La revisión de las sentencias del Procés

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FOTOGRAFÍA. MADRID (ESPAÑA), 14.10.2019. El Tribunal Supremo ha condenado por la causa del procés a Oriol Junqueras a 13 años de prisión y 13 de inhabilitación absoluta; y a Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa a las penas de 12 años de prisión y 12 de inhabilitación absoluta, en los cuatro casos por delito de sedición en concurso medial con un delito de malversación de fondos públicos agravado en razón de su cuantía. Asimismo, condena por el delito de sedición a Carme Forcadell a las penas de 11 años y 6 meses de prisión e igual tiempo de inhabilitación absoluta; a Joaquim Forn y Josep Rull a las penas de 10 años y 6 meses de prisión y 10 años y 6 meses de inhabilitación absoluta; y a Jordi Sánchez y Jordi Cuixart a las penas de 9 años de prisión y 9 años de inhabilitación absoluta. En cuanto a Santiago Vila, Meritxell Borràs y Carles Mundó, son condenados cada uno de ellos como autores de un delito de desobediencia a las penas de 10 meses de multa, con una cuota diaria de 200 euros, y un 1 año y 8 meses de inhabilitación especial. La sentencia absuelve a los acusados Joaquim Forn, Josep Rull, Santiago Vila, Meritxell Borràs y Carles Mundó del delito de malversación. Captura pantalla de imágenes vídeo de rtve. Ñ Pueblo Lasvocesdelpueblo

Redacción.- Barcelona (España), martes 21 de febrero de 2023. La semana pasada la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo (TS), el juez, Manuel Marchena y su equipo, presentaron el auto de revisión del Procés de los líderes independentistas catalanes, enfocado con la actualización de la reforma del Código Penal del 23 de diciembre de 2022. A continuación se muestran las actualizaciones de cada uno de ellos:

Carme Forcadell, fue condenada a 11 años y 6 meses de prisión e inhabilitación por el delito de sedición (art. 544); igualmente Josep Rull y Quim Forn a 10 años y 6 meses; fueron indultados y con la actualización los tres fueron condenados por desobediencia (art. 556) y dejados en libertad porque el delito de sedición fue derogado. Jordi Cruixart y Jordi Sánchez, fueron condenados a 9 años de cárcel por el delito de sedición y fueron indultados. A éstos se les aplicó el delito de desórdenes públicos (art. 557) del CP, por los hechos ocurridos en la Consejería de Economía, en septiembre de 2017. Éstos también quedaron libres. Todos ellos podrán incorporarse a la vida política si así lo desean y formar parte de las listas electorales para las próximas elecciones municipales de mayo. Los cuatro restantes, fueron condenados a prisión e inhabilitación por el delito de sedición y malversación de fondos, fueron indultados y ahora son inhabilitados. Oriol Junqueras, fue condenado a 13 años y con la actualización queda en 13 años de inhabilitación que vence el 17-07-2031; Jordi Turull y Raúl Romeva, a 12 años y finalizarán el 5-07-30, y Dolors Bassa a 12 años y terminará el 10-10-30.

Éstos con la actualización son condenados por desobediencia y malversación agravada (art. 432 c) y no por malversación atenuada (las condenas son más leves) como pretendían con la actualización del CP (art. 432 bis) y así reducir la pena. Lo gastado excede de 250.000 euros, por eso se les aplica la malversación agravada. Los juristas entienden que el dinero utilizado de las arcas públicas fue utilizado para llevar a cabo el «golpe de Estado» que se considera un acto delictivo para «socavar los cimientos de la soberanía nacional de España». El juez, Manuel Marchena y su equipo dejaron claro que no se puede sustituir el delito de desórdenes públicos por el delito de sedición porque sería como negar que existieron los hechos ocurridos en octubre de 2017, en Cataluña.

El auto ha hecho notar del peligro en que nos encontramos, que al eliminar el delito de sedición del Código Penal, se ha dejado un vacío legal que deja desprotegido al Estado, ante hechos como los ocurridos en Cataluña en 2017, porque en cualquier momento los independentistas podrían declarar la independencia de forma pacífica sin utilizar la violencia y no existiría ningún artículo del CP para protegernos y tendrían la vía abierta para volverlo a hacer, lo cual constituye una grave amenaza para la integridad territorial. Antes teníamos el delito de rebelión, sedición y desórdenes públicos, ahora al eliminar la sedición queda un vacío en medio.

