El preso político español pasa su segunda noche de «prisión incondicional» y desaparecen los DNI

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Fachada de la sede central del colectivo español, Manos Limpias, con la bandera de España y la Europea en una foto archivo de rtve. Lasvocesdelpueblo.

Redacción – (¡Libertad ya, para el español Miguel Bernad!). Por defender la Unidad de la patria en Cataluña con el clan Jordi Pujol Soley y Marta Ferrussola, Artur Mas Gavarró y parte de su entonces Gobierno separatista catalán, y por luchar contra la corrupción política que sacude la Nación española de los bandos -izquierda y Derecha-, el ciudadanos español don Miguel Bernad, secretario general de «El Colectivo de Funcionarios Públicos Manos Limpias» se ha convertido en el primer preso político de la democracia de nuestra hermosa Nación; España. Según el escrito del Fiscal General del Estado, Daniel Campos, al Magistrado de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, para exigir «prisión incondicional sin fianza» para don Bernad, no existe por primera vez en España una prueba directa e indirecta de un posible cobro de factura o ingreso al sindicato Manos Limpias. ¿El «caso DNI ’14’» del clan Iñaki Urdangarin e Infanta Federica de Borbón y Grecia que aparecía en las cuentas de Hacienda española y desaparecía disolviéndose como azúcar en una tasa de café y se convertía inmediatamente en «error en el proceso desarrollado por Hacienda», según comunicado oficial de Hacienda? Lean el comunicado oficial de Hacienda «somos todos» a José Castro Aragón, el  magistrado-Juez Instructor del Caso Nóos, donde el los Urdangarin están sentados en el banquillo de los acusados con manos Limpias de acusación popular. Y después, les explicamos qué está pasando con el preso político español Miguel Bernad. Barcelona, 20 de abril 2016. Fotografía: Fachada de la sede central del colectivo español, Manos Limpias, con la bandera de España y la Europea en una foto archivo de rtve. Lasvocesdelpueblo.

«Comunicado del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

[gview file=»https://www.lasvocesdelpueblo.com/wp-content/uploads/2016/04/Caso-DNI-14-de-la-Infanta-Cristina_Comunicado-del-Ministerio-de-Hacienda-y-Administraciones-Públicas.pdf» height=»550px» width=»550px» save=»1″]

25 de junio de 2013.- Estas son las conclusiones de la investigación de la Agencia Tributaria sobre del proceso de obtención de la información y su traslado al Juzgado de Instrucción Nº 3 de Palma de Mallorca, referida a la petición de información cursada sobre Dª. Cristina Federica de Borbón y Grecia en el periodo que va desde el año 2002, inclusive, a la actualidad.

El ámbito de la actuación de investigación interna se ha centrado en los siguientes aspectos: Forma de colaboración utilizada por la AEAT para atender la petición formulada en el Oficio del Magistrado-Juez. Tramitación de la petición en la AEAT. Forma y contenido de la contestación a la petición. Circunstancias que han motivado la información al Juzgado de operaciones imputadas erróneamente.

La metodología utilizada se ha basado en la documentación aportada por la Delegación Especial de Cataluña, el Departamento de Informática Tributaria, Dirección General del Catastro y la Inspección General del Ministerio. De las conclusiones alcanzadas como consecuencia de la investigación se deducen las siguientes consideraciones:

1) La AEAT atendió con fundamento en el artículo 95.1.a) de la Ley General Tributaria, que regula la cesión de información tributaria, la solicitud de informe del Juzgado de Instrucción sobre las cuentas y otros bienes de Dª. Cristina Federica de Borbón y Grecia. En los supuestos de cesión de información del citado artículo 95, los datos suministrados son los declarados por los contribuyentes y demás obligados a suministrar información, sin que, con carácter general, hayan sido sometidos a actividad alguna de verificación previa a su automatización.

2) Al no atenderse dicha petición como consecuencia de una solicitud de Auxilio Judicial no era preceptivo un control específico de la información suministrada. En el caso del Auxilio Judicial la información sí debe ser contrastada y valorada ya que la documentación aportada por la Agencia Tributaria al Juzgado adquiere en el proceso el carácter de prueba documental.

3) La preparación de la respuesta a la solicitud del Juzgado se realizó por la Oficina de Comunicación con Juzgados y Tribunales de la Delegación Especial de Cataluña y se remitió por el Delegado Especial de Cataluña, conforme al procedimiento general de gestión de cesión de información.

