España| La ultraizquierda pide a Interior «modificar» el Código Penal Militar en su aplicación a la Guardia Civil

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FOTOGRAFÍA. MADRID (ESPAÑA), 24.09.2020. La militancia de la ultraizquierda, afines a los partidos políticos de la ultraizquierda, Podemos e Izquierda Unida (IU) del vicepresidente de Gobierno comunista Pablo Iglesias y del ministro de Consumo Alberto Garzón, respectivamente, y, por supuesto, unos ultraizquierdistas afines al PSOE del presidente de Gobierno Pedro Sánchez, para agredir a patadas a los agentes de la Policía Nacional caídos durante el ejercicio de sus funciones, que era disolver la manifestación ilegales esos individuos de extrema izquierda. Lasvocesdelpueblo (Ñ Pueblo)

Redacción.- Madrid (España), viernes 1 de julio de 2022. Unidas Podemos ha remitido una misiva este viernes al ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska, donde pide aceptar una reclamación histórica de los guardias civiles y suspender el apartado 5 del artículo 1 de la Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre, del Código Penal Militar.

De esta manera, Unidas Podemos solicita que solo se aplique el Código Penal Militar en los supuestos relatados en artículo 1.4.

«Los profesionales de la Guardia Civil son objeto de condena penal e ingreso en prisión militar por hechos acaecidos en el cumplimiento de funciones policiales e incluso cuando no están de servicio», explican desde el grupo parlamentario ultra.

Y añaden que «gran parte de la acciones u omisiones establecidas como delitos militares ya encuentran correlación en los diversos ilícitos y sanciones disciplinarias que se contemplan en la Ley Orgánica 12/2007 de 22 de octubre, de régimen disciplinario de la Guardia Civil».

Por ello, desde Unidas Podemos piden al ministro Marlaska establecer que, sólo y exclusivamente, en los casos tasados en el apartado 4 del artículo 1 del Código Penal Militar, éste será de aplicación a los miembros de la Guardia Civil «ante la necesidad de adaptar las normas penales a la realidad social y ante la obligación de preservar los derechos fundamentales y las libertades públicas de las mujeres y hombres que integran el cuerpo de la Guardia Civil».

Carta de la extrema izquierda al Ministerio del Interior

«Grupo Parlamentario Confederal Unidas Podemos, En Común Podemos y Galicia en Común

Congreso de los Diputados, en Madrid a 1 de julio de 2022

Señor D. Fernando Grande-Marlaska, Ministro del Interior Gobierno de España

Estimado Sr Ministro,

Le hacemos llegar la presente misiva para trasladarle nuestra posición respecto de la aplicación del apartado 5 del artículo 1 del Código Penal militar aprobado por la Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre, aplicado a la Guardia Civil.

Actualmente existen supuestos bajo los cuales los profesionales de la Guardia Civil son objeto de condena penal e ingreso en prisión militar por hechos acaecidos en el cumplimiento de funciones policiales e incluso cuando no están de servicio.

Gran parte de la acciones u omisiones establecidas como delitos militares ya encuentran correlación en los diversos ilícitos y sanciones disciplinarias que se contemplan en la Ley Orgánica 12/2007 de 22 de octubre, de régimen disciplinario de la Guardia Civil.

Ante la necesidad de adaptar las normas penales a la realidad social, ante la obligación de preservar los derechos fundamentales y las libertades públicas de las mujeres y hombres que integran el cuerpo de la Guardia Civil.

Ante la idoneidad de contribuir a la mejor y más eficaz prestación del servicio público de seguridad ciudadana, y para establecer de una vez por todas que, solo y exclusivamente, en los casos tasados en el apartado 4 del artículo 1 del Código Penal Militar, éste será de aplicación a los miembros de la Guardia Civil.

Y con la finalidad última de que en ningún caso se aplique el Código Penal Militar en relación con hechos sucedidos en funciones policiales o fuera de servicio, le solicitamos al Sr. Ministro que reconsidere la Modificación de la Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre, del Código Penal Militar, en los siguientes términos:

«Artículo único. Se suprime el apartado 5 del artículo 1 de la Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre, del Código Penal Militar.»

Concluimos agradeciendo de antemano su esfuerzo y dedicación, quedando a su disposición para aclarar cualquier cuestión relativa a esta misiva.

Atentamente,

Ismael Cortés,

Portavoz Comisión Interior Grupo Confederal Unidas Podemos-En Común Podemos-Galicia en Común».