.
De acuerdo con los archivos judiciales y las investigaciones publicadas por Lasvocesdelpueblo, esta colonización institucional de la operadora postal del Servicio Postal Universal no responde a fines de eficacia gerencial, sino a la implantación de una estructura opaca de poder capaz de manejar contratos millonarios y de asegurar una posición de dominio absoluto sobre los canales de distribución postal del Estado.
La ofensiva patriótica liderada por los servicios jurídicos de Vox sostiene que poseer el control jerárquico incondicional sobre Correos representa una pieza de vital importancia para los intereses del Ejecutivo de Pedro Sánchez. Desde la convocatoria de los primeros procesos electorales tras la moción de censura, las redes sociales y diversas plataformas civiles han ardido en polémicas recurrentes en torno a la transparencia y custodia del «voto por correo».
La tesis defendida por las acusaciones apunta a que el dominio político de las infraestructuras postales permite al sanchismo fiscalizar los datos del censo de electores residentes e identificar con precisión matemática los perfiles sociológicos de las circunscripciones con alta abstención crónica. Una vez detectados estos «electores invisibles», las cloacas institucionales dispondrían de los cauces internos ideales para perpetrar adulteraciones censales o interceptar el sentido del sufragio sin levantar sospechas ante la Junta Electoral.
La trascendencia penal del proceso que ahora se reabre radica en que la Audiencia Provincial de Madrid ha detectado que estas sospechas no constituyen meras suposiciones abstractas, sino que caminan en paralelo a un patrón sistémico de desvío de dinero público hacia empresas de la trama y operaciones de salvamento de holdings empresariales amigos del sanchismo.
El hecho de que la justicia haya derribado los diques de contención impuestos por el Ministerio Fiscal para blindar a los altos cargos postales abre la espita para auditar de arriba abajo no solo las adjudications a intermediarios fantasma, sino también el tratamiento informático y físico de los ficheros del censo de residentes ausentes y del voto por correo, garantizando que el sanchismo no emplee el monopolio postal público como una herramienta de ingeniería electoral fraudulenta para perpetuarse en el poder de cara a las próximas citas con las urnas.
Análisis del Auto de la Audiencia Provincial
El contenido íntegro y detallado del Auto emitido por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Madrid, bajo la presidencia de los magistrados Eduardo Víctor Bermúdez Ochoa, Agustín Morales Pérez-Roldán y Elena Perales Guilló, establece unos fundamentos jurídicos demoledores contra la inacción del juzgado de instancia.
El magistrado ponente subraya en los fundamentos del escrito que la desestimación inicial de una querella de acuerdo con el artículo 313 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal «sólo es adecuada en los supuestos en que exista una claridad absoluta sobre la atipicidad de los hechos propuestos». El auto deja claro que, a diferencia de lo que alegaba la defensa del sanchismo y el Ministerio Fiscal, no nos encontramos ante una investigación meramente prospectiva que persiga «la búsqueda de potenciales acciones delictivas» sustentada en «meras hipótesis o en la pura y simple sospecha».
La Sala desmonta el blindaje de la Fiscalía especificando que, si bien la jurisprudencia del Tribunal Supremo rechaza «la mera aportación de recortes de prensa o similares, sin más constatación o acreditación» debido a que suelen ser meras «conjeturas que no cuentan con comprobaciones mínimamente rigurosas», la situación procesal cambia por completo en este supuesto de hecho. Los magistrados razonan textualmente que «cuestión distinta es la que se descubre en los supuestos en que las noticias aportan datos objetivos que se apoyan en fuentes de prueba debidamente reseñadas e identificadas en la información, o que resultan directamente verificables por referirse a documentos provenientes de organismos públicos, y por consiguiente, de carácter oficial».
Detienen con un cuchillo a los radicales que asaltaron la sede de Vox en Tarragona
En la parte dispositiva y central de la resolución, la Sala determina de forma taxativa que «el fundamento de desestimación de la querella no resulta predicable en el presente caso, en la medida de que la misma propone la investigación sobre hechos y delitos concretos» reuniendo elementos objetivos irrefutables y directamente verificables en registros de carácter oficial. Los indicios criminales acreditados por Vox que han forzado la reapertura de la causa se dividen en los siguientes puntos clave:
- El Conflicto de Interés en el Contrato de Seguridad: La resolución cita «la resolución administrativa del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales nº 1551/2024 de 5 de diciembre de 2024» que instó la completa «anulación de un contrato de seguridad de aproximadamente 10 millones de euros adjudicado a TRABLISA», forzando la dimisión del Jefe de Área de Seguridad de Correos al acreditarse que procedía de la misma empresa licitadora.
- Las Alertas de la CNMC: El tribunal destaca el «Informe INF/CNMC/026/24 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia», documento público que identifica la existencia de graves «riesgos de subvenciones cruzadas, sobrecompensación en el Servicio Postal Universal» y ventajas corporativas de acceso a las infraestructuras de la red de Correos.
- La Confesión Judicial de la Trama de Corrupción: El auto incorpora la trascendental «declaración judicial de Víctor de Aldama en el seno de una causa penal seguida ante el Tribunal Supremo, en la que afirmó haber recibido 8 millones de euros de Correos sin contrato formal».
- Los Sobrecostes Brutales mediante Intermediarias: El documento judicial alude a un grupo de expedientes bajo la lupa judicial, destacando el expediente «de convalidación MI230003 (climatización), en el que tres lotes adjudicados inicialmente por 122.389 € pasaron a costar 479.192 € tras readjudicarse a la intermediaria TRADE INTERMEDIA BROKERS, S.L.», lo que representa incrementos inaceptables del «254 %, 487 % y 230 %».
- Pérdidas Asumidas con Dinero Público: En el polémico contrato de «‘Correos Cargo’ con EVELOP AIRLINES (Grupo Globalia), la cláusula sexta establecía que los resultados negativos del ejercicio ‘serán asumidos íntegramente por Correos'», provocando un sistemático desvío de pérdidas del holding privado hacia el erario público.
- La Conexión Directa con la SEPI: La resolución incorpora formalmente «la documentación societaria y la carta del Secretario del Consejo y Director de Asuntos Jurídicos de la SEPI dirigida al entonces Presidente de Correos», un documento oficial que vincula directamente toda la maniobra postal fraudulenta con el multimillonario rescate gubernamental de Globalia y Ávoris.
El Auto de la Audiencia Provincial concluye decretando un ultimátum a la instrucción judicial. La Sala decreta que «la Ley de Enjuiciamiento Criminal no prevé la posibilidad de dictar una resolución de cierre del proceso tras la presentación de una querella relativa a hechos penalmente típicos sin practicar las actuaciones de investigación adecuadas». Con base en este mandato legal inapelable, el tribunal falla con contundencia: «La Sala acuerda: Estimamos el recurso de Apelación interpuesto por la representación del Partido Político ‘Vox’ … debiendo practicar el Juzgado las diligencias de investigación» requeridas, previa toma de declaración personal de los querellados de la trama socialista.
