Auto Judicial: José Luis Rodríguez Zapatero ejerce funciones de dirección y control

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FOTOGRAFÍA. ESPAÑA, AÑO 2026. El expresidente del Gobierno de España y exsecretario general del Partido Socialista (PSOE), José Luis Rodríguez Zapatero; junto al presidente del Gobierno de España y secretario general del PSOE, Pedro Sánchez Pérez-Castejón (d), durante un acto de la formación socialista. Efe
FOTOGRAFÍA. ESPAÑA, AÑO 2026. Auto Judicial: José Luis Rodríguez Zapatero ejerce funciones de dirección y control. Caso Zapatero: VOX solicita prohibición de salida de España y retirada de pasaporte diplomático y cualquier otro documento de viaje. El expresidente del Gobierno de España y exsecretario general del Partido Socialista (PSOE), José Luis Rodríguez Zapatero; junto al presidente del Gobierno de España y secretario general del PSOE, Pedro Sánchez Pérez-Castejón (d), durante un acto de la formación socialista. Efe

Madrid (España), martes 19 de mayo de 2026 (Lasvocesdelpueblo).- Páginas 57, 58 y 59 del Auto Judicial Caso Zapatero | «La red se encuentra estructurada, asumiendo distintas funciones cada uno de sus partícipes. Así, José Luis Rodríguez Zapatero ejerce funciones de dirección y control, seguido de Julio Martínez Martínez, quien actúa como lugarteniente principal y figura visible. Julio Martinez Martinez asume el contacto directo con los clientes, ejecuta las instrucciones de José Luis Rodríguez Zapatero y encabeza formalmente el entramado societario utilizado para canalizar los fondos, tanto en España como en territorios offshore».

DILIGENCIAS PREVIAS PROC. ABREVIADO 0000077 /2024 -S

ANA ISABEL MERAS SANTIAGO, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y DE LA SECCIÓN DE INSTRUCCIÓN,TRIBUNAL CENTRAL DE INSTANCIA,PLAZA No 2 con sede en Madrid.

DOY FE Y TESTIMONIO:

Que en este órgano judicial se instruyen diligencias previas 77/2024-S por presuntos delitos de pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias, apropiación indebida, falsedad documental y blanqueo de capitales en las que se ha dictado auto de fecha 18 del mes en curso, que se adjunta al presente documento, por el que se autoriza la entrada y registro en los siguientes domicilios:

Calle Ferraz, número 35, piso 1o izquierda, Madrid. Oficina de José Luis Rodríguez Zapatero. Lugar de trabajo de María Gertrudis Alcázar Jiménez. En el marco de esta diligencia deberán intervenirse, asimismo, los dispositivos de almacenamiento masivo de información que porte esta última, ya sea de forma anterior o simultánea a dicho registro, y se encuentre en el interior o exterior del mismo.

Calle San Germán, número 12, oficina 17, Madrid. Domicilio social de la sociedad Whathefav SL.

Calle Mar de Kara, número 17, local, Madrid. Domicilio donde se desarrolla la actividad de la sociedad Softgestor SL.

Paseo de la Habana, número 187, M, Madrid. Domicilio social de la sociedad Inteligencia Prospectiva SL.

Todos ellos se ejecutarán en la forma dispuesta en el fundamento de derecho cuarto de la resolución adjunta desde las 07:30 horas del día 19 de mayo de 2026, hasta las 07:30 horas del día siguiente, por funcionarios de las unidades de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado adscritas a la Unidad Central de Delincuencia Económica y Fiscal y Unidad Central de Ciberdelincuencia (UCC). Su objeto es la intervención de cuantos efectos y documentos, cualquiera que sea su soporte, guarden relación con los hechos investigados descritos en la presente resolución, y, que pudieran constituir delito de tráfico de influencias, blanqueo de capitales, u otros delitos relacionados con los hechos investigados; así como de dinero, criptomonedas, y cualesquiera otros bienes o activos que por su valor puedan tener relevancia en orden a responder de las responsabilidades civiles que puedan derivarse de la presente causa.

Se autoriza a los referidos funcionarios para el acceso a la información, volcado, y posterior análisis de esta, contenida en:

Los dispositivos de almacenamiento masivo de información que resulten intervenidos durante los registros autorizados, o a los investigados en el marco del registro o fuera del mismo, como es el caso de María Gertrudis Alcázar Jiménez.

Los repositorios telemáticos de datos (cuentas de correo, de almacenamiento de datos, redes, canales, etc.) a los que tengan acceso los investigados conforme al resultado de los registros.

Este acceso se practicará bajo las condiciones establecidas en el fundamento de derecho quinto de la resolución de 18.5.2026.

