Madrid (Reino de España), lunes 21 de octubre de 2024 (Lasvocesdelpueblo).- Caso Koldo (Koldo García Izaguirre) | El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha rechazado la querella presentada por el PP contra el PSOE por financiación ilegal en el marco de la causa en la que investiga una organización presuntamente dedicada al fraude en el pago de impuestos de hidrocarburos. Además, ha acordado mantener en prisión incondicional en este mismo procedimiento al empresario Víctor Gonzalo de Aldama Delgado (Víctor de Aldama).
La querella del PP inadmitida iba dirigida, además de contra el PSOE, contra los empresarios Víctor Gonzalo de Aldama Delgado (Víctor de Aldama), su socio, el empresario Claudio Rivas Ruiz-Capillas, y contra Koldo García Izaguirre, exasesor del exministro de Fomento y exministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana del Gobierno de España, miembro del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) del que fue secretario de Organización (2017-2021) y diputado del grupo Mixto en el Congreso de los Diputado en la actualidad tras su expulsión del PSOE, José Luis Ábalos Meco, por supuestos delitos de blanqueo, cohecho, tráfico de influencias y financiación ilegal.
En un auto, en línea con el informe de la Fiscalía Anticorrupción, Pedraz señala que para admitir la querella debe analizarse si los datos ofrecidos de forma anónima en la información periodística que se invoca tienen la virtualidad suficiente como para iniciar la investigación.
El magistrado recuerda que una denuncia anónima tiene plena validez para iniciar una investigación, siempre que las informaciones vengan avaladas por datos corroboradores, o que sean esas mismas las que funcionen como elemento confirmador de otros, sin necesidad de desvelar la identidad del informador, tal y como establece el Tribunal Supremo.
La jurisprudencia, explica el instructor, requiere que esas informaciones estén sustentadas en algún dato, hecho o circunstancia de conocimiento que sirva para delimitar una conducta típica y su atribución a la persona querellada. Además, añade que la jurisprudencia indica que «con carácter general, una noticia por sí sola, no legitima a ningún accionante popular para convertir el relato periodístico en un relato de hechos punibles desencadenantes del proceso penal. Se precisa algo más».
Para Pedraz, en el caso de la querella del PP, ese «algo más» según se sigue de la lectura de lo relatado en la querella no se da, pues de lo actuado hasta la fecha en la presente causa no aparece vinculación alguna con lo denunciado.
Incluso, advierte el magistrado, «aparecen contradicciones de los denunciantes anónimos, como señala el Ministerio Fiscal al señalar que la tramitación corresponde al Ministerio para la Transición Ecológica y no al Director del Gabinete del Ministro de Industria, a lo que une un informe que aparece en unas D. Previas del Juzgado Central de Instrucción Dos y contradice también a dichos denunciantes».
Por ello, procede inadmitir la querella sin perjuicio de lo que depare el transcurso de la instrucción.
En el mismo auto, titular del Juzgado central de Instrucción Cinco admite la personación como acusaciones populares del PP, Manos Limpias, la Asociación Hazte Oír y Vox, previa prestación de fianza de 10.000 euros.
En otra resolución, el magistrado mantiene en prisión sin fianza al empresario Víctor Gonzalo de Aldama Delgado (Víctor de Aldama) para evitar que pueda obstruir la acción de la justicia.
En un auto, en el que rechaza el recurso de reforma de este empresario, Pedraz recuerda que se han acordado múltiples diligencias que aún están pendientes y que queda por analizar todo lo hallado en los registros.
Añade que una parte importante de lo defraudado, casi 74 millones de euros, podría haber sido transferido a cuentas en el extranjero, por lo que es preciso proceder a su localización y bloqueo, así como determinar las operaciones de blanqueo presuntamente ejecutadas, unas medidas «que se verían frustradas o, al menos, dificultadas, si el investigado se encontrara en libertad».