4) El documento remitido al Juzgado de Instrucción Nº 3 de Palma de Mallorca para satisfacer lo requerido, estaba constituido por un conjunto de pantallas extraídas de las bases de datos de la Agencia, en el que no se incorporó ningún comentario o aclaración. Razón por la que el oficio de contestación al Juzgado precisa que se trata de información procedente de terceros en cumplimiento de los deberes de suministro de información previstos en la Ley General Tributaria.

5) Las trece operaciones de compraventa contenidas en la documentación remitida al juzgado fueron imputadas indebidamente a Dª Cristina Federica de Borbón y Grecia, como transmitente en los años 2005 y 2006.

La causa de esa imputación errónea en once casos fue consecuencia de que la información recibida en la Agencia Tributaria con origen en Notarios y Registradores, figuraba erróneamente atribuida al DNI «14» sin letra de control. Esto provocó la imputación al único DNI «14» que figuraba en la base de datos.

En cuanto a los otros dos registros, se produjo error en el proceso desarrollado por la AEAT al incorporar estas operaciones en sus bases de datos.

6) Esta información ha permanecido en la base de datos de la Agencia Tributaria tal y como fue imputada, sin haber sido modificada.

7) Para los datos a partir del 2007, los procesos de identificación e imputación de la información, procedente de terceros, aplicados en la Agencia Tributaria han mejorado sustancialmente, reforzando los criterios de identificación y el automatismo en la carga y tratamiento de la información».

Que cualquiera persona saque sus propias conclusiones tras leer este comunicado y ahora vamos al escrito del fiscal general del Estado, Daniel Campos al magistrado-juez del Caso Manos Limpias de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz.  Hasta ahora, solo existen pruebas de ingresos legales y tributadas entre la sociedad que defiende los derechos de los consumidores en España, Ausbanc, de Luis Pineda -también en prisión incondicional sin fianza- con empresas entre los cuales, señala el fiscal general del Estado, Daniel Campos: «Unicaja, Braulio Medel,…».

Sin embargo, no existe ninguna y absolutamente ninguna prueba de ingreso o factura ni siquiera una escucha telefónica de posible negociaciones, según el escrito de fiscal general del Estado a Manos Limpias con una de esas empresas. Ni tampoco entre la sociedad Ausbanc y Manos Limpias; simplemente no existe, el fiscal no lo ha mencionado porque no hay nada.

Hasta ahora lo único que existe es el vínculo entre el primer preso político español de la democracia, Manos Limpias, y su determinación a ir hasta final con la acusación popular en todos los casos: Caso Pujol, Caso Artur Mas, Caso Nóos entre otros… ¿A qué no se entiende esta reflexión? Pues, es el propio Fiscal General del Estado Daniel Campos que lo explica así:

La sociedad de consumidores que dirige Luis Pineda «marcaba las pautas» en todos los dossier de Manos Limpias, es decir, se encargaba de negociar los costes de abandono de la acusación popular por ejemplo en el Caso Nóos, donde dice, negoció con el equipo de defensa de los Urdangarin una factura de hasta 3 millones en publicidad desde un banco catalán «el Banco Sabadell»-A qué siempre sale en toda parte «Cataluña», pues ya saben: los tres casos afectan las cloacas del Estado: Caso Artur Mas Gavarró, Caso Pujol y Caso Nóos-.

¿Y qué tiene Manos Limpias en medio de todo eso?

Pues fácil, el fiscal Daniel campos como sobre el asunto de «DNI 14» dice Ausbanc -cuyo directo es «amigo de infancia de Miguel Bernad», según fuentes de la investigación, a la Agencias de noticias Nacional Efe, tras cobrar el dinero en publicidad -legalmente- enviaba la parte que le toca a su «amigo de infancia Miguel Bernad» -el preso político- a «empresas radicadas en Colombia, Venezuela, los Estados Unidos, México y el Reino Unido».

¿Y cómo este dinero iba en las cuentas de Manos Limpias del extranjero a España?

