El fiscal acusará a Trapero de «rebelión» por «enfrentamiento entre Mozos y FCSE)» el 1-O

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BARCELONA (ESPAÑA), 27.09.2017. En la Imagen, El mayor de los Mozos de Escuadra, Josep Lluís Trapero, que acudirá a la reunión de mandos policiales que la Fiscalía ha convocado para mañana, miércoles 27 de septiembre de 2017, para coordinar las actuaciones encaminadas a evitar la celebración del referéndum del 1 de octubre, suspendido por el Tribunal Constitucional. Efe.

Lasvocesdelpueblo y Agencias – La Fiscalía cambiará el delito de sedición por el de rebelión en su escrito de acusación contra la cúpula de los Mozos de Escuadra, liderada por el presunto delincuente independnetista Josep Lluís Trapero. Así, Trapero se enflataría a una condena de hasta 30 años de cárcel. «La actuación de esos efectivos de los Mossos en la jornada» del referéndum ilegal no autorizado por la Justicia «fue de total pasividad, cuando no de enfrentamiento con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado» (FCSE): Policía Nacional y Guardia Civil «para impedir la clausura de los centros», según resumía la resolución. Para la sala, el operativo que se estableció para ese día no obedeció a razones técnicas «sino al designio de posibilitar el referéndum», y además se movilizaron pocos agentes autonómicos, 7.000 en lugar de los 12.000 que se han llegado a desplegar en jornadas electorales. Madrid (España), miércoles 17 de octubre d e2018. Fotografía: BARCELONA (ESPAÑA), AÑO 2017. En la Imagen, El mayor de los Mozos de Escuadra, Josep Lluís Trapero, que acudirá a la reunión de mandos policiales que la Fiscalía ha convocado para mañana, miércoles 27 de septiembre de 2017, para coordinar las actuaciones encaminadas a evitar la celebración del referéndum del 1 de octubre, suspendido por el Tribunal Constitucional. Efe.

La Fiscalía de la Audiencia Nacional estudia pedir a la Sala de lo Penal una «prórroga» para presentar su escrito de acusación contra el mayor de los Mossos Josep Lluís Trapero, después de que se haya dictado el pasado lunes la apertura de juicio contra él y la excúpula de Interior catalana.

En el auto de apertura de juicio oral, la sección primera de lo Penal da cinco días para presentar su escrito de calificación a la Fiscalía, que ha estado debatiendo la conveniencia de acusar a Trapero por rebelión para unificar la acusación con los exmiembros del Govern procesados en el Tribunal Supremo, según han confirmado a Efe fuentes fiscales.

Según estas mismas fuentes, a primera hora de la tarde de hoy se ha notificado el auto a la Fiscalía, con lo que comienza a correr el plazo, y ahora se estudiará si es tiempo suficiente o si se pide una prórroga.

«No se ha pedido ninguna prórroga por el momento», ha afirmado a los periodistas la fiscal general, María José Segarra, quien ha eludido pronunciarse sobre el escrito y sobre los delitos por los que se acusara a los procesados.

Fuentes fiscales han indicado que «casi seguro» que la acusación finalmente será por el delito de rebelión y no por el de sedición, si bien este último podría ofrecerse como alternativa al primero.

La jueza Carmen Lamela procesó a Trapero por un delito de pertenencia a organización criminal y dos de sedición por haber consentido la celebración del 1-O y no haber frenado el asedio a la Conselleria de Economía los días 20 y 21 de septiembre.

También acordó los procesamientos del ex secretario general de Interior de la Generalitat César Puig y del exdirector de los Mossos d’Esquadra Pere Soler, ambos por organización criminal y un único delito de sedición por el 1 de octubre, así como el de la intendente Teresa Laplana, en su caso por sedición por el asedio a la Conselleria.

Al confirmar el procesamiento, la sección segunda, encargada de resolver los recursos, concluyó que la investigación practicada a lo largo de estos meses demuestra «sin duda la cooperación» del antiguo dirigente de los Mossos «en ese eslabón del plan secesionista».

Según dijo entonces la Sala, los responsables de los Mossos, con Trapero a la cabeza, incumplieron el 1-O el mandato del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de impedir el referéndum simulando «un dispositivo engañoso, meramente formal, con designio no sólo de permitir la celebración de la ilícita consulta, sino de socavar la actuación que (…) desarrollasen los otros cuerpos de seguridad del Estado».

Esta postura, añaden, se plasmó al principio en moderadas indicaciones dadas por Trapero apelando a los principios de oportunidad y proporcionalidad, y se tradujo después «en pautas de actuación ambiguas en principio y contrarias a las órdenes del TSJC».

Para la sala, el operativo que se estableció para ese día no obedeció a razones técnicas «sino al designio de posibilitar el referéndum», y además se movilizaron pocos agentes autonómicos, 7.000 en lugar de los 12.000 que se han llegado a desplegar en jornadas electorales.

«La actuación de esos efectivos de los Mossos en la jornada fue de total pasividad, cuando no de enfrentamiento con los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado para impedir la clausura de los centros», según resumía la resolución.