El «letrado mayor» del Parlamento advirtió por escrito y verbalmente a los golpistas de la Mesa

0
582
FOTOGRAFÍA. BARCELONA (ESPAÑA), AÑO 2017. Antoni Bayona, letrado mayor del Parlamento autonómico de Cataluña en este año 2017. Efe 

Lasvocesdelpueblo y Agencias – Pieza del Juicio Procés a los golpistas miembros de la Mesa de la cámara regional catalana en 2017. Antoni Bayona, que era letrado mayor del Parlament en 2017, advirtió a los acusados golpistas miembros de la Mesa del Parlamento autonómico de Cataluña en la etapa de la delincuente presa golpista Carme Forcadell Lluís (ERC) del riesgo que asumían si tramitaban las leyes del procés, aunque creía «desproporcionado» que el Constitucional les ordenara vetar iniciativas antes de votarlas.  Barcelona (España), miércoles 22 de julio de 2020. 

Así lo ha testificado Bayona en la segunda sesión del juicio en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) a los miembros de la alianza golpista separatista de ERC y Convergencia-PDECAT: ‘Juntos por el Sí’ (JxSí), en la Mesa en la pasada legislatura -Lluís Corominas, Anna Simó, Ramona Barrufet y Lluís Guinó- y a la exdiputada de la CUP Mireia Boya, para quienes la Fiscalía y la Abogacía del Estado piden 1 año y ocho meses de inhabilitación por un delito continuado de desobediencia grave.

Bayona, que actualmente sigue como letrado de la cámara pero ya no como máximo responsable jurídico, ha asegurado que por norma general la Mesa del Parlamento autonómico de Cataluña no puede entrar en el contenido de las iniciativas de ley que entran en el registro de la cámara, ya que las debe admitir a trámite si cumplen los requisitos formales.

En la misma línea, el secretario general del Parlamento autonómico de Cataluña desde 2016, Xavier Muro, ha indicado que la jurisprudencia del TC avala que la Mesa se limite a los requisitos formales, aunque ha reconocido que en los últimos años se ha incorporado como «matiz» que, si existe un «mandato específico», este órgano pueda comprobar si la propuesta respeta los dictámenes de Constitucional.

A preguntas del presidente del TSJC, Jesús María Barrientos, Bayona ha aclarado además que, una vez admitidas a trámite las propuestas, si dos grupos piden alterar el orden del día del pleno para que se voten, aunque inicialmente no estuviese previsto -como ocurrió con la «ley del referéndum» ilegal del 1-O de 2017, «Ley la de transitoriedad jurídica» y «Ley de la declaración de independencia de Cataluña»-, la Mesa no puede impedirlo.

Bayona ha señalado que cuando el pleno aprobó el 9 de noviembre de 2015 la declaración de ruptura, el TC cambió su doctrina y empezó a advertir a la Mesa del deber de paralizar cualquier iniciativa que supusiera avanzar en el proceso unilateral a la independencia que emanara de esa resolución, que había sido suspendida.

Como letrado mayor del Parlamento, Bayona interpuso un recurso contra esta decisión del Constitucional, para advertir que el tribunal había generado un «problema» porque veía «desproporcionado» llevar el deber de cumplimiento «no a una voluntad definitiva» de la cámara sino a «impedir de raíz la tramitación» de las iniciativas.

Además, discrepaba de que se hiciera recaer el deber de vetar la iniciativa parlamentaria sobre la Mesa, porque cualquier proposición que es admitida a trámite es susceptible de ser modificada posteriormente en el trámite previo a su aprobación.

Al estar también advertido personalmente por el TC, Bayona elaboró varios informes, muchos de ellos junto con Muro, que no son vinculantes, y advirtió por escrito y verbalmente en varias ocasiones a los miembros de la Mesa del riesgo que asumían si tramitaban resoluciones y propuestas del Procés.

Por su cargo, Bayona se sentía «éticamente» obligado a advertir a los miembros de la Mesa de las consecuencias de sus actos cuando entendía que «podían tener un problema y la situación les podía generar responsabilidad», como hizo ante los «claros» avisos de TC.

Lo hizo por ejemplo con mociones a favor del referéndum tras el debate de política general, en la inclusión en los presupuestos de 2017 de una partida para un referéndum o en la tramitación de las leyes del referéndum ilegal y de transitoriedad jurídica que se aprobaron en el pleno del 6 y 7 de septiembre de 2017.

También alertó a la Mesa de las consecuencias jurídicas que asumían si, pese a la notificación del TC, permitían que se votara en el pleno del 27 de octubre de 2017 la resolución sobre la independencia, por lo que todos los letrados de la cámara no asistieron a aquella sesión.

Por su parte, Muro ha recordado que dio órdenes para que los servicios de la cámara no publicaran en el Boletín Oficial del Parlamento las leyes del referéndum y de transitoriedad jurídica, antes de que fuesen discutidas al pleno, y que pese a ello la mayoría soberanista de la Mesa asumió la responsabilidad de su publicación en un documento con el sello del Parlamento, lo que permitió que fueran discutidas y aprobadas por la cámara.

También ha comparecido como testigo, a propuesta de las defensas, Ernest Benach, que presidió el Parlament entre 2003 y 2010, y que ha sostenido que «lo único» que hace la Mesa con las iniciativas es comprobar sus requisitos formales para admitirlas a trámite, ya que «en el fondo no entra nunca».

Benach, que ha explicado que en su etapa también se «desoyó» en alguna ocasión el asesoramiento de los letrados, ya que sus informes no son vinculantes, ha recordado que en 2010 la Mesa rechazó una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) -en la que sí pueden entrar en el contenido- sobre la independencia, porque contenía «enormes fallos de forma y también algunos de fondo», ya que algunas de las firmas que la sustentaban eran con nombres inventados.