El juez mantiene en libertad a los exjefes de ETA «Mikel Antza» y «Ramontxu» por el atentado de Santa Pola 

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FOTOGRAFÍA. BARCELONA (ESPAÑA), 19.06.2019. La Asociación Catalana de Víctimas de Organizaciones Terroristas (ACVOT), que preside José Vargas Rincón (i), moviliza a Policías nacionales, Guardias Civiles, Mozos de Escuadra, Policías Locales, partido políticos como VOX, representado por Ignacio Garriga Vaz de Concicao, al PP, representado por sus concejales en el Ayuntamiento de Barcelona, entre ellos Josep Bou Vila, a Ciudadanos (Cs), representado por sus cargos catalanes en el Ayuntamiento de Barcelona y su portavoz adjunto en el Congreso de los Diputados, Edmundo Bal Francés, y representante del Gobierno en funciones de España del presidente Pedro Sánchez (PSOE), representado por Sonia Ramos Piñeiro (d) quien es la directora de la Oficina de las Víctimas del Terrorismo en el Ministerio de Interior, hoy frente al Monumento de las víctimas del terrorismo, ubicado en la Avenida Rio de Janeiro, número 3 de Barcelona, para rechazar la masacre terrorista de los de Arnaldo Otegui Mondragón (EH Bildu). El PSC no ha asistido. Lasvocesdelpueblo (Ñ Pueblo)

Redacción.- Madrid (España), lunes 3 de octubre de 2022. El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha rechazado la petición de prisión provisional formulada por las asociaciones de víctimas del terrorismo respecto de los exjefes de ETA «Mikel Antza» y «Ramontxu», por el atentado de Santa Pola cometido por la banda terrorista en agosto de 2002 y ha acordado mantener a ambos en libertad, si bien les ha impuesto medidas cautelares.

En concreto, tras tomarles declaración, el magistrado ha acordado imponer al primero la obligación de comparecer cada mes ante el Juzgado Central de Instrucción 6 o ante el más próximo a su domicilio, la prohibición de salida del territorio con entrega de pasaporte, así como la designación de un domicilio a efectos de notificaciones. Respecto del otro investigado, el instructor le conmina a designar un domicilio donde pueda ser emplazado.

En sendas resoluciones, el magistrado considera que en este caso no se dan los requisitos necesarios para la imposición de la medida de prisión provisional, como son el riesgo de fuga, la reiteración delictiva, la destrucción de pruebas o la posibilidad de que el encausado pueda actuar contra bienes de las víctimas.

Según el titular del Juzgado Central de Instrucción 6, no concurre riesgo de fuga toda vez que el investigado se encuentra localizado, posee arraigo en España y no se infiere que vaya a evadirse de la acción de la justicia en la presente causa.

En relación con la ocultación o destrucción de pruebas, señala que han transcurrido más de 20 años desde la comisión de los hechos que se investigan, «por lo que, prima facie, no resulta dable afirmar que se puedan destruir tales medios de prueba, ya que no existe una inmediatez entre la comisión delictiva y esta instrucción».

El magistrado se refiere también reiteración delictiva y explica que se debe tomar en consideración que en la actualidad no existe dicho riesgo, «ante la disolución de la organización terrorista ETA y el cese en sus actividades criminales. Por ende, no cabe atender a la gravedad de los hechos que se pudieran cometer en el seno de la organización terrorista».

No obstante lo anterior, el juez considera necesario imponer medidas cautelares a los investigados ante la gravedad de los delitos que se le atribuyen (integración en organización criminal y asesinato terrorista) y las elevadas penas de prisión con que están castigados.

El pasado mes de julio García Castellón acordó citar como investigados junto a otros cuatro exjefes de ETA y miembros del Comité Ejecutivo de ETA por el atentado cometido el 4 de agosto de 2002 con coche-bomba en la casa cuartel de la Guardia Civil de Santa Pola (Alicante) en el que murieron un hombre y una menor de edad.