Lasvocesdelpueblo y Agencias – El Tribunal Supremo estudiará este jueves los recursos de la Fiscalía contra el régimen de tercer grado concedido a los nueve condenados a prisión por el golpe de estado separatista en la Comunidad autónoma de Cataluña, el llamado «Procés», del que sólo disfrutan las golpistas Carme Forcadell Lluís (ERC) y Dolors Bassa Coll (ERC), la expresidente del Parlamento de Cataluña y la exconsejera de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias -respectivamente- al tenerlo el resto suspendido. Madrid (España), martes 24 de noviembre de 2020.
Fuentes jurídicas han confirmado que la Sala de lo Penal ha fijado para el próximo 26 de noviembre, a las 10:00 horas, la deliberación y resolución de los recursos que interpuso la Fiscalía contra el tercer grado y contra la aplicación del artículo 100.2 del reglamento penitenciario que se concedió a los presos antes de otorgarles el régimen de semilibertad.
Aunque los nueve líderes golpistas condenados a penas de cárcel tienen avalado por el juzgado de vigilancia penitenciaria el tercer grado que la Generalidad les otorgó a mediados de julio, los siete que se encuentran en la cárcel de Lledoners lo tienen suspendido, a la espera de que el Supremo resuelva el recurso del fiscal.
Son el exvicepresidente de la Generalidad Oriol Junqueras Vies (ERC), los exconsejeros Raül Romeva, Joaquim Forn, Jordi Turull y Josep Rull, el expresidente de Asamblea Nacional Catalana (ANC) Jordi Sánchez y el líder de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart.
No así Forcadell y Bassa, a quien el juzgado de vigilancia penitenciaria del que dependen ambas -internas en Puig de les Basses y Wad Ras- declinó, en contra del criterio del fiscal, suspender el régimen de semilibertad del que las presas siguen disfrutando y que sólo les obliga a volver al recinto penitenciario a dormir, de lunes a jueves. La Fiscalía también recurrió esta decisión al Supremo.
Los recursos del ministerio fiscal no serán los únicos que estudien los magistrados que juzgaron esta causa -a excepción de Luciano Varela, ya jubilado-, sino que encima de su mesa también están los que los presos de Lledoners interpusieron contra la suspensión de su régimen de semilibertad.
Desde que se les suspendió el tercer grado, Junqueras y los otros seis reclusos tienen sus salidas limitadas y tampoco gozan del régimen flexible del que disfrutaban en segundo grado gracias al artículo 100.2, que les permitía salir para trabajar, cuidar familiares y hacer voluntariado, y que la Fiscalía también recurrió.
De hecho, varios presentaron un escrito en el que apremiaban al tribunal resolver ya los recursos sobre su clasificación, alegando que se encuentran en una «suerte de limbo penitenciario».
Sobre este artículo 100.2 ya se ha pronunciado el Supremo en relación a Forcadell en un duro auto donde revocaba las salidas concedidas antes de disfrutar de su tercer grado y en el que tachaba de «injustificable» ese régimen de semilibertad «de facto» que se le concedió antes de haber cumplido ni una cuarta parte de la pena.
La Fiscalía siempre ha recurrido estas salidas ante las respectivas audiencias provinciales, si bien un juez de Lérida, competente sobre la cárcel de Mas d’Enric de Tarragona en la que se encontraba entonces Forcadell, decidió remitir el recurso relativo a la golpista Forcadell al Supremo, quien se declaraba también competente, como tribunal sentenciador, para resolver sobre los 100.2 otorgados.