9 meses de prisión para el cantante Pablo Hasel por enaltecimiento del terrorismo e injurias contra España y Rey

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FOTOGRAFÍA. MADRID (ESPAÑA), SIN FECHA. En la imagen, el rapero Pablo Hasel, durante el juicio en la Audiencia Nacional. Madrid, 29.09.2019. La Audiencia Nacional ha suspendido la ejecución de la primera condena a dos años de cárcel que le impuso al rapero Pablo Rivadulla Duró, Pablo Hasel, en 2014, por enaltecer en canciones suyas, que subió al portal de internet YouTube, el terrorismo de ETA, los Grapo, Terra Lliure o Al Qaeda. Efe

Redacción – El Tribunal Supremo confirma nueve meses de prisión para un cantante de rap Pablo Hasel por enaltecimiento del terrorismo e injurias y calumnias contra la monarquía e Instituciones del Estado. La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional rebajó la pena inicialmente impuesta por la Sala de lo Penal. Madrid (España), lunes 8 de junio de 2020.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha desestimado los recursos interpuestos contra la sentencia dictada por la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional que condenó al recurrente como autor responsable de un delito ya definido, de:

I.- Enaltecimiento del terrorismo, con la agravante de reincidencia, a las penas de 9 meses y 1 día de prisión y una multa de 168 días, con cuota diaria de 30 euros y responsabilidad subsidiaria, para caso de impago, de 84 días de privación de libertad, con declaración de las costas de esta instancia de oficio.

II.- Injurias y calumnias contra la Corona y utilización de la imagen del Rey, la pena de doce meses de multa con una cuota diaria de 30 euros, con responsabilidad personal subsidiaria de 6 meses.

III.- Injurias y calumnias contra las Instituciones del Estado, la pena de multa de quince meses, con una cuota diaria de 30 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de 7 meses y 15 días. Se imponen las costas al acusado.

El autor fue condenado por incluir en su perfil en redes sociales comentarios en forma de tuits donde se incorporaban vídeos que incitaban a la violencia, comentarios que se consideran enaltecedores del terrorismo, y vejatorios para la Corona y otras Instituciones del Estado como las Fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.