El Tribunal Supremo rechaza el indulto total y parcial a Juana Rivas

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FOTOGRAFÍA. GRANADA (ESPAÑA), AGOSTO DE 2017. Juana Rivas. Granada (España), 03.08.2019. El Juzgado de Instrucción 3 de Granada ha declarado la no competencia de la jurisdicción española, en el orden penal, sobre la nueva denuncia presentada por Juana Rivas contra su exmarido, Francesco Arcuri, además de la "improcedencia" para adoptar las medidas cautelares que pidió respecto a sus dos hijos. Efe

Redacción.- Madrid (España), jueves 4 de noviembre de 2021. El Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha descartado por unanimidad apoyar la concesión del indulto total a Juana Rivas, condenada por un delito de sustracción de sus dos hijos menores a dos años y seis meses de prisión. Respecto a un indulto parcial, ocho magistrados se han mostrado a favor y otros ocho en contra.

Por ello, el Tribunal Supremo ha decidido enviar un informe al Gobierno de coalición socialcomunista de España del PSOE y las ultraizquierdas Podemos e Izquierda Unida (Unidas Podemos), que preside Pedro Sánchez Pérez Castejón (PSOE), en el que se recoge tanto la postura de los magistrados favorables al indulto parcial como la de los que se oponen.

La Sala explica que su función es la de ilustrar al Gobierno socialcomunista del PSOE y las ultraizquierdas sobre los elementos que recomiendan o desaconsejan hacer uso del derecho de gracia.

En este caso, el Tribunal Supremo concluye que el cumplimiento de esa función, con el criterio dividido de los integrantes de la Sala, «en nada se resiente, antes, al contrario, se enriquece con la conjunta exposición de las razones sostenidas por unos y otros».