Comisión Jurídica pide a Cataluña «hacer compatible» las elecciones del 14-F con la crisis del covid 19

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FOTOGRAFÍA. PLAZA DE ARTÓS DE BARCELONA (CATALUÑA) ESPAÑA, 08.11.2019. La formación política de Santiago Abascal Conde, «Voz del Pueblo» (VOX), saldrá el próximo domingo, 10 de noviembre de 2019, para ganar los comicios a las Cortes Generales del Reino de España. Los candidatos catalanes de VOX, su número uno y dos por Barcelona al Congreso de los Diputados, Ignacio Garriga y Juan José Aizcorbe, junto a sus compañeros de Lérida, Tarragona y Gerona, y los representantes de VOX del resto de España saldrá el 10N para ganar las elecciones generales. Ñ Pueblo Lasvocesdelpueblo

Lasvocesdelpueblo y Agencias – La Comisión Jurídica Asesora de la Generalidad de Cataluña ha hecho llegar al Gobierno autonómico de Cataluña un informe que plantea un paquete de medidas, que deberían quedar recogidas en una «ley electoral parcial», para blindar la celebración de las próximas elecciones catalanas frente a la pandemia de la COVID-19. El dictamen de la Comisión Jurídica Asesora concluye que el derecho de voto, como derecho fundamental, «no se puede prohibir ni limitar por parte de los poderes públicos ni en situaciones normales ni tampoco en situaciones excepcionales» debido a una pandemia. Barcelona (España), lunes 5 de octubre de 2020.

El informe, de 57 páginas y al que ha tenido acceso Efe, fue solicitado el pasado 3 de agosto por el entonces presidente del Gobierno de coalición nacionalsocialista de ERC y JxCAT, Quim Torra, que pidió a la Comisión Jurídica Asesora un dictamen sobre el derecho de voto de los catalanes en una situación de pandemia.

Estas son sus conclusiones y la treintena de medidas que plantea:

DERECHO DE VOTO

El dictamen de la Comisión Jurídica Asesora concluye que el derecho de voto, como derecho fundamental, «no se puede prohibir ni limitar por parte de los poderes públicos ni en situaciones normales ni tampoco en situaciones excepcionales» debido a una pandemia.

Así, en las circunstancias actuales condicionadas por la COVID-19, Cataluña «debe hacer compatible el ejercicio del derecho de sufragio y la protección de la salud pública, con la adopción de medidas necesarias y proporcionadas que pueden afectar la forma o modalidad del ejercicio del derecho de voto, sin sacrificar su núcleo esencial».

MEDIDAS ORGANIZATIVAS

El informe enumera una serie de medidas de tipo organizativo que se pueden aplicar en actos de campaña electoral y durante la jornada de votación para garantizar la seguridad de los colegios electorales como, por ejemplo, medidas de señalización, ventilación, circuitos, prioridades de entrada y salida de personas vulnerables, colas separadas para estas personas o limitación de aforo de los locales.

También se hace hincapié en el uso de medidas de protección como mascarillas y guantes, recomendación de llevar el voto preparado desde casa, limitación de la presencia de personal de la administración al suprimirse la comunicación de datos provisionales de participación y petición a las candidaturas para que nombren interventores en las mesas, y no apoderados.

LEY ELECTORAL PARCIAL

Otro paquete de medidas requeriría la aprobación de una «ley electoral parcial» -Cataluña no tiene aprobada una ley electoral propia y se rige por la Ley Orgánica de Régimen Electoral General-, que podría amparar medidas como la «reserva de franjas horarias de votación para electores vulnerables» o en cuarentena.

También se podría alargar los horarios de votación, permitir más de una jornada de votación, interrumpir las votaciones para tareas de desinfección o ubicar urnas en el exterior de los colegios electorales para determinados electores.

El informe propone asimismo establecer una nueva variante del voto por correo para los electores afectados por un confinamiento territorial o una cuarentena individual posterior a la finalización del plazo de solicitud del voto por correo.

PETICIONES A LA JUNTA ELECTORAL CENTRAL

Cataluña, remarca el dictamen, puede proponer a la Junta Electoral Central prorrogar los plazos para solicitar el voto por correo y todos los plazos relacionados con la petición y emisión del voto de los residentes ausentes o temporalmente en el extranjero.

También se puede plantear la solicitud telemática del voto por correo y la posibilidad de emitir el voto en el mismo momento en que el personal de Correos lleva la documentación al domicilio, así como la aprobación de un modelo disponible ‘online’ de sobre y papeletas que pueda ser impreso personalmente por cada elector.

OTRAS ADMINISTRACIONES

Cataluña puede instar a los ayuntamientos y a la Oficina del Censo Electoral a adoptar medidas que permitan aumentar el número de mesas y colegios electorales.

Al Gobierno del Estado, puede emplazarlo a que, de acuerdo con las indicaciones de la Junta Electoral Central, «habilite los mecanismos para que los notarios puedan llevar a cabo telemáticamente los apoderamientos a terceros para solicitar el voto por correo».

APLAZAMIENTO O SUSPENSIÓN DE LAS ELECCIONES

Si la pandemia se descontrola y se considera que el conjunto de medidas es insuficiente para garantizar el «pleno ejercicio del derecho de voto» en un contexto de seguridad sanitaria, la Comisión Jurídica Asesora subraya que la Generalitat «puede proceder al aplazamiento» o la «suspensión» de las elecciones.

Eso, en todo caso, debería producirse «con la adecuada motivación y con la afectación mínima imprescindible de la periodicidad de las elecciones o del deber de celebrarlas».

Unas elecciones que, según detalló el presidente del Parlamento de Cataluña, Roger Torrent, serán convocadas de manera automática para el 14 de febrero si antes no hay una investidura -no hay ninguna previsión de que se postule ningún candidato viable- para sustituir a Quim Torra como presidente.