El TSJC ya ha tomado su decisión sobre la querella contra una Forcadell desaparecida en combate

0
547
FOTOGRAFÍA. BARCELONA (ESPAÑA), 11.09.2015. La secesionista disputada de la coalición antiespañola: Juntos Por El Sí (JxSí), y ex-concejala de Izquierda Republicana de Cataluña de Oriol Junqueras Vies en la localidad de Sabadell, ex-presidenta del colectivo racista Asamblea Nacional Catalana (ANC) y actual presidenta del Parlamento autonómico de Cataluña, Carme Forcadell Lluís. Lasvocesdelpueblo (Ñ Pueblo)

Lasvocesdelpueblo y Agencias – El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha tomado este lunes 24 de octubre de 2016 una decisión sobre la admisión a trámite de la querella de la Fiscalía General del Estado, con el orden del Tribunal Constitucional (TC), contra la secesionista diputada de Juntos Por El Sí (JxSí) quien actualmente es presidenta del Parlamento autonómico español en Cataluña, Carme Forcadell Lluís, por desobedecer al Tribunal Constitucional, pero ha aplazado el anuncio de su resolución dado que este mismo lunes 24 de octubre no le ha sido posible notificarla. Barcelona (España), martes 25 de octubre de 2016. Fotografía: La secesionista disputada de la coalición antiespañola: Juntos Por El Sí (JxSí), y ex-concejala de Izquierda Republicana de Cataluña de Oriol Junqueras Vies en la localidad de Sabadell,  ex-presidenta del colectivo racista Asamblea Nacional Catalana (ANC) y actual presidenta del Parlament autonómico español en Cataluña, Carme Forcadell Lluís. Archivo Lasvocesdelpueblo.

El ministerio público considera que la secesionista Forcadell actuó de forma «arbitraria» y tomó medidas que posibilitaron la votación de las conclusiones de la comisión de estudio «pese a su contradicción flagrante con la Constitución».

Según la Fiscalía, la actuación de Forcadell no supone una «mera infracción del ordenamiento constitucional, susceptible de ser resuelta por los mecanismos ordinarios de la jurisdicción contencioso-administrativa o constitucional», sino que «pretende su abierta y deliberada derogación», por lo que le atribuye un delito de prevaricación, asentada en el «arbitrario ejercicio» de unas potestades para las que el Parlamento autonómico español en Cataluña carece de competencias.

Tal como recoge este lunes 24 de octubre de 2016  la agencia española de noticias ‘Efe’, según ha informado el (TSJC), los tres magistrados que integran la sala de admisión de la querella de la secesionista Carme Forcadell se han reunido este lunes para deliberar y han alcanzado una decisión sobre si investigan o no a la golpista de JxSí.

Sin embargo, este lunes no ha sido posible notificar el auto con la decisión de la sala sobre la querella de la Fiscalía, por lo que el TSJC tiene previsto hacerla pública hoy, martes 25 de octubre de 2016, si logra notificar con éxito la resolución a los afectados, entre ellos el ministerio público y, en su caso, a la propia diputada autonómica Carme Forcadell.

La ponente de la causa, y por lo tanto encargada de redactar la resolución del TSJC sobre la querella de Forcadell, es la magistrada Maria Eugenia Alegret, que presidió entre 2004 y 2010 el alto tribunal catalán y forma parte de la conservadora Asociación Profesional de la Magistratura.

Junto a Alegret, forman parte de la sala de admisión que este lunes ha decidido si investiga a Forcadell el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), Jesús María Barrientos, y el magistrado Carlos Ramos, que fue designado por el Parlament para ocupar un cargo en el alto tribunal catalán.

En su querella, la Fiscalía acusa a Forcadell de los delitos de prevaricación y desobediencia al Tribunal Constitucional (TC) por permitir, en el pleno del pasado 27 de julio, que el Parlament votara las conclusiones de la comisión de estudio del proceso constituyente de su hipotética república catalana, que abrían la puerta a una vía unilateral hacia la secesión de Cataluña del resto del territorio Nacional del país.

La Fiscalía recrimina a Forcadell que utilizara «torticeramente» el reglamento del Parlamento autonómico español en Cataluña para poner en marcha por la «vía de hecho» su «designio secesionista» de forma «inequívoca e irreversible», pese a las «claras advertencias» del TC, que le había instado a impedir o paralizar cualquier iniciativa que ignorase la suspensión de las resoluciones soberanistas que habían dado pie a la comisión de estudio del proceso constituyente.

Para la Fiscalía, Forcadell actuó «manifestando una voluntad inequívoca e irreversible de llevar adelante su proyecto político por la fuerza de los hechos consumados, con total desprecio de la Constitución de 1978, del ordenamiento emanado de la misma» y de los pronunciamientos del TC y de la Mesa del Parlamento autonómico.

Con esta voluntad, según la querella, Forcadell «procedió a dar impulso al proceso constituyente de imposible encaje en el ámbito competencial del Parlamento autonómico español en Cataluña, en la ordenación territorial del Estado y en los procedimientos establecidos de reforma constitucional y estatutaria, integrando una pura vía de hecho».

El ministerio público considera que la secesionista Forcadell actuó de forma «arbitraria» y tomó medidas que posibilitaron la votación de las conclusiones de la comisión de estudio «pese a su contradicción flagrante con la Constitución».

«La querellada -sostiene la Fiscalía- posibilitó la aprobación de una resolución que de manera expresa trata de desvincular a las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Cataluña del sistema constitucional, dinamitando el sistema de distribución de competencias establecido en el modelo de ordenación territorial del Estado del Título VIII de la Constitución».

Según la Fiscalía, la actuación de Forcadell no supone una «mera infracción del ordenamiento constitucional, susceptible de ser resuelta por los mecanismos ordinarios de la jurisdicción contencioso-administrativa o constitucional», sino que «pretende su abierta y deliberada derogación», por lo que le atribuye un delito de prevaricación, asentada en el «arbitrario ejercicio» de unas potestades para las que el Parlamento autonómico español en Cataluña carece de competencias.