El Supremo obliga a patronales pagar a los médicos pluses y guardias en vacaciones

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FOTOGRAFÍA. MADRID (ESPAÑA), 25.07.2019. Vista de un grupo de médicos el día en que el Tribunal Supremo (TS) ha confirmado que las patronales de la sanidad concertada deben pagar en la nómina de vacaciones de sus 50.000 trabajadores los pluses y complementos que se abonan durante el resto del año y que forman parte de la retribución habitual o media de los trabajadores. Efe

Efe – El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado que las patronales de la sanidad concertada deben pagar en la nómina de vacaciones de sus 50.000 trabajadores los pluses y complementos que se abonan durante el resto del año y que forman parte de la retribución habitual o media de los trabajadores. Madrid (España), jueves 25 de julio de 2019. 

En concreto, según la sentencia de la Sala de lo social del TS, que ratifica una anterior emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) en febrero de 2017, las patronales tendrán que satisfacer en la retribuciones de las vacaciones el complemento de atención continuada, las guardias o retribución de la jornada complementaria de atención continuada y los pluses de sábado, domingo y festivo.

La sentencia emitida en 2017 por el TSJC, que no era firme y contra la que cabía recurso de casación, falló a favor de una demanda presentada en 2016 por el Sindicato de Enfermería (SATSE), UGT y CCOO, y posteriormente se adhirió el Sindicato de Médicos de Cataluña (SM).

La actual sentencia del TS, que sí es firme, exige que las patronales Unió Catalana d’Hospitals, Consorci Associació Patronal Sanitaria i Social y Associació Catalana d’Entitats de Salut abonen, además de los conceptos retributivos que se tienen en cuenta en la actualidad, los pluses y complementos en la paga vacaciones.

Afecta la sentencia a los trabajadores sujetos al Convenio Colectivo de Trabajo de los Hospitales Agudos, Centros de Atención Primaria, Centros Socio Sanitarios y de Salud Mental concertados con el Servei Català de la Salut, recuerda la sentencia del TS.