Los independentistas, no se cortan y ya han dicho que lo volverán a hacer. Incluso el propio presidente catalán, Pere Aragonès, dijo que en España no está prohibido realizar un referéndum, y es verdad. A su vez la semana pasada, en el Congreso de los Diputados, el diputado de JxCat, Josep Pagè, afirmó que: «van a implementar una declaración vigente cuando menos se lo esperen porque una nación se autodetermina, no pide permiso».

La reacción al auto del juez, Manuel Marchena, no fue igual para todos, unos líderes no se lo creían y otros dijeron improperios contra los jueces como: es un golpe de Estado a la democracia, una injusticia, no hay democracia, es una venganza, etc.. Una vez conocido el auto, los líderes independentistas inhabilitados: Oriol Junqueras, Raúl Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, pedirán la nulidad de la revisión de condena ante el Tribunal Supremo, normalmente las vuelven a denegar y con eso se dirigirán al Tribunal Constitucional para que decida. Y de ahí se encaminarán al Tribunal Europeo de los Derechos Humanos (TEDH), pensando que se les comprenderá mejor y tendrán buenos resultados. Si hace falta recurrirán a los organismos internacionales. Mientras tanto, Oriol Junqueras (ERC) y Jordi Turull (JxCat), seguirán a cargo de sus respectivos partidos.

No se sabe qué ocurrirá cuando las «reclamaciones de los independentistas» lleguen al Tribunal Constitucional, porque entre ellos hay magistrados que podrían abstenerse como es el caso de Cándido Conde-Pumpido, Carlos Campo y Laura Díez, quedarían empatados los progresistas (4 PSOE) y los conservadores (4 PP). Sin olvidar que falta un miembro para completar los 12 y que el Senado está tardando en nombrar. El Consejo General del Poder Judicial, podría realizar éste nombramiento, pero el Gobierno les tiene suspendido éste derecho.

Por su parte, al Gobierno central, no le gustó el comentario de los jueces y ha contestado a través de sus representantes que ellos son el poder legislativo, que no se inmiscuyan en sus decisiones tomadas y que existe el artículo 155 de la Constitución Española y el Código Penal. Ante esto, el líder de la oposición del PP, en su Plan de Calidad, presentado el mes pasado, en Cádiz, dijo que en caso de ganar las elecciones generales de final de año, incorporará al CP el delito de referéndum ilegal (medida 2) que fue quitado por el expresidente, José Luis Rodríguez Zapatero. También, el delito de sedición (medida 4) y la eliminación del delito de malversación (medida 3). Relacionado con esto, el martes pasado, en el Congreso de los Diputados, el partido político de Vox, presentó una proposición no de ley sobre los temas de: incorporar al CP el delito de referéndum ilegal, al que solo estuvieron a favor los partidos de: Ciudadanos, Partido Popular y Vox. Y ante la posibilidad de convocar un referéndum para ilegalizar a los partidos separatistas que no respetan la Constitución Española, se quedaron solos, el resto de partidos estuvieron en contra.

Por otro lado, la actualización de penas, también afectará a los líderes independentistas fugados: Carles Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig. Probablemente se aplicarán las mismas sanciones que a los cuatro líderes independentistas inhabilitados. El TS, está a la espera que el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE), determine sobre la inmunidad de los eurodiputados en Bruselas. En caso que la respuesta sea negativa, la defensa de Carles Puigdemont, acudirá al TC para cuestionar si el Tribunal Supremo es el competente para juzgar el procés. Lo hará en base a las respuestas que dio el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), al juez, Pablo Llarena, a finales de enero, es decir, que Bélgica, puede rechazar las euroórdenes si aprecia: “deficiencias sistémicas y generalizadas en el sistema judicial español y que no puede ampararse en una pretendida falta de competencia del Supremo”. Confían en la mayoría progresista del TC. Hay que mencionar, además que a los implicados anteriores, se suman otros tres altos cargos, contra quienes el viernes pasado, la Fiscalía Superior de Cataluña, presentó un escrito de acusación, éstos tendrán que sentarse ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). Los tres son miembros de ERC y supuestamente se encontraron relacionados directamente con Oriol Junqueras, al parecer éstos fueron los responsables de organizar el 1-O y montaron las estructuras de Estado de una Cataluña independiente el año 2017.

