La Fiscalía pide al Tribunal Supremo suspender la semilibertad del golpista Oriol Junqueras y compañías 

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FOTOGRAFÍA. SAN JUAN DE TORRUELLA (COMARCA DEL BAGES) BARCELONA (ESPAÑA), 29.01.2021. En la imagen, de golpista separatista presidente de ERC, Oriol Junqueras Vies (3º d), junto a los otros seis presos del golpismo en Cataluña —los Jordis (Jordi Sánchez y Jordi Cuixart), Jordi Turull, Josep Rull, Raúl Romeva, Joaquim Forn— que cumplen condena en la cárcel barcelonesa de Lledoners después de que el Gobierno separatista de la Generalidad de Cataluña les concediera este jueves el tercer grado penitenciario (la semilibertad), coincidiendo con el inicio de la campaña electoral de las elecciones catalanas del próximo domingo, 14 de febrero de 2021 (14F). Lasvocesdelpueblo (Ñ Pueblo)

Lasvocesdelpueblo y Agencias – La Fiscalía ha recurrido ante el Tribunal Supremo para que suspenda la nueva semilibertad del golpista exvicepresidente del Gobierno separatista de la Generalidad de Cataluña Oriol Junqueras Vies (ERC), los otros cuatro golpistas exconsejeros, presos en la cárcel de Lledoners y los golpistas llamados los «Jordis» (Jordi Sánchez de Asamblea Nacional Catalana y Jordi Cuixart de Ómnium Cultural), mientras el Supremo resuelve si les revoca definitivamente la primera semilibertad suspendida. Madrid (España), martes 2 de marzo de 2021.

Igual que hiciera ayer con la decisión del juzgado de vigilancia penitenciaria de mantener por ahora en semilibertad a las golpistas: exconsejera Dolors Bassa (ERC) y a la expresidente del Parlamento de Cataluña Carme Forcadell Lluís (ERC), la Fiscalía ha presentado ante el Supremo un recurso de apelación en el que pide suspender el tercer grado del resto de los presos del golpismo en la Comunidad autónoma de Cataluña, el llamado Procés.

De esa forma, el Tribunal Supremo será quien decida si corrige la decisión de los jueces de vigilancia de Cataluña, que la semana pasada descartaron suspender el régimen de semilibertad a los nueve líderes del golpismo en Cataluña mientras resuelven sobre el fondo de los recursos que la Fiscalía presentó contra el tercer grado.

En sus recursos al Supremo, el ministerio público argumenta que, de no suspenderse la semilibertad de los presos del golpismo en Cataluña, se podría dar pie a un «vaciado de la pena» impuesta por el Supremo y a un «no acatamiento» de la sentencia por parte del Departamento de Justicia del Gobierno separatista de la Generalidad de Cataluña.

Así ocurrió, según el ministerio público, cuando el pasado mes de julio el Gobierno separatista de la Generalidad de Cataluña concedió por primera vez el tercer grado a los nueve presos del golpismo en Cataluña, que el Supremo acabó revocando cinco meses después.

En el caso de Bassa y Forcadell, quienes, a diferencia de los presos en Lledoners, disfrutaron durante esos cinco meses del tercer grado porque el juzgado de vigilancia correspondiente no se lo suspendió, la Fiscalía recuerda que en el último medio año solo han estado 57 días en «el régimen de segundo grado que era el que les correspondía», una situación que, alerta, «se puede repetir ‘sine die’ hasta el final de la condena».

El fiscal cuestiona en sus recursos el argumento del juzgado de vigilancia número 5 de Cataluña, que descartó suspender la semilibertad de los presos en Lledoners en base a una interpretación restrictiva de un artículo de la Ley Orgánica del Poder Judicial que, según la Fiscalía, obligaría a suspender de forma automática el tercer grado penitenciario cuando este ha sido recurrido.

En opinión del juez, los recursos de apelación en materia penitenciaria solo tienen efectos suspensivos en los casos en que se impugnen resoluciones judiciales, no administrativas.

No obstante, el ministerio público cree que, más allá de la «literalidad» de la ley, debe entenderse que también tiene efecto suspensivo un recurso que se dirija contra una resolución de la administración.

Tras recordar que la reforma legislativa que introdujo ese precepto «tuvo mucho que ver con presos altamente peligrosos de la banda terrorista ETA» para evitar el riesgo de fuga, el fiscal argumenta que «carecería de toda lógica» que no se puedan extender los efectos suspensivos a las decisiones de la administración.

«Pues por mucha prisa que el juez de vigilancia penitenciaria se diese por resolver dicha «apelación», el excarcelado tendría tiempo de sobra para huir a cualquier lugar del mundo, dejando, pues, completamente ineficaz el fin pretendido», añade el recurso.

Para la Fiscalía, «si frente a la resolución de la autoridad judicial, que es la encargada de revisar la resolución administrativa, el recurso es suspensivo, necesariamente el recurso frente a la administración también debe considerarse suspensivo».

El Gobierno separatista de la Generalidad de Cataluña volvió a conceder el pasado 28 de enero a sus presos golpistas el tercer grado que el Tribunal Supremo les había revocado en diciembre, lo que les permitió participar en la campaña de las elecciones catalanas del14F, aunque la Fiscalía lo recurrió al día siguiente de las elecciones alegando que se estaba vaciando de contenido la sentencia del del Caso Procés.