El TC cautelarmente todos los actos en aplicación y el decreto de convocatoria del 9 N separatista catalán

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El tribunal admite en una reunión rápida los recursos del gobierno español · Se suspenden la ley de consultas y el decreto del 9-N. Agencia Catalana De Noticias (ANC) Madrid – 09.29.2014.

El Tribunal Constitucional (TC) se ha reunido esta tarde para admitir a trámite los recursos del Gobierno contra la ley de consultas catalana y el decreto de convocatoria del 9-N. El abogado del estado ha registrado las dos peticiones al tribunal, que poco después ha hecho un pleno extraordinario de una hora y diez minutos. Habiendo admitido los recursos, la convocatoria ha sido suspendida cautelarmente. Ha sido una respuesta judicial mucho más rápida que se preveía, por decisión del presidente del TC, Francisco Pérez de los Cobos.

La suspensión de la ley de consultas y el decreto de convocatoria implica la suspensión de ‘todas las resoluciones o actos dictados en aplicación de la norma y el decreto recorridos’, según consta en la nota informativa que ha emitido el TC. Los magistrados, además, justifican la celeridad con que han actuado, que atribuyen a que son conscientes ‘de la trascendencia constitucional y política de las cuestiones formuladas, para el conjunto de la sociedad española y, en particular, para la catalana’ .

El abogado del estado español ha registrado hoy a las 13.15 los recursos de inconstitucionalidad contra la ley de consultas y el decreto de convocatoria del 9-N, después de haber sido firmados por el presidente del gobierno español, Mariano Rajoy. Los recursos han llegado al Tribunal Constitucional aproximadamente a un cuarto de la tarde, dos horas antes de que cerrara el registro y cuando hacía poco que el Consejo de Ministros había dado el visto bueno.

Esta admisión a trámite implica que la ley y el decreto catalanes quedan suspendidos, porque en los recursos del ejecutivo de Mariano Rajoy ha incluido la petición de que se aplique el artículo 161.2 de la constitución, que establece que «la impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida ‘. De hecho, el Tribunal Constitucional no ha decidido nada en este punto del proceso, sino tan sólo la admisión a trámite de los recursos debe aceptar obligatoriamente.

Cinco meses de suspensión? Habiendo hecho la admisión a trámite -y, por tanto, suspendidas automáticamente la ley y la resolución–, el tribunal comenzará las deliberaciones. Mientras tanto, el período de suspensión es de cinco meses. Cuando expire este plazo, si no ha emitido sentencia, puede ratificar esta suspensión o levantarla, pero ya con un razonamiento que justifique la decisión. Sin embargo, podría acelerar estas deliberaciones para poder emitir sentencia antes del 9-N, por lo que la consulta quedara anulada, y no sólo suspendida.

El precedente de la declaración de soberanía
El Tribunal Constitucional ha decidido sobre los dos recursos es el mismo que ya tumbó por unanimidad la declaración de soberanía del Parlamento de Cataluña en marzo de este año, en una sentencia en la que aceptaban los argumentos del estado y apuntaban que el principio que define Cataluña como sujeto político y jurídico –que era la base de la declaración– era inconstitucional y nulo ‘.

En cambio, aquella sentencia abría una puerta al derecho de decidir, pues decía que era constitucional siempre que no se entendiera como derecho de autodeterminación y que se buscara una reforma de la constitución desde el ordenamiento y sin vulnerar los principios democráticos . Esta es precisamente la base del segundo artículo del decreto de convocatoria del 9-N, que dice que el objeto de la consulta es saber la opinión de los ciudadanos para que la Generalitat ‘pueda ejercer con pleno conocimiento de causa la iniciativa legal, política y institucional que le corresponde ‘.

Un tribunal con mayoría conservadora. El TC, presidido por el ex-militante del PP Francisco Pérez de los Cobos, tiene una clara mayoría conservadora, de siete magistrados contra cinco del sector progresista. En un libro titulado ‘Parva memoria’, Pérez de los Cobos criticaba ‘el onanismo de la política catalana’ y afirmaba que el nacionalismo era ‘la única ideología capaz de seguir produciendo pesadillas’.
Del sector conservador, también forman parte Andrés Ollero, Ricardo Enríquez, Antonio Narváez, Juan José González Rivas, Pedro González-Trevijano y Santiago Martínez-Vares.  El sector progresista es configurado por Luis Ignacio Ortega Álvarez, Fernando Valdés Dal-Ré, Juan Antonio Xiol Ríos, la catalana Encarna Roca y Adela Asúa, que fue la ponente que redactó la sentencia que anulaba la declaración de soberanía del parlamento .

2 COMENTARIOS

  1. ¿Reformar la prostituida Constitución? ¿Para encajar a los nacionalismos? llevamos consintiendo la avaricia de los nacionalismos, algo así con voraz apetito 112 años, más se les da, más quieren, amparados en unos derechos históricos que no tienen fueros navarros incluidos. Si alguna «comunidad» debería tener derechos «históricos» sería Aragón (que incluye Cataluña, Valencia y Baleares, estos de España los del extranjero Nápoles, Córcega, Sicilia, Países Bajos y Rossellón, más los de las Américas) Castilla, Navarra y León, estos si fueron reinos. Pero a Navarra ya no le correspondería tampoco «sus fueros».
    El gran inconveniente de la prostituida Constitución fue que fundamentalmente la hicieron los perdedores de la contienda y quisieron recuperar y recuperaron y ampliaron unos derechos inmerecidos.
    No nos dimos cuenta la mayoría, de sus verdaderas intenciones a futuro y de su egoísmo estábamos tan ciegos de la etapa que dejábamos atrás que fuimos ciegos y no miramos con detenimiento y menos pensábamos a donde iban, queríamos libertad y esta Constitución nos la daba, no solo eso, si no que aún hoy era el Estado más descentralizado imaginable, mucho más que cualquier Estado federal.
    Pero aun así, hasta el 85 en el que Guerra enterró a Montesquieu era soportable y tolerable tampoco había “sucedido” nada grave aún, los jueces como hace 200 años “esos colocados” siguieron interpretando la Ley para los “pudientes e influyentes” de manera torticera, pero los medios aún no eran tan rápidos e infiltrados para acceder a la “noticia” como ahora.
    Ninguna reforma de la Constitución, ni estado federal o sin él puede ser tolerable, si no hay una verdadera independencia real y efectiva de jueces y fiscales, destituyendo a todos ellos que han ayudado a prostituir a la Constitución. Con unas leyes claras y seberas contra los delitos cometidos por los políticos y cargos públicos, sobre todo en lo referente al mal uso del dinero público si esto no se contemplare en está reforma de la prostituida Constitución no servirá más que para desunir más a España.
    Ayer el delincuente del Mas, dijo, pues bien que se haga una consulta a nivel nacional, pues que el gobierno admita el desafío y ya de paso se haga un referéndum incluyendo al menos estas dos otras preguntas ¿deben seguir existiendo las CCAA? ¿debe a ver una verdadera independencia judicial?

  2. Una equivocacion mas,no se suspendera nada de nada.Por cierto como estan los 145 corruptos de pp,bien de salud .Miren que dicen que las carceles de castilla son humedas y la salud se resiente.Srs, el PP es el hazmerreir en todos los telediarios de Europa ,conecten,conecten.A estas horas Srtrasburgo,(TIDH) ya han recibido mas de 100.000 faxs (si faxs con la papeleta )No pensaba volver a los tiempos de franco HOY A VUELTO encarnado en los del PP TC.CENSURA ?