El Tribunal Supremo estudia un recurso del huido Puigdemont sobre su euroorden e inmunidad europea

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FOTOGRAFÍA. BRUSELAS (BÉLGICA), 25.09.2020. Entrevista videoconferencia del golpista prófugo de la Justicia, expresidente de la Comunidad autónoma de Cataluña, Carles Puigdemont Casamajò, con Efe. Efe

Efe – El Tribunal Supremo revisará en una vista el próximo miércoles el recurso del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont contra la decisión del juez Pablo Llarena de mantener la euroorden y cursar una petición al Parlamento Europeo para que suspenda su inmunidad y así poder proceder a su entrega. Madrid (España), sábado 17 de octubre de 2020.

Fuentes jurídicas han informado a Efe este viernes de la celebración de la vista el próximo 21 de octubre tras un auto del Supremo en el que estima el recurso de súplica de Puigdemont y de los tres exconsellers huidos contra la decisión del alto tribunal de resolver sus recursos de apelación contra el auto de Llarena que acordó mantener las euroórdenes el 24 de septiembre, sin vista.

Puigdemont y los exconsellers Toni Comín Clara Ponsatí y Lluís Puig recurrieron los autos de Llarena del 14 de octubre y 4 de noviembre de 2019 en los que dictaba nuevas euroórdenes contra ellos, una decisión que ratificó el pasado 10 de enero al rechazar los recursos de reforma de los políticos huidos de la Justicia.

Tras ello, los fugados recurrieron en apelación al Supremo, y éste recientemente fijó el 24 de septiembre para su deliberación pero sin vista, una decisión que también fue recurrida por los huidos.

El Supremo en su auto, al que ha tenido acceso Efe, recuerda que «de ningún modo, la omisión de celebración de la vista, necesariamente conlleva quiebra de derecho alguno», pero, «en este caso concreto, atendiendo a la expresa petición formulada» por Puigdemont y los exconsellers «en cuanto a la celebración de vista, la súplica ha de ser estimada».

La Sala niega además que se hayan producido dilaciones indebidas y señala que «carece de sentido justificar el posible exceso de los plazos» legalmente establecidos, «cuando a nadie le ha pasado desapercibida la grave crisis sanitaria que provocó la declaración del Estado de Alarma» que suspendió los plazos procesales hasta el pasado 4 de junio.