Estudian la extradición a Marruecos del presunto líder de la red de tráfico de inmigrantes

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FOTOGRAFÍA. COSTAS ITALIANAS (ITALIA), 29.05.2016. Esta semana un bote naufragó cerca de las costas italianas. Aún se desconoce la suerte de 100 de los inmigrantes ilegales que iban a bordo. Associated Press. 

Efe.- Madrid (España), domingo 8 de enero de 2023. La Audiencia Nacional estudiará el martes en una vista la extradición a Marruecos del presunto líder de una organización criminal dedicada a la inmigración de subsaharianos, a los que, a cambio de entre 15.000 y 20.000 dirhams, trasladaba a Europa desde Nador sirviéndose de embarcaciones neumáticas con motor.

La Fiscalía ha dado su visto bueno a la entrega del reclamado, el marroquí Y.S, detenido el 17 de agosto de 2022 en la localidad de Roquetas de Mar (Almería). Se encuentra en prisión provisional desde entonces tras haberse negado a ser entregado a su país cuando compareció ante el juez.

En su informe apoyando la extradición, el fiscal relata, basándose en la documentación remitida por Marruecos, que el reclamado se dedica a esta actividad desde al menos 2009, si bien a partir de 2019, «y debido a que pudo abastecerse de un mayor número de embarcaciones neumáticas, llegó a organizar 3 operaciones de inmigración clandestina por semana».

Todo ello como dirigente de una red en la que participaban «otros sujetos que acompañaban a los inmigrantes en las lanchas o que efectuaban labores de vigilancia o de suministro de embarcaciones y de motores».

Los hechos, dice el fiscal, constituyen un delito de pertenencia a organización criminal, en grado de dirigente, especializada en la organización y facilitación de salida de personas extranjeras del territorio nacional de una manera clandestina y habitual y a título oneroso del Código Penal marroquí.

Se corresponde en el español con un delito de inmigración ilegal a cambio de dinero cometido en el seno de una organización criminal por parte de quien es dirigente de esta y con peligro para la vida de las personas por el medio empleado.

Para la Fiscalía concurren por tanto los requisitos de doble incriminación y mínimo punitivo previstos en el Convenio de Extradición entre ambos países, «al tratarse de una infracción criminal común, no encontrándonos ante ninguno de los delitos excluidos de la extradición».