El TC anula las estructuras del Estado separatistas del gobierno catalanista de JxSí

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Fachada del Tribunal Constitucional de la patria española. Foto archivo Lasvocesdelpueblo.

Lasvocesdelpueblo y Agencias – El Tribuna Constitucional (TC) lo ha aprobado hoy por unanimidad, aunque la sentencia aún no está redactada. La anulación afecta las siguientes estructuras catalanistas excluyentes: La agencia tributaria catalana, al Plan de energía catalán y al servicio meteorológico de la hipotética República Catalana. Por otra parte, el TC salva el inventario de patrimonio y la agencia catalana de protección social. Madrid (España), jueves 7 de julio de 2016. Fotografía: Fachada del Tribunal Constitucional de la patria española. Foto archivo Lasvocesdelpueblo.

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha suspendido de forma unánime algunos artículos y disposiciones de la ley por la que la Generalitat de Cataluña estableció la creación de sus propias estructuras del Estado, entre otras, la Agencia Tributaria de Cataluña, que el gobierno catalán preveía poner en marcha en el plazo de un año desde su aprobación.

Además, se ha declarado por unanimidad la inconstitucionalidad del plan director relativo a los sectores de la energía, las telecomunicaciones y los sistemas de información y del transporte ferroviario; la creación de un Servicio Meteorológico de Cataluña y la limitación para el establecimiento de grandes establecimientos comerciales en puertos públicos.

Sin embargo, acepta con condiciones otras instituciones creadas por la mayoría soberanista, como una Agencia de Protección Social. La creación de esas estructuras de Estado estaba contenida en la Ley de Medidas Fiscales aprobada por el Parlament en 2015. El Gobierno central recurrió dos artículos y cinco disposiciones adicionales, que quedaron suspendidas de manera automática cuando el TC admitió a trámite el recurso.

El asunto ha sido tratado este jueves por el tribunal de garantías y se ha llegado a un fallo que estima parcialmente el recurso que interpuso el Gobierno contra esta norma. Falta aún redactar la sentencia y notificarla a las partes interesadas, según han señalado a Europa Press fuentes del tribunal de garantías, lo que se hará en las próximas semanas. El ponente de la resolución es el magistrado Santiago Martínez Vares.

La sentencia del TC es compleja y, si bien es clara respecto a la Agencia Tributaria y estas otras estructuras citadas, es más matizada respecto a otras instituciones creadas por el Parlament catalán. Así, declara constitucionales, siempre y cuando se interpreten de acuerdo a los límites que la propia sentencia establece, la elaboración de un inventario del patrimonio de las administraciones públicas de Cataluña y la citada creación de una Agencia de Protección Social.

La Agencia Catalana de la Protección Social tiene como objetivo «asumir las competencias sobre las prestaciones de protección social propias o transferidas por el Estado» que gestionarán los diversos departamentos de la Generalitat, además de las prestaciones o mejoras que «eventualmente» se decidieran incorporar.

«La estructura de la Agencia debe prever una eventual asunción de las competencias que en el momento de la entrada en vigor de esta ley ejerce la administración del Estado», dice la norma, que deberá ser interpretada ahora de modo que se mantenga dentro de los límites del Estatuto autonómico de Cataluña. Así, sobre esta última institución el Constitucional ha hecho lo que los juristas llaman una sentencia interpretativa, es decir, ha dicho cómo debe interpretarse la norma recurrida para ser válida y, en concreto, ha puesto el límite de que no afecte a la Seguridad Social.

En septiembre, el TC suspendió cautelarmente la Agencia Tributaria de Cataluña al admitir a trámite el recurso que presentó contra ella el Gobierno, basado en que la norma catalana integra a los funcionarios de la agencia en cuerpos dependientes de la Generalitat. Ahora ha resuelto sobre el fondo del asunto anulándola.

Sobre este asunto, la Generalitat se daba un plazo de cinco meses para aprobarlo con el objetivo de que fuera ejecutado en 12 meses para que fuera un «Instrumento de Planificación Estratégica de una Administración Tributaria preparada para una eventual asunción de nuevas funciones y competencias tributarias» en Cataluña. El Plan debería tener en cuenta soluciones tecnológicas e incluir una propuesta de normativa tributaria para Cataluña.

El grueso de las medidas anuladas corresponde a la Ley de Presupuestos de la Generalitat de 2015 y la Ley de Acompañamiento, que preveían impulsar la creación de estructuras de Estado en Cataluña. Fueron aprobados en el Parlament con los votos de CiU y ERC, en su alianza para avanzar hacia la independencia de Cataluña.

El resto de disposiciones que el Gobierno pidió anular ante el TC se refieren al inventario de patrimonio de las Administraciones públicas de Cataluña y al catálogo de infraestructuras estratégicas -con el fin de garantizar la continuidad del servicio en dicho territorio-.