«Jordis», preso secuestrador de policías que intenta ser presidente de Cataluña el 12-M

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El presidente de ANC, Jordi Sánchez, durante una rueda de prensa de ANC. lasvocesdelpueblo.

Efe – No es la única negativa que ha recibido hoy Sànchez por parte de los tribunales: el Constitucional (TC) ha rechazado la petición que le hizo de que se suspendiera provisionalmente la orden de ingreso en prisión que dictó contra él la jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela. Desde ese equilibro, Llarena señaló que tal derecho debe ser ejercido por delegación del voto mientras siga en prisión preventiva, de modo que le prohibió acudir al Parlament, además de denegarle su libertad provisional. Madrid (España), miércoles 7 de marzo de 2018. Fotografía: El presidente de ANC, Jordi Sánchez, durante una rueda de prensa de ANC. lasvocesdelpueblo.

El Supremo se ha dado un plazo de cinco días para resolver sobre la petición de libertad que Jordi Sànchez (JxCat) le ha dirigido para poder acudir al Parlament al pleno de su investidura, convocado para el lunes próximo, decisión que amenaza la posibilidad de celebrar la sesión en esa fecha.

El juez del caso abierto por el procés hacia la Declaración Unilateral de Independencia, Pablo Llarena, ha dado ese plazo a la acusación popular ejercida por Vox, al abogado del Estado y al fiscal, para que le den su informe sobre la petición de libertad que le ha hecho Sànchez y sobre la posibilidad de darle un permiso para que vaya al Parlament.

Sànchez, que ingresó en prisión preventiva en octubre de 2017 por orden de la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, permanece ahora en prisión preventiva por decisión del magistrado del Supremo, que es quien se ocupa del caso.

Aunque es cierto que los consultados podrían responder al juez antes del plazo fijado y eso podría hacer posible que hubiera resolución antes del día del pleno, tal probabilidad parece ahora mismo remota. De hecho, fuentes de Vox han informado a Efe de que su intención es que el escrito para Llarena no sea presentado mañana.

No es la única negativa que ha recibido hoy Sànchez por parte de los tribunales: el Constitucional (TC) ha rechazado la petición que le hizo de que se suspendiera provisionalmente la orden de ingreso en prisión que dictó contra él la jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela.

Se trata, en todo caso, de un asunto superado por el curso de los acontecimientos. Sànchez presentó en noviembre un recurso de amparo contra esa orden de prisión preventiva (dictada en octubre), al igual que Jordi Cuixart.

El Constitucional admitió a trámite ambos recursos el pasado 5 de febrero. Esos dos recursos de amparo seguirán su curso al margen de la decisión de hoy.

De hecho, estos dos recursos de amparo, o la decisión de hoy del TC, no han puesto sobre la mesa de este tribunal la posibilidad de ordenar la libertad de los afectados, porque están en prisión por orden de Pablo Llarena, que ha sustituido a Lamela en la competencia del sumario. En su providencia de hoy, el TC recuerda que las decisiones de Llarena no han sido recurridas ante él.

En el escrito que ayer le dirigió a este juez pidiendo que lo deje libre o le permita acudir al Parlament, Sànchez alegaba que su voluntad y la de su grupo es respetar la «legislación vigente».

Según el escrito de Sànchez, su propia candidatura a la Presidencia de la Generalitat «es una muestra evidente de la voluntad, no solo personal sino de todo su grupo parlamentario, de respetar las decisiones del Tribunal Constitucional, aunque no se comparta su contenido».

Llarena determinó en un reciente auto «la incapacidad legal prolongada» de Sànchez, entre otros dirigentes soberanistas, «para cumplir el deber de asistir a los debates y las votaciones del Pleno del Parlamento de Cataluña».

Tanto Llarena como el propio Supremo -a través de la Sala que estudia los recursos contra las decisiones de este magistrado- han reconocido el derecho a la participación política de Jordi Sànchez, pero han señalado la necesidad de encontrar fórmulas para respetarlo sin dañar los objetivos de la investigación penal.

Desde ese equilibro, Llarena señaló que tal derecho debe ser ejercido por delegación del voto mientras siga en prisión preventiva, de modo que le prohibió acudir al Parlament, además de denegarle su libertad provisional.