El fiscal que acusa y manda a la carcel a Miguel Bernad no lo sabe. No lo ha explicado al magistrado-juez instructor del Caso manos Limpias. ¿Saben que ha dicho el fiscal para concluir? Tremendo; dice el fiscal general del Estado de la Nación española que pasa que «estas empresas no tenían una actividad real». Así lo ha explicado textualmente radio televisión Nacional de España que ha tenido acceso al escrito del Fiscal General del Estado al Magistrado de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz; a continuación:

Según explica textualmente radio televisión española (RTVE): «Otro de los casos que detalla -el fiscal a- Santiago Pedraz es cómo Luis Pineda negoció con Unicaja ayudar al presidente de la entidad, Braulio Medel, en su declaración como imputado en el caso de los ERE el 17 de febrero de 2016 y la posterior retirada de la acusación que ejercía Manos Limpias contra él. A cambio, la entidad debía pagar un millón de euros en dos plazos, uno de 600.000 antes de la declaración judicial y otro de 400.000 después».

«De hecho, a 2 de febrero, Unicaja había pagado a Ausbanc un total de 617.127 euros en 2016, una cantidad que -reseña el fiscal al juez Pedraz- es «muy superior» a la pagada en años completos precedentes ya que en un mes habían abonado más que en 2013 (126.802 euros), en 2014 (171.518 euros) o en 2015, cuando desembolsó la caja 517.974 euros».

«El magistrado no deja constancia del pago de los otros 400.000 euros, pero sí de que el 29 de febrero Luis Pineda pide al abogado que presente el escrito de retirada de la acusación, cuya acreditación enviaría el responsable de Ausbanc «al presidente» con las «significativas» palabras de «misión cumplida»».

«Ausbanc efectuó transferencias en los últimos cinco años por un total de 7.184.051 euros a las empresas vinculadas a la asociación, algunas de ellas radicadas en Colombia, Venezuela, los Estados Unidos, México y el Reino Unido y que, según el juez, no tenían una actividad real».

Por eso, Manos Limpias y su secretario general don Miguel Bernad junto al responsable de Ausbanc deben seguir en la carcel per a «prisión incondicional sin fianza» hasta que el fiscal tenga las pruebas de ingreso en las cuentas de manos Limpias desde el extranjero: Venezuela, Colombia, Estado Unidos y Reino Unidos», porque para el fiscal, estas empresas tenían algún «vinculo con Manos Limpias» seguramente.

¿Y saben los delitos que ha cometido el preso politico español Miguel Bernad tras leer todo eso?

el fiscal Daniel Campos le imputa a Miguel Bernad los delitos de «extorsión, amenazas y pertenencia a organización criminal» y a su amigo de infancia Luis Pineda, dice el fiscal la mayor pena: los mismo delitos más: «administración desleal y fraude de las subvenciones», es decir, las subvenciones por publicidad que recibía Ausbanc son legales.

Así que hasta que el fiscal no demuestre que el dinera que iba en Venezuela, Colombia, Estado Unidos, Reino Unidos iba a cavar en las cuentas de manos Limpias, esta teoria del fiscal general del estado se cae por su propio peso. Más arriba, el fiscal que acusa y manda Miguel Bernad a la cárcel explica una transacción en Unicaja. ¿Saben que Unica lo ha desmentido en un comunicado? Lean el comunicado de Unicaja a continuación:

«COMUNICADO DE PRENSA

Sábado, 16 de abril de 2016

Respecto a algunas informaciones difundidas en el día de hoy sobre la pretendida existencia de unas posibles relaciones entre esta institución y las organizaciones Manos Limpias y Ausbanc, esta entidad quiere manifestar lo siguiente:

1º. Unicaja Banco no ha mantenido nunca ningún tipo de relación de servicios con el sindicato Manos Limpias, ni, en consecuencia, ha realizado a este pago alguno.

2º. Al igual que con otros muchos medios y empresas de comunicación, Unicaja Banco viene contratando, desde hace más de dos décadas, servicios publicitarios con medios del grupo Ausbanc, sin que ello tenga nada de singular, pues así lo vienen haciendo también, salvo alguna excepción, la práctica totalidad de las principales entidades financieras españolas.

3º. Derivar de lo anterior otro tipo de relaciones, causas o conclusiones como las que sugieren las referidas informaciones, resulta no solo gratuito sino, además, incongruente, pues de la posición que hayan podido tener en el pasado o tengan en el futuro Manos Limpias o Ausbanc en la investigación desarrollada por el Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla (Caso EREs), no se deriva ninguna consecuencia procesal como la que se sugiere respecto de Don Braulio Medel por su antigua condición de vocal del IFA/IDEA, siendo esta la única circunstancia que motivó su declaración.

