¿Indultos?

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FOTOGRAFÍA. MADRID (ESPAÑA), ABRIL DE 2021. El presidente del Gobierno de coalición de España del PSOE y Unidas Podemos, Pedro Sánchez Pérez-Castejón, durante una comparecencia en la presidencia del Reino de España. Efe

Reus (Tarragona) España, lunes 7 de junio de 2021. «La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento» Artículo 6.1 del Código civil español. Este artículo deja bien claro que no cabe la ignorancia en el incumplimiento de las leyes en nuestro Estado social y democrático de derecho.

Nos encontramos ante un acontecimiento que viene siendo un secreto a voces: el posible indulto de las penas de cárcel para los políticos condenados del «procés».

De hecho, las condenas dictadas en la sentencia del Tribunal Supremo son por malversación, sedición y desobediencia, por el referéndum ilegal del 1-O y los hechos previos a tal fecha (las famosas «leyes de desconexión», por los altercados en la calle, obstaculización del cumplimiento de la ley y las sentencias, etc.). Para postre, el Sr. Puigdemont colgó en sus redes sociales que estaban desobedeciendo las notificaciones que les llegaban del Tribunal Constitucional. Tales notificaciones, dejaban claro que las leyes que se estaban aprobando en el Parlamento catalán eran contrarias a la Constitución; en otras palabras, eran inconstitucionales.

Otro detalle de los hechos que sucedieron durante esas semanas tan convulsas fue que los juristas del Parlamento se negaron a firmar tales leyes, remarcando su inconstitucionalidad. Aun así, los políticos que gobernaban en ese momento siguieron hacia adelante en su aprobación.

Tales leyes no sólo eran contrarias a la Constitución española, también lo eran contra el Estatuto de Autonomía de Cataluña. Hasta esta afirmación la remarcó el mismo Joan Coscubiela, parlamentario en ese momento por el partido político Catalunya Sí Que Es Pot. Hago esta referencia para que vean la trascendencia que abarcó tanto a los partidos de derechas como de izquierdas.

¿Dónde quiero ir a parar? A nivel jurídico, si empezamos con la intromisión del poder ejecutivo en el judicial, estamos abocados a que se nos eliminen nuestros derechos y libertades, dejando de ser iguales ante la ley, ya que el asunto de los indultos obedece más a un interés político de pactos entre los partidos que están en el poder, que a nivel jurídico. Voy a poner un ejemplo para que vean que esto no se trata de «una guerra de banderas»:

Si una empresa decide no pagar el salario a sus empleados, ni las facturas a sus proveedores, porque así lo han decidido sus responsables, aunque la Constitución, el Estatuto de los trabajadores y el Código de comercio los obligue a ello respectivamente ¿Qué se hace? Se denuncia ante los tribunales, y los mismos dictan sentencia, que como está establecido en nuestro ordenamiento jurídico, obligatoriamente se les tiene que pagar su jornal a los empleados y las deudas a sus proveedores. Ante tal sentencia, los responsables de la empresa deciden desobedecerla, porque es su voluntad y la empresa es suya. ¿Entonces, que hacemos para cumplirla? Pues las sanciones oportunas, como embargarles los bienes; si se niegan, pues se recurre a la intervención policial, y sus posteriores consecuencias que eso traería, ya que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado son los que tienen el monopolio de la fuerza legítima del Estado. Ya de por sí la justicia va lenta como para entrometerse externamente en ella, sin olvidar el mencionado art.6.1 del Código civil inicialmente. Mal vamos.

Jordi Ferré Rey