La Justicia suspenderá hoy la sedición del Parlamento de Cataluña del viernes 27-O: la (DUI)

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FOTOGRAFÍA. PARLAMENTO DE CATALUÑA (ESPAÑA) BARCELONA, 27.10.2017. Los golpistas -el presidente de Gobierno separatista la Generalidad de Cataluña, Carles Puigdemont Casamajó (d), y el vicepresidente separatista, Oriol Junqueras Vies (i), se saludan tras golpear la democracia española desde el parlamento autonómico de Cataluña, aprobando una Declaración Unilateral de Independencia de Cataluña (DUI), en cumplimiento de los resultados del golpe separatista del 1 de octubre de 2017 (1-O), consulta realizada sin autorización judicial. Desde estos momentos, a diferencia del golpe de estado del 10-Oct de 2021, Cataluña ha muerto y ha nacido oficialmente la República Catalana del separatismo. Ahora las dudas son qué y cómo harán los separatistas para hacer efectiva la República Catalana ante esta nueva traición del Gobierno del Partido Popular (PP) de Mariano Rajoy Brey, Soraya Sáenz de Santamaria Antón y Pablo Casado Blanco. Nadie sabe lo que pueda ocurrir en las próximas horas que serán decisivas para proteger la Unidad Nacional del Reino de España. El Jefe de Estado, su Majestad el Rey Felipe VI debe intervenir porque el poder Ejecutivo (Gobierno del PP es impotente y traidor). Efe.

Lasvocesdelpueblo y Agencias – El Pleno del Tribunal Constitucional suspenderá hoy la Declaración Unilateral de Independencia de Cataluña (DUI) aprobada el pasado viernes por el Parlamento autonómico de Cataluña, al acordar la admisión a trámite del incidente de ejecución del Gobierno en el que se advierte de los «evidentes efectos jurídicos y vinculantes» de dicha declaración. Madrid (España), martes 31 de octubre de 2017. Fotografía: PARLAMENTO DE CATALUÑA (ESPAÑA) BARCELONA, 27.10.2017. El expresidente de la Generalidad, Carles Puigdemont (d), y el exvicepresidente del Gobierno catalán, Oriol Junqueras (i), se saludan tras aprobarse en el pleno del Parlamento de Cataluña la declaración unilateral de independencia de Cataluña (DUI). Efe.

Lo hará en base al artículo 161.2 de la Constitución, invocado por el Ejecutivo en su incidente de ejecución, que garantiza la suspensión cautelar automática de las dos resoluciones aprobadas por el Parlament el viernes 27 de octubre para declarar la independencia e iniciar un proceso constituyente.

En el texto, presentado ayer ante el TC y al que ha tenido acceso Efe, el Gobierno considera que esas resoluciones «son capaces de producir efectos jurídicos propios y no meramente políticos», es decir, pretenden culminar el ‘proceso constituyente’ y, si no se anulan, «producirán efectos inmediatos».

Se refiere a la ‘declaración de los representantes del pueblo de Cataluña’ que «da efectividad a la declaración de independencia de la República de Cataluña» sobre la base de una declaración extraparlamentaria adoptada el 10 de octubre.

Y a una segunda denominada ‘proceso constituyente’ que «prevé claramente unos efectos jurídicos» en la medida en que el Parlament declara el inicio y la apertura de dicho proceso insta a la aprobación de una Constitución de la República de Cataluña.

El Ejecutivo solicita al Constitucional que no se limite a «una mera declaración de nulidad» de ambas resoluciones, pues considera necesaria «la mayor claridad y contundencia posible» contra el «atentado más grave contra el orden constitucional».

Además, carga también contra la sediciosa presidenta del Parlamento autonómico de Cataluña, Carmen Forcadell, y los miembros de la Mesa que votaron a favor de la admisión a trámite de ambas resoluciones, lo que supone un «incumplimiento, con pleno conocimiento» de las advertencias, «hasta en siete ocasiones», hechas por el alto tribunal a la Mesa para cumplir con las resoluciones del TC.

Es por ello que el Gobierno solicita que se deduzca testimonio de particulares para exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder a estas personas.

Desde un punto de vista técnico, el Gobierno explica que ha optado por un solo incidente de ejecución para ambas resoluciones porque «guardan entre ellas una unidad de sentido» con «una finalidad común que es la independencia de Cataluña y la proclamación de la República, la aplicación de un régimen transitorio y el inicio del proceso constituyente».