Madrid (Reino de España), jueves 29 de febrero de 2024 (Lasvocesdelpueblo).- VOX: TS frena el Gobierno ilegal de salvar al prófugo Puigdemont al acordar el Tribunal Supremo (TS), por unanimidad, abrir causa penal por delito de terrorismo a Carles Puigdemont Casamajó y al diputado separatista del Grupo Parlamentario de la izquierda extrema secesionista Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) en el Parlamento de Cataluña, Rubén Wagensberg Ramón, en marco del caso Tsunami Democràtic.
Valoración VOX tras la acusación de terrorismo a Carles Puigdemont Casamajó
Fuentes nacionales de VOX han asegurado esta tarde que: «El Tribunal Supremo frena la operación del gobierno corrupto, ilegal e ilegítimo de salvar al prófugo de la Justicia». Para calle Bambú 12 de la capital del Reino de España, el fundador de la derecha separatista Junts per Catalunya (JxCat), Carles Puigdemont Casamajó es «el prófugo, el enemigo de España, el acusado de delitos de terrorismo que pretende decidir el futuro de nuestra patria».
El partido presidido por Santiago Abascal Conde concreta a Lasvocesdelpueblo que: «La traición de Pedro Sánchez Pérez-Castejón al pueblo español es imposible de medir todavía. Y sigue siendo incomprensible que, ante este escenario, VOX sea el único partido decidido a hacer una oposición frontal, permanente y real al Gobierno Sánchez y sus secuaces».
VOX: TS frena el Gobierno ilegal de salvar al prófugo Puigdemont |En un día histórico como este último día del mes de febrero de 2024 —cuando todo ha quedado en suspenso y nada ahora puede asegurar el futuro de una ley de amnistía inconstitucional e ilegal que, de hecho, el Partido Socialista ya se está planteando pedir a la Mesa del Congreso de los Diputados una segunda prórroga de 15 días por falta de acuerdo entre los socios del régimen sanchista de la Moncloa y el socio descontrolado Junts (Puigdemont), quien exige que el sanchismo incluya el delito de terrorismo y otros contra España/patria en la amnistía, consciente de que España no puede indultar o amnistiar el terrorismo por los tratados internacionales que firmó— VOX ve ganadora su estrategia contra el golpe.
Por eso, calle Bambú 12 ha reafirmado: «Nada que hablar con Sánchez y su gobierno ilegítimo e ilegal. Nada que negociar con el separatismo». «Que comparezcan ante la Justicia y cumplan sus penas», sentenciaron desde VOX nacional al diario digital Lasvocesdelpueblo hoy tras conocer el acuerdo del Tribunal Supremo de abrir una causa por delito de terrorismo contra Puigdemont y Wagensberg (ERC).
El Tribunal Supremo enjuiciará a Puigdemont por terrorismo
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha acordado por unanimidad declarar su competencia y abrir causa para investigar y, en su caso, enjuiciar al golpista prófugo de la Justicia española, expresidente de Gobierno autonómico de la Generalidad de Cataluña y fundador de la derecha separatista Junts per Catalunya (JxCat), actual eurodiputado suspendido de inmunidad parlamentaria, Carles Puigdemont Casamajó, y al diputado del separatista en el Parlamento catalán, Rubén Wagensberg Ramón, por delitos de terrorismo en relación con los hechos investigados en el caso Tsunami Democràtic. El Tribunal Supremo designa instructora conforme al turno establecido a la magistrada Susana Polo.
VOX: TS frena el Gobierno ilegal de salvar al prófugo Puigdemont |Los magistrados concluyen que respecto a estos dos aforados es «necesario y pertinente que sean llamados al procedimiento, a fin de ser oídos como investigados, con todos los derechos y garantías previstas en nuestro ordenamiento jurídico. Diligencia de investigación que no puede realizar el instructor, sino solo esta Sala Segunda por tratarse de aforados». El alto tribunal adopta esta decisión después de analizar la exposición razonada elevada por el magistrado de la Audiencia Nacional, Manuel García-Castellón y García-Lomas (Manuel García Castellón), en la que exponía los indicios que a su juicio acreditan la participación de los dos aforados en los hechos investigados.
