
Madrid (Reino de España), jueves 31 de julio de 2025 (Lasvocesdelpueblo).- El TSJM estudia la suspensión del Reglamento de la Policía, tras una demanda del sindicato EYA contra la DGP. Un escrito de la Resistencia ante la DGP reclamó la «derogación del Reglamento» provisional de la Policía y «hacer uno nuevo donde los sindicatos sí tengan poder de decisión», pero el dirigente del PSOE, Francisco Pardo Piqueras, le denegó la reforma del reglamento. En su auto con fecha el pasado martes, 29 de julio de 2025, la Justicia acuerda también la personación, en calidad de «codemandados», de los sindicatos CEP y JUPOL.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Séptima del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) admitió la demanda del sindicato de la Resistencia policial por la equiparación salarial entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado —Cuerpo Nacional de la Policía y Guardia Civil— con sus compañeros de las fuerzas policiales autonómicas y locales del Reino de España, sindicato Equiparación Ya (EYA), contra la Dirección General de la Policía (DGP) por rechazar las resoluciones de EYA sobre la derogación o reforma del Reglamento interno del Consejo de la Policía, una normativa provisional desde su creación (1987) hasta la fecha de hoy.
Con el Reglamento actual de funcionamiento del Consejo de Policía, los sindicatos con representación en este órgano policial, con sede Ministerio de Interior, «no tienen influencia para tomar decisiones para ningún derecho laboral ni salarial», advierten fuentes de EYA, consultados por Lasvocesdelpueblo.
Conflicto Colectivo Permanente única alternativa
«Por tanto, o se deroga el Reglamento de la Policía y se hace uno nuevo o seguiremos 40 años más mareando la perdiz con nuestra Equiparación Salarial y cualquier otro derecho laboral que queramos», han añadido las mismas fuentes sindicales.
La único que le importa a la Administración es tener a los sindicatos «presentes» en el Consejo de la Policía para que las normas «salgan adelante» lo que los sindicatos opinen «le da igual» a la Administración porque «siempre tendrán la última palabra» -subrayan fuentes de EYA- «Por eso pedimos derogar el Reglamento (de la Policía) y hacer uno nuevo donde los sindicatos sí tengan poder de decisión».
«Actualmente la única medida de presión que tenemos es el bloqueo del Consejo de Policía con el Conflicto Colectivo Permanente», advierten desde la Resistencia por la equiparación real de salarios, pensiones y asistencias a los juicios de los profesionales de la Policía española y de la Benemérita.
Tras conocer que el TSJM estudia la suspensión del Reglamento de la Policía, la organización sindical demandante, EYA, reflexiona: «¿Cómo es que desde que se fundó el Consejo de Policía en el año 1987 no lo ha denunciado ningún sindicato antes?».
Los de Natán Espinosa Pérez, que irrumpieron en el Consejo de la Policía esta legislatura tras sufrir graves ataques derribos en campaña electoral, llegando a situarse fuera de la carrera electoral durante al menos una semana, una vez en el Consejo de la Policía, en cuanto han visto el Reglamento del Consejo y como funciona el Consejo, lo ha denunciado, primero ante la DGP y luego ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Séptima del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). «Al año de estar dentro del Consejo de Policía lo hemos denunciado primero a la DGP y ahora ante la Justicia», han asegurado fuentes de EYA durante una conversación con Lasvocesdelpueblo esta tarde.
Auto judicial
Según ha podido saber Lasvocesdelpueblo, dos organizaciones sindicales se han personado en la causa en calidad de «codemandados«, Confederación Española de Policía (CEP) y Justicia Policial (JUPOL), «con quienes se entenderán las sucesivas diligencias», desprende del auto.
La diligencia de ordenación, con fecha martes 29 de julio de 2025 que Lasvocesdelpueblo ha tenido acceso, acuerda un plazo de «20 días» para que el sindicato EYA «formalice la demanda y presente, en su caso, los documentos en que directamente funde su derecho, debiendo acompañar las copias preceptivas, bajo apercibimiento de tenerle por caducado el recurso».
Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Madrid recuerdan a la parte demandante, sindicato Equiparación Ya de Natán Espinosa Pérez, lo establecido en la ley 37/2011 modifica el apartado 1 del art. 60 de la LRJCA.
«La LRJCA», señala el TSJM, establece que «solamente se podrá pedir el recibimiento del proceso a prueba por medio de otrosí, en los escritos de demanda y contestación y en los de alegaciones complementarias».
Asimismo, añade, «en dichos escritos deberán expresarse en forma ordenada los puntos de hecho sobre los que haya de versar la prueba y los medios de prueba que se propongan», acuerda la Justicia, estudiando suspender el Reglamento interno de la Policía Nacional, una norma provisional desde su creación (1987) hasta la fecha de hoy.