España| La ultraizquierda pide a Interior «modificar» el Código Penal Militar en su aplicación a la Guardia Civil

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FOTOGRAFÍA. MADRID (ESPAÑA), 24.09.2020. La militancia de la ultraizquierda, afines a los partidos políticos de la ultraizquierda, Podemos e Izquierda Unida (IU) del vicepresidente de Gobierno comunista Pablo Iglesias y del ministro de Consumo Alberto Garzón, respectivamente, y, por supuesto, unos ultraizquierdistas afines al PSOE del presidente de Gobierno Pedro Sánchez, para agredir a patadas a los agentes de la Policía Nacional caídos durante el ejercicio de sus funciones, que era disolver la manifestación ilegales esos individuos de extrema izquierda. Lasvocesdelpueblo (Ñ Pueblo)

Redacción.- Madrid (España), viernes 1 de julio de 2022. Unidas Podemos ha remitido una misiva este viernes al ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska, donde pide aceptar una reclamación histórica de los guardias civiles y suspender el apartado 5 del artículo 1 de la Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre, del Código Penal Militar.

De esta manera, Unidas Podemos solicita que solo se aplique el Código Penal Militar en los supuestos relatados en artículo 1.4.

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«Los profesionales de la Guardia Civil son objeto de condena penal e ingreso en prisión militar por hechos acaecidos en el cumplimiento de funciones policiales e incluso cuando no están de servicio», explican desde el grupo parlamentario ultra.

Y añaden que «gran parte de la acciones u omisiones establecidas como delitos militares ya encuentran correlación en los diversos ilícitos y sanciones disciplinarias que se contemplan en la Ley Orgánica 12/2007 de 22 de octubre, de régimen disciplinario de la Guardia Civil».

Por ello, desde Unidas Podemos piden al ministro Marlaska establecer que, sólo y exclusivamente, en los casos tasados en el apartado 4 del artículo 1 del Código Penal Militar, éste será de aplicación a los miembros de la Guardia Civil «ante la necesidad de adaptar las normas penales a la realidad social y ante la obligación de preservar los derechos fundamentales y las libertades públicas de las mujeres y hombres que integran el cuerpo de la Guardia Civil».

Carta de la extrema izquierda al Ministerio del Interior

«Grupo Parlamentario Confederal Unidas Podemos, En Común Podemos y Galicia en Común

Congreso de los Diputados, en Madrid a 1 de julio de 2022

Señor D. Fernando Grande-Marlaska, Ministro del Interior Gobierno de España

Estimado Sr Ministro,

Le hacemos llegar la presente misiva para trasladarle nuestra posición respecto de la aplicación del apartado 5 del artículo 1 del Código Penal militar aprobado por la Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre, aplicado a la Guardia Civil.

Actualmente existen supuestos bajo los cuales los profesionales de la Guardia Civil son objeto de condena penal e ingreso en prisión militar por hechos acaecidos en el cumplimiento de funciones policiales e incluso cuando no están de servicio.

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Gran parte de la acciones u omisiones establecidas como delitos militares ya encuentran correlación en los diversos ilícitos y sanciones disciplinarias que se contemplan en la Ley Orgánica 12/2007 de 22 de octubre, de régimen disciplinario de la Guardia Civil.

Ante la necesidad de adaptar las normas penales a la realidad social, ante la obligación de preservar los derechos fundamentales y las libertades públicas de las mujeres y hombres que integran el cuerpo de la Guardia Civil.

Ante la idoneidad de contribuir a la mejor y más eficaz prestación del servicio público de seguridad ciudadana, y para establecer de una vez por todas que, solo y exclusivamente, en los casos tasados en el apartado 4 del artículo 1 del Código Penal Militar, éste será de aplicación a los miembros de la Guardia Civil.

Y con la finalidad última de que en ningún caso se aplique el Código Penal Militar en relación con hechos sucedidos en funciones policiales o fuera de servicio, le solicitamos al Sr. Ministro que reconsidere la Modificación de la Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre, del Código Penal Militar, en los siguientes términos:

«Artículo único. Se suprime el apartado 5 del artículo 1 de la Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre, del Código Penal Militar.»

Concluimos agradeciendo de antemano su esfuerzo y dedicación, quedando a su disposición para aclarar cualquier cuestión relativa a esta misiva.

Atentamente,

Ismael Cortés,

Portavoz Comisión Interior Grupo Confederal Unidas Podemos-En Común Podemos-Galicia en Común».