Así tenemos al ex responsable de Economía de la Generalitat, Josep Maria Jové Lladó para quien se pide 7 años de prisión y multa de 30.000 euros, condenado por malversación agravada, desobediencia e inhabilitación de 32 años. Éste supuestamente fue el coordinador ejecutivo del referéndum, destinó dinero para realizar la campaña electoral y la acción del servicio del Diplocat para buscar apoyo y reconocimiento internacional. Cuando fue detenido se le encontró una libreta donde tenía anotada la organización para la votación y toda la logística para llevarla a cabo y otro documento (Enfocats) de la hoja de ruta hacía la independencia. Además, se le acusa de haberse apropiado de los datos personales de todos los catalanes para la realización del censo de votación para el referéndum y de haber firmado un contrato con Idescat, para obtener los datos personales de los catalanes en el exterior con el objetivo de elaborar una base de datos. El siguiente es el ex secretario general de Hacienda, Josep Lluís Salvadó Tenesa, para quien se pide 6 años de prisión y multa de 24.000 euros, se solicita una inhabilitación de 27 años. Éste supuestamente en una libreta tenía apuntado sobre las reuniones que mantenía con otros partidos políticos y contratar a empresas para la logística del 1-O. En caso de ser condenados, entre los dos, deberán devolver 754.920.89 euros, en concepto del perjuicio ocasionado al patrimonio público. Según la Fiscalía, ambos se encargaron de organizar el día del referéndum y el día después. Y, Natalia Garriga, para quien se pide un año de inhabilitación y una multa de 18.000 euros por desobediencia. Ésta supuestamente actuó de enlace para conseguir las naves para almacenar material electoral y de la adjudicación de contratos menores de obras del Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la información para ubicar espacios menores del 1-O. Ante esta situación y mostrando su apoyo a sus tres compañeros de partido, en una declaración institucional celebrada en Tarragona, el presidente catalán de ERC, Pere Aragonès, afirmó que la celebración del 1-O, no fue un delito y los animó a «seguir en pie ante toda la voluntad represiva de un Estado que considera que la democracia es delito” y añadió: “trabajaremos para denunciar esta represión y estamos convencidos de que conseguiremos su absolución».

Por otra parte, existen otras 18 personas formadas por ex altos cargos, técnicos y empresarios, que están pendientes de juicio. Son los procesados por el juzgado nº 13 de Barcelona. Estos fueron los encargados de cumplir las directrices y de llevar adelante el referéndum de octubre de 2017. Es probable que les apliquen el delito de malversación agravada e inhabiliten para desempeñar cargo público. Estos deben depositar 4.3 millones de euros, que utilizaron para realizar el referéndum. Por último, quedan 10 personas para ser juzgadas y pueden ser procesadas por desobediencia, falsedad documental o prevaricación.

En conclusión, hemos visto que los jueces, Manuel Marchena y Pablo Llarena, aplicaron el mismo criterio a la hora de revisar y actualizar las sentencias de los líderes independentistas indultados del procés. El Gobierno central, pensó que al favorecer la reforma del Código Penal, para ayudar a reducir las penas a sus socios independentistas les saldría bien, pero los jueces aplicaron otros delitos diferentes, por lo tanto, los resultados no son los que esperaban. Así y todo, los líderes independentistas que no huyeron, han conseguido bastante: ser indultados, eliminar el delito de sedición y modificar el delito de malversación. A través del escrito del juez, Manuel Marchena, hemos visto que con la eliminación del delito de sedición, el Estado queda desprotegido y peligra la integridad territorial de España, esto hace que se tenga previsto una solución urgente antes de que sea demasiado tarde y lo vuelvan a hacer como nos vienen avisando hace tiempo y más si se considera que realizar un referéndum no es un delito, como dijo Oriol Junqueras, que le parece un éxito la reforma del Código Penal, a pesar de la decisión del Tribunal Supremo y que: «el independentismo ya no podrá ser perseguido a no ser que haga servir la violencia», y de ahí el aviso que la derogación de la sedición hace que queden impunes los procesos secesionistas sin violencia. Finalmente, hay que pedir: independencia judicial de los jueces, separación de poderes y el respeto a las leyes que nos hemos dado para vivir en paz.

Manoly A. Roldán