El Supremo revisará el auto del «Palau» que condenó a prisión y multa a PDCAT-JxCat

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FOTOGRAFÍA. BARCELONA (ESPAÑA), 15.1.2018. Sentencia del Caso Palau, del expolio de Convergencia en Cataluña. El expresidente de la Generalitat y hasta hace unos días presidente del PDeCAT, Artur Mas (i) habla con la coordinadora general, Marta Pascal (2i) junto a los dirigentes de la formación David Bonvehí (2d) y Ferran Pel (d) al inicio de una reunión del comité nacional del PDeCat. Archivo Efe

Efe – Este tribunal condenó a cuatro años y cinco meses de cárcel al extesorero de CDC Daniel Osàcar y ordenó el decomiso de 6,6 millones de euros al partido por las «ganancias obtenidas» en el cobro de mordidas de la constructora Ferrovial. Ambos recurrieron al Tribunal Supremo. Según la Audiencia, el «acuerdo criminal» para el pago de comisiones de Ferrovial a CDC «se mantuvo ininterrumpidamente desde los años 1999 hasta 2009» y requirió que los extesoreros, «por sí mismos o con el apoyo de otros altos responsables del partido no identificados», utilizaran su cargo para influir en políticos de la formación que estaban en «la posición administrativa decisoria (a nivel autonómico o local)» para adjudicar obras públicas. Madrid (España), jueves 12 de septiembre de 2019.

El Tribunal Supremo revisará el próximo 5 de noviembre la sentencia del caso Palau que condenó a cuatro años y cinco meses de prisión al extesorero de CDC Daniel Osàcar y a la formación a devolver los 6,6 millones de euros en comisiones ilegales que Convergencia cobró a través del Palau de la Música.

Fuentes jurídicas han informado a Efe de que la Sala ha fijado para ese día la deliberación y fallo en una reunión a puerta cerrada en la que resolverá sobre los distintos recursos de casación presentados por la Fiscalía y las defensas contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona.

Este tribunal condenó a cuatro años y cinco meses de cárcel al extesorero de CDC Daniel Osàcar y ordenó el decomiso de 6,6 millones de euros al partido por las «ganancias obtenidas» en el cobro de mordidas de la constructora Ferrovial. Ambos recurrieron al TS.

Además de Osàcar y CDC, recurrieron los saqueadores confesos del Palau Fèlix Millet, condenado a 9 años y ocho meses; y su mano derecha, Jordi Montull, sentenciado a 7 años y seis meses de cárcel.

Los dos se encuentran en la prisión de Brians-1 (Barcelona) desde febrero de 2018 por orden de la Audiencia, que apreció riesgo de fuga mientras no se resuelvan sus recursos en el Supremo.

También recurrió la exdirectora financiera del Palau Gemma Montull, hija de Jordi, por la condena que le impuso la Audiencia de cuatro años, seis meses y 22 días.

Hicieron lo mismo Laia Millet y Marta Vallès, hija y esposa, respectivamente, de Millet condenadas como responsables civiles a título lucrativo del desfalco, así como las empresas vinculadas a las esposas de los exresponsables del Palau a través de las cuales se perpetró el expolio.

Además la Sala revisará el recurso de la Fiscalía contra la absolución de los exdirectivos de Ferrovial Pedro Buenaventura y Juan Elizaga, al considerar que no ha transcurrido el plazo para que hayan prescrito los delitos de que se les acusaba.

La sentencia considera probado que el Palau de la Música sirvió para «enmascarar» el pago de comisiones de hasta el 4 % de la constructora Ferrovial, a cambio de que «altos responsables» de CDC no identificados le aseguraran un «flujo constante» de adjudicación de obras públicas.

El tribunal sostiene que los extesoreros Carles Torrent, fallecido en 2005, y Daniel Osàcar, se convirtieron en la «clave de bóveda en CDC que permitía el entramado de cobro de comisiones a cambio de obra pública», entre ellas la construcción de la Ciutat de la Justícia o la línea 9 del metro.

Según la Audiencia, el «acuerdo criminal» para el pago de comisiones de Ferrovial a CDC «se mantuvo ininterrumpidamente desde los años 1999 hasta 2009» y requirió que los extesoreros, «por sí mismos o con el apoyo de otros altos responsables del partido no identificados», utilizaran su cargo para influir en políticos de la formación que estaban en «la posición administrativa decisoria (a nivel autonómico o local)» para adjudicar obras públicas.