Indultos del Procés| El Tribunal Supremo estima los recursos de Vox, PP, Cs y entidades gracias al voto de la magistrada Inés Huerta que ha desequilibrado a balanza

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FOTOGRAFÍA. MADRID (ESPAÑA), 22.06.2021. El presidente del Gobierno de coalición de España del PSOE, Podemos e Izquierda Unida, Pedro Sánchez Pérez Castejón, ha comparecido ante los medios de comunicación al término de la reunión del Consejo de Ministros que ha concedido los indultos parciales a los 9 políticos presos separatistas condenados en el juicio del procés. Lasvocesdelpueblo (Ñ Pueblo)

Lasvocesdelpueblo y Agencias.- Madrid (España), martes 24 de mayo de 2022. El Supremo ha rectificado su criterio inicial y con una ajustada mayoría de tres votos a dos entrará ahora a revisar la concesión de los indultos a los golpistas separatistas, condenados a prisión por el procés, tras una alteración en los magistrados que componen la Sala.

Fuentes jurídicas han informado de que la Sección Quinta de Sala de lo Contencioso Administrativo ha estimado por un solo voto los recursos de reposición de los demandantes contra la decisión de esta misma Sala de no revisar la concesión de los indultos.

La Sección Quinta rechazó el pasado enero -también por una exigua mayoría de tres a dos- todos los recursos, particulares y de los partidos (PP, Vox y Ciudadanos), contra los indultos a los líderes independentistas en prisión, al estimar la falta de legitimación activa alegada por la Abogacía del Estado.

Contra esa decisión, los recurrentes presentaron un recurso de reposición que ahora ha visto una sala alterada por la jubilación del entonces presidente Segundo Menendez, sustituido por el también progresista Octavio Herrero, y ante todo por la salida de Ángeles Huet, reemplazada por la conservadora Inés Huerta, que ha sido quien ha desequilibrado a balanza.

Así, en contra de los recursos han votado los progresistas Octavio Herrero y Ángel Arozamena y a favor los conservadores Huerta, Fernando Román y Wenceslao Olea.

El tribunal, por tanto, ha ordenado la continuación de los procedimientos y ha pospuesto al trámite de sentencia el pronunciamiento sobre la falta de legitimación de los recurrentes planteada por la Abogacía del Estado en todos los recursos.

La Sala ha estimado todos los recursos, incluidos los de los partidos, excepto el interpuesto por la entidad Pro Patrimonium Sijena y Jerusalén, que se ha rechazado por unanimidad.