
Madrid (Reino de España), lunes 23 de junio de 2025 (Lasvocesdelpueblo).- CASO KOLDO | El magistrado del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, instructor de la causa abierta en el alto tribunal por la supuesta contratación irregular de mascarillas y material sanitario durante la pandemia del COVID 19 (coronavirus) prohíbe salir de España a José Ábalos Meco y a Koldo García Izaguirre tras los interrogatorios este lunes; de momento, el exministro de Transportes del Gobierno de Pedro Sánchez Pérez-Castejón se libra de la prisión provisional, solicitada por las Acusaciones Populares de la causa de corrupción que sacude al principal partido de la coalición gubernamental comunista y WOKE.
El juez, por lo tanto, mantener las medidas cautelares de prohibición de salida del territorio nacional y obligación de comparecencias quincenales en un Juzgado impuestas al exministro José Luis Ábalos Meco y su exasesor Koldo García Izaguirre, ambos, cabecillas de la red corrupta del PSOE, junto al también exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán León, este último imputado en una pieza separada de la causa principal que podría afectar gravemente el Gobierno regional en coalición entre PSOE y los filoterroristas de EH Bildu, titular de quien es la actual secretario general del PSOE en Navarra, María Victoria Chivite Navascués (María Chivite), cuyo número dos ha presentado su dimisión como vicesecretario del PSN-PSOE y portavoz del grupo Parlamentario en el Parlamento de Navarra, Ramón Alzórriz Goñi, por los vínculos de su familia directa con la empresa Servinabar 2000 de Santos Cerdán León.
Previamente, el magistrado había rechazado la tercera petición de Koldo García Izaguirre de suspender su declaración prevista para hoy, en una providencia en la que le advertía de que, «en caso de que no compareciera, podría adoptar las medidas cautelares de naturaleza personal que procedan para asegurar su presencia ante este tribunal cuantas veces fuere llamado».
El instructor afirma que «no corresponde al investigado organizar la agenda del tribunal y que debe comparecer en la fecha y la hora señaladas».
En una segunda providencia dictada este lunes, el instructor ha rechazado la petición del Gobierno de Navarra de la socialista María Victoria Chivite Navascués de personarse en la causa como acusación particular.
El juez señala que el escrito presentado por el Ejecutivo de Chivite , «en extremo lacónico, omite efectuar referencia alguna a qué concretos hechos (y/o qué eventuales figuras delictivas), de entre los que conforman el objeto de la presente causa especial, determinarían la condición de víctima o perjudicado del Gobierno de Navarra, en los términos previstos en los artículos 109 bis y 110 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, condición indispensable para personación en la calidad pretendida».
TEXTO DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL DEL REINO DE ESPAÑA