Zapatero y sus hijas eran los principales beneficiarios y líderes de la trama, según el juez 

Se acuerda poner la existencia de las presentes actuaciones en conocimiento de José Luis Rodríguez Zapatero, a fin de que pueda personarse en el procedimiento en calidad de investigado y tomar conocimiento de lo actuado, debidamente asistido de abogado, o solicitar la designación de uno de oficio para ejercer su derecho de defensa. A tal fin, se le comunicará la presente resolución, adjuntando los informes 1907/2026 y 1908/2026 UDEF-BBCA, sin perjuicio de su acceso a la totalidad de lo actuado una vez se persone en legal forma. Asimismo, se señala para la práctica de su declaración en calidad de investigado, el día 02.06.2026, a las 09:00 horas de su mañana, en Sala Polivalente situada en la planta sexta de la sede de este órgano judicial, expidiéndose al efecto la correspondiente cédula de citación.

Para la ejecución de todas las diligencias acordadas líbrense los oportunos mandamientos a la UDEF.

Notifíquese la presente al interesado o la persona que legítimamente le represente, conforme a lo dispuesto en el art. 569 LECrim, en la práctica de los registros acordados.
Contra la presente resolución podrán formularse, ante este órgano judicial, recurso de reforma en el plazo de tres días y apelación en el plazo de cinco días. El recurso de apelación podrá interponerse subsidiariamente con el de reforma o por separado, sin que sea necesario interponer previamente el de reforma para presentar la apelación.
Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. D. José Luis Calama Teixeira, Magistrado- Juez de la plaza número 2 de la Sección de Instrucción del Tribunal Central de Instancia, en las presentes actuaciones; doy fe.

Lo preinserto concuerda bien y fielmente con su original al que me remito en caso necesario y para que conste a efectos de mandamiento de entrada y registro en el domicilio sito en calle Ferraz 35- piso 1° izda de Madrid, expido y firmo el presente en Madrid a dieciocho de Mayo de dos mil veintiséis.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TERCERO. Imputación de José Luis Rodríguez Zapatero

Conforme a lo dispuesto en los arts. 118 y 775 LECrim, procede atribuir la condición de investigado a aquella persona respecto de la cual existan indicios racionales de criminalidad, entendidos como datos objetivos, plurales y concordantes que permitan fundadamente vincularla con los hechos objeto de investigación, sin que sea exigible en este estadio procesal una prueba plena ni una calificación jurídica definitiva.

El relato de hechos punibles que ha sido expuesto como resultado de las diligencias de investigación hasta el momento practicadas, evidencia la existencia de una estructura estable y jerarquizada de tráfico de influencias, liderada por José Luis Rodríguez Zapatero, cuya finalidad habría sido la obtención de beneficios económicos mediante la intermediación y el ejercicio de influencias ante instancias públicas en favor de terceros, principalmente la compañía Plus Ultra. La actuación de esta red se desarrollaría bajo una apariencia formal de asesoramiento, representación institucional o consultoría estratégica, encubriendo en realidad una operativa dirigida a obtener decisiones administrativas favorables a cambio de contraprestaciones económicas.

José Luis Rodríguez Zapatero se erige como el núcleo decisor y estratégico de la red. Su liderazgo no se manifiesta de forma formal o pública, sino a través de su capacidad de dirección, coordinación y supervisión, evitando en lo posible la ejecución directa de las gestiones más comprometidas. Este rol se deduce de múltiples evidencias, entre ellas las conversaciones en las que se hace referencia a su capacidad de decisión [«nuestro pana Zapatero detrás», conversación de 22.07.2020; «lo tiene Grupo Zapatero desde esta mañana. Ya estaban en ello (dicen)», conversación de 04.07.2020; «los de gowair saben todo lo que hacemos incluso que zapa es nuestro contacto», conversación de 09.09.2020″; «no sé si será bueno que le hagan un toque técnico desde arriba o que Zapatero hable con alguien en la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI)«, conversación de 16.09.2020; «lo que quiero, es que hablé con la SEPI, él o Zapatero, y saquen aunque sea de palabra que nos conceden la ayuda con un 100% de seguridad. Con esa respuesta, que busquen un banco para el crédito puente», conversación de 22.09.2020; «Mañana Zapatero interviene directamente Va a intentar que nos den los permisos sin que tenga que intervenir la embajada de España», conversación de 29.01.2021], y a su intervención determinante en los hitos clave del procedimiento administrativo.

Admitida a trámite la querella de VOX contra el SEPI y aerolínea Plus Ultra

Un día después de la creación del Fondo de Apoyo (FASEE), en fecha 04.07.2020, se produce una conversación entre Rodolfo Reyes Rojas y Julio Martínez Sola, donde este último le informa que la red de influencia, liderada por José Luis Rodríguez Zapatero, a la que los investigados definen como Grupo Zapatero, ya estaría trabajando y que se produciría una comida entre Roberto Roselli, Julio Martínez Martínez (El Tocayo) y Julio Martínez Sola: «lo tiene Grupo Zapatero desde esta mañana. Ya estaban en ello (dicen). El martes, comemos Roberto y yo con Julio Martínez», conversación de 04.07.2020

Su posición preeminente queda igualmente reflejada en la planificación de la actividad de la red, como cuando es él quien remite a Julio Martínez Martínez los archivos Excel con los clientes de Análisis Relevante, que no constituyen simples listados, sino herramientas de planificación logística; o cuando imparte instrucciones para la constitución de una sociedad en el extranjero, en una reunión celebrada en el restaurante Portonovo, a la que convoca a Julio Martínez Martínez enviando incluso a un escolta a realizar la reserva. En dicha reunión se plantea la posibilidad de que determinados pagos no se realicen en España, sino en cuentas radicadas en el extranjero, concretamente a nombre de Landside.

