El Consejo General del Poder Judicial cuestiona la «Ley de libertad sexual» feminista de la «familia Iglesias»

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FOTOGRAFÍA. MADRID (ESPAÑA), AÑO 2021. Irene Montero Gil, la ministra de Igualdad del partido de ultraizquierda Podemos y esposa del vicepresidente de Gobierno Pablo Iglesias, durante una sesión de control al Ejecutivo en el Congreso. Efe 

Efe – La propuesta de informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre la ley integral de libertad sexual, conocida como la ley del «solo sí es sí», cuestiona varios de los ejes del proyecto, desde la definición del consentimiento de la víctima, a que se considere agresión sexual lo que ahora es un abuso. Madrid (España), viernes 5 de enero de 2021.

Según ha informado en un comunicado el CGPJ, el pleno del órgano de gobierno de los jueces estudiará el 25 de febrero la propuesta de informe que han redactado tres vocales y que este viernes ha sido remitida al resto para que hagan sus observaciones antes del debate.

Los ponentes consideran que la obligación de que el consentimiento sea expreso, concluyente e inequívoco por parte de la víctima puede comportar una «inversión de la carga de la prueba»; y cree que eliminar el delito de abuso sexual puede perjudicar a la víctima, al no castigar con mayor pena a quienes cometan actos más graves.

El informe del CGPJ es preceptivo, pero no vinculante para el Gobierno, y el Ministerio de Igualdad lo esperaba ya en enero para consultar después al Consejo de Estado y poder enviar el proyecto al Parlamento para el 8 de marzo, Día de la Mujer, pero el retraso del órgano de gobierno de los jueces a la hora de entregarle su dictamen amenaza sus planes.

Dos de los ponentes del informe, la magistrada Roser Bach y la abogada Pilar Sepúlveda, fundadora de la Asociación de Mujeres Víctimas de Agresiones Sexuales, forman parte del considerado sector progresista del CGPJ; mientras que el tercero, el magistrado José Manuel Fernández, se enmarca en el conservador.

Su informe advierte de que el Código Penal vigente ya considera punible todo acto de carácter sexual realizado sin el libre consentimiento del sujeto pasivo y considera «innecesaria» la definición que se hace en el anteproyecto diseñado por Igualdad.

Según ese texto, «se entenderá que no existe consentimiento cuando la víctima no haya manifestado libremente por actos exteriores, concluyentes e inequívocos conforme a las circunstancias concurrentes su voluntad expresa de participar en el acto».

El problema, alertan los vocales, no es conceptual, sino de prueba. «Se estarían alterando de modo sustancial las normas sobre la carga de la prueba en el proceso penal, con riesgo de afectación del principio de presunción de inocencia», advierten.

Además, a su juicio, no se evitará con esa definición la denominada «victimización secundaria», ya que los interrogatorios girarán sobre el modo en que la víctima suele prestar su consentimiento sexual, para determinar que en el caso en cuestión lo hubo.

En el anteproyecto se opta también por eliminar el delito de abuso sexual y crear una categoría única de agresión sexual, para evitar que fuera considerada abuso una violación en la que no se lograr probar la existencia de violencia o intimidación, como ocurrió en las primeras sentencias de La Manada.

Pero los ponentes advierten de que ese cambio puede derivar en desprotección a las víctimas, ya que no tendrá mayores consecuencias emplear en la comisión de un delito un medio más lesivo que otro.

Para evitarlo, proponen crear una modalidad agravada de agresión sexual, con violencia o amenazas, en la que se imponga la pena en su mitad superior.

El cambio, continúan en su informe, abre además la puerta a castigar con gran severidad conductas que presentan un menor grado de lesividad, aunque el anteproyecto incorpora un tipo atenuado facultativo.

Al margen de la tipificación de los delitos, la nueva ley contempla la especialización de juzgados y de jueces en violencias sexuales, pero lo ponentes piden que se aclare si se crearán juzgados específicos o si se ocuparán de estos casos los de violencia sobre la mujer; y reclaman también que se especifique qué órganos se harán cargo de las agresiones sexuales a menores.

En cualquier caso, advierten de que se necesitará un aumento «significativo» de órganos judiciales, con más medios personales y materiales.

Su informe incluye también críticas a la técnica legislativa -qué partes de la ley tienen carácter orgánico y cuáles no- y cree que para evitar solapamientos con otras leyes sería mejor reducir su contenido a los aspectos nucleares y troncales relacionados con las violencias sexuales.