4º. En efecto, para plantear lo contrario, las informaciones vertidas parten de premisas claramente erróneas o, como mínimo, faltas de rigor. Así, sin ánimo de ser exhaustivos en esa enumeración, basten las siguientes consideraciones:

Don Braulio Medel no se encuentra acusado en el Caso EREs. Ha prestado meramente declaración y su situación procesal no es la de acusado, por lo que difícilmente se puede retirar una acusación que no existe.

La citación de Don Braulio Medel no se produjo a petición de Manos Limpias, ni de ninguna otra acusación, tampoco a instancias de la Fiscalía, sino que la acordó de oficio la anterior titular de dicho Juzgado.

En su declaración ante el Juzgado, Don Braulio Medel manifestó que solo contestaría a las preguntas que le efectuaran el Magistrado Instructor, la Fiscalía, los abogados de la Junta de Andalucía y su propio abogado. Ni se le formuló pregunta alguna por el abogado de Manos Limpias, ni hubiera contestado a las preguntas que hubiese querido hacer.

Tras la presentación de un escrito -ciertamente insólito- de la representación de Manos Limpias interesando que se dejara sin efecto la imputación de Don Braulio Medel (imputación que nunca se ha formalizado judicialmente), fue la propia defensa de Don Braulio Medel, en escrito presentado al Juzgado, la que pidió que no se diera trámite a tal petición de Manos Limpias, significando que la defensa de Don Braulio Medel la ejercía él mismo a través de su propia representación procesal y que, en su momento procesal oportuno, una vez finalicen las declaraciones señaladas en la causa, cursaría la oportuna petición de archivo, lo que se comunicó al Juzgado, a la Fiscalía y a las demás partes de la causa, entre otras cosas, para evitar cualquier tipo de mala interpretación que las maniobras procesales de Manos Limpias pudieran propiciar.

El contenido de dicho escrito se reiteró, días después, al Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla, que efectivamente acordó, de conformidad con lo interesado por la defensa de Don Braulio Medel, que la cuestión se resolverá en su momento procesal oportuno.

Desde que se acordó, en 2014, la declaración de Don Braulio Medel en esta causa, no ha habido ninguna petición ni de la Fiscalía, ni del Servicio Jurídico de la Junta de Andalucía, ni tan siquiera de ninguna de las Acciones Populares, por las que se haya interesado su imputación judicial o la adopción de medida cautelar alguna respecto de Don Braulio Medel.

5º.- La investigación llevada a cabo por el Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla no afecta, en absoluto, a la idoneidad de Don Braulio Medel para presidir Unicaja Banco y no existe ni la más remota relación entre dicha investigación y la decisión, ya comunicada, de Don Braulio Medel de optar por la pertenencia al Patronato de la Fundación Bancaria Unicaja antes del 30 de junio de 2016, decisión consecuente, exclusivamente, con la legislación vigente, que no permite simultanear cargos en ambas instituciones más allá de la fecha indicada».

Y escuchan las declaraciones del preso político español Miguel Bernad en esta casa, un día antes de su detención.

Por todo eso, Miguel Bernad es el primer preso político español de la democracia. Dice Bernad que lucha contra los «Goliats» de las cloacas del Estado. No es la primera vez que se intenta excluir al sindicato que representa a todas las víctimas del clan Urdangarin e Infanta Federica de Borbón y Grecia en el Caso Nóos.

El fiscal ya exigía al inicio de la instrucción del caso, la exclusión del sindicato Manos Limpias como única acusación popular pero su petición de «hacienda no somos todos porque el daños» del clan Urdangarin y Cristina de Borbón no afectaba solo a Manos Limpias sino que «era», subrayó el Fiscal General del Estado, aquel primer día (aquí), «un daño colectivo» a todos los españoles.

Por lo tanto, Manos Limpias no tiene porque estar allí, pidiendo «8 años de prisión para la Infanta Federica de Borbón y Grecia», lamentaba el fiscal general del Estado. Miguel Bernad asegura que han intentado por todos los medios comprar a Manos Limpias «y hemos rechazado» la oferta, dice el preso político un día antes de su detención aquí al portal español lasvocesdelpueblo.

¡Libertad ya para el primer preso político de la democracia de nuestra Nación: Miguel Bernad!