La red se encuentra estructurada, asumiendo distintas funciones cada uno de sus partícipes. Así, José Luis Rodríguez Zapatero ejerce funciones de dirección y control, seguido de Julio Martínez Martínez, quien actúa como lugarteniente principal y figura visible. Julio Martinez Martinez asume el contacto directo con los clientes, ejecuta las instrucciones de José Luis Rodríguez Zapatero y encabeza formalmente el entramado societario utilizado para canalizar los fondos, tanto en España como en territorios offshore.

Esta posición se evidencia en expresiones como «no hablo con el directo, hablo con un lacayo» (conversación Roberto Roselli y Rodolfo Reyes de 18.05.2020), utilizada para referirse a Julio Martínez Martínez en relación con José Luis Rodríguez Zapatero.

Además, se identifica a Manuel Aarón Fajardo como otro lugarteniente con un ámbito de actuación específico en Venezuela, siendo descrito por los propios investigados como «la pieza de ZP en Venezuela» (conversación de 28.04.2020). Manuel Aarón Fajardo facilitaría contactos más alto nivel institucional, como se deduce de los mensajes en los que invita a los directivos de Plus Ultra a contactar con Julio Martínez Martínez indicando que «en el equipo del amigo estamos él y yo» (conversación Julio Martínez Sola-Manuel Aarón Fajardo de 15.05.2020).

En un tercer nivel se sitúan María Gertrudis Alcázar y Cristóbal Cano, responsables del soporte administrativo y financiero. Ambos se encargan de proporcionar cobertura formal y documental a la operativa, coordinando la emisión de facturas, los conceptos a consignar y los importes, como se observa en correos electrónicos en los que María Gertrudis Alcázar consulta a Cristóbal Cano si debe emitir una o varias facturas por 20.000 euros y qué conceptos incluir, recibiendo posteriormente indicaciones precisas sobre importes, trimestres y descripciones (correo de 22.09.2021).

Los directivos de Plus Ultra son plenamente conscientes del funcionamiento de la red y de que la contraprestación económica está condicionada a la efectividad de las influencias. Esto se refleja en expresiones como «ellos cobran si se mueven» (conversación Rodolfo Reyes y Roberto Roselli de 26.05.2020) o «no tenemos problema de pagar al que mueva el hilo» (25.08.2020).

Tras fracasar las vías de financiación bancaria, la red identifica la oportunidad que brinda la creación del FASEE, aprobado mediante Real Decreto-ley 25.2020 el 03.07.2020. Al día siguiente, Julio Martínez Sola comunica a Rodolfo Reyes que «lo tiene Grupo Zapatero desde esta mañana» y que ya estaban trabajando en ello, recibiendo como respuesta «solo pedimos el 5% de lo que den a Iberia y Europa» (conversación de 04.07.2020).

La red logra concertar una reunión en el Ministerio de Transportes el 22.07.2020, a la que asisten altos cargos del Ministerio y directivos de Plus Ultra. Tras la reunión, los investigados relatan que fueron recibidos por «altas recomendaciones» y que el papel del Ministerio sería «hablar bien de las compañías», añadiendo Rodolfo Reyes de forma explícita: «Nuestro pana Zapatero detrás» (conversación de 22.07.2020).

Un día después, el Consejo de Ministros aprueba el FASEE (23.07.2020), y el 24.07.2020 se publica en el BOE la Orden PCM/679/2020, donde se detallan los criterios de elegibilidad. En fechas inmediatamente posteriores, el 29.07.2020, se produce una reunión entre Julio Martínez Martínez y Julio Martínez Sola, y al día siguiente se firma el contrato de asesoramiento entre Análisis Relevante y Plus Ultra por 6.050 euros mensuales durante 12 meses, revelando la sincronía temporal entre las gestiones de influencia y la formalización de los contratos.

Las conversaciones posteriores confirman que estos contratos no responden a servicios reales, sino que constituyen una mera cobertura documental. Así, en agosto de 2020 los directivos de Plus Ultra discuten los costes de las distintas «vías», refiriéndose al pago de 60.000 euros antes de IVA’a Análisis Relevante, y señalando que «si asegura, le damos el doble cuando caiga el dinero» (conversación grupal de 21.08.2020), lo que vincula directamente el pago a la concesión de la ayuda pública.

Auto completo de la imputación de José Luis Rodríguez Zapatero de 85 folios