En un auto, notificado hoy, también declara la falta de competencia de la Sala para instruir y, en su caso, juzgar a las otras 10 personas investigadas que no son aforadas al no advertirse la unidad inescindible de comportamiento que exige la propia Sala para aceptar la competencia respecto a no aforados. El tribunal no alberga duda alguna de que los hechos que se imputan a Tsunami Democràtic se incardinan en el delito de terrorismo y recoge al menos una decena de sentencias de terrorismo callejero que consolida su doctrina sobre este delito. El auto se centra en los hechos ocurridos el 14-10-2019 en el Aeropuerto de El Prat de Barcelona e indica que el movimiento Tsunami Democràtic responde a «la lucha por combatir la Sentencia 459/2019 del procés en la que se había condenado por sedición y malversación agravada a varios miembros del Gobierno de Cataluña, trasladando a la opinión pública internacional la injusticia palmaria de la resolución y organizando actos violentos para evitar su cumplimiento. Puigdemont era el presidente de aquel Gobierno y estaba, y sigue estando, fugado de la justicia, evitando su enjuiciamiento por esta Sala Segunda».
En relación con los hechos acaecidos ese día en el aeropuerto -explica- que son susceptibles de ser subsumidos en delitos de detención ilegal -o coacciones el día 14-10-2019- en el bloqueo de la entrada y salida al Aeropuerto de El Prat de Barcelona por una multitud de personas congregadas con falsos billetes de avión y tarjetas de embarque. Añade que «se perturbó el servicio de aviación internacional y los servicios de aeropuerto y el tráfico aéreo. Se impidió el acceso de usuarios y tripulación y se aisló la torre de control del aeropuerto, donde se quiso obligar a permanecer a los controladores aéreos, con la idea de provocar la paralización del aeropuerto y la suspensión masiva de vuelos, en una situación de absoluto caos y violencia en la que T.D. actuando con perfecta coordinación y llevando sus miembros pasamontañas que cubrían sus rostros, emplearon instrumentos peligrosos y artefactos de similar potencia destructiva a los explosivos, tales como extintores de incendios, vidrios, láminas de aluminio, vallas, carritos metálicos o portaequipajes, que lanzaron contra los agentes de la autoridad».
Para la Sala, también se ocasionaron lesiones de especial gravedad a miembros de los Cuerpos de Seguridad del Estado, causadas mediante sustancias peligrosas y artefactos de pirotecnia. «Lesiones subsumidas, en principio, algunas de ellas en el art. 149 CP y que estarían en concurso ideal con delitos de atentado a agentes de la autoridad, causadas con instrumentos peligrosos, perpetrados en el aeropuerto de El Prat y en las calles de Barcelona, mediante el lanzamiento de piedras, adoquines, láminas de aluminio y barras de hierro contra los agentes, en medio de la formación de barricadas, quema de bidones inflamables y contenedores. Delitos contemplados en los arts. 550.2 y 551.1 CP en relación con el art. 149 CP en concurso ideal del art. 77.1».
VOX: TS frena el Gobierno ilegal de salvar al prófugo Puigdemont |Además, considera que se cometieron falsificaciones masivas y continuadas de billetes de avión y tarjetas de embarque que llevaron a cabo los organizadores de la acción estratégica de TD para lograr que un gran número de personas accedieran de forma irregular a las instalaciones de la T1 y T2 del aeropuerto de El Prat. Falsedad continuada en documentos mercantiles regulado en los arts. 392, 390.1 y 2 y 74 CP. Y, por último, aprecia también como delitos graves de daños patrimoniales continuados de los arts. 263, 263.2.4, y 266.2 y 74 CP, en bienes de dominio o uso público de especial gravedad y con utilización de sustancias pirotécnicas inflamables, causados en el aeropuerto y calles de Barcelona.