Repetición del juicio contra el terrorista Otegui (Bildu) a petición de VOX

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FOTOGRAFÍA. SAN SEBASTIÁN (ESPAÑA), AÑO 2020. Vista de exlíder de la banda terrorista ETA, actual coordinador general de EH Bildu, Arnaldo Otegui. Efe

Lasvocesdelpueblo y Agencias.- Madrid (España), lunes 14 de diciembre de 2020. El Tribunal Supremo ha acordado este lunes por unanimidad que se celebre un nuevo juicio contra el líder de EH Bildu, Arnaldo Otegi, por intentar reconstruir Batasuna a través del grupo Bateragune. La formación que preside Santiago Abascal Conde, la Voz de los Españoles (VOX), solicitó en un recurso, el pasado 11 de agosto de 2020, la repetir ese juicio después de que el separatismo terrorista de la ETA recibiera cohetes la sentencia de Estrasburgo a favor de este terrorista.

El Pleno de la Sala Segunda del alto tribunal sigue el criterio de la Fiscalía que solicitó repetir el juicio después de que hace unos meses el Supremo anulase la condena a 6 años y medio de cárcel que se le impuso en 2012 en aplicación de una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que consideró vulnerado el derecho a un juez imparcial de Arnaldo Otegui y de los restantes condenados.

La decisión se ha adoptado por el Pleno de la Sala, compuesto por 16 magistrados, en cumplimiento del art. 4.2 del protocolo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que excluye la prohibición de doble enjuiciamiento en supuestos como el que ahora se resuelve.

La sentencia -de la que es ponente Miguel Colmenero y cuyo contenido se conocerá en los próximos días- coincide con la posición del Ministerio Fiscal que pidió celebrar un nuevo juicio para evitar que los hechos quedaran imprejuzgados ya «que un defecto procesal no puede convertirse en una exención penal», tras el fallo del TEDH.

Otegi y el exdirigente sindical abertzale Rafael Díez Usabiaga fueron condenados por la Audiencia Nacional a 10 años de prisión por pertenencia o integración en organización terrorista y otros tantos de inhabilitación, mientras que al resto -Miren Zabaleta, Sonia Jacinto y Arkaitz Rodríguez- les impuso 8 años de cárcel.

Al revisar la sentencia, el Supremo rebajó las penas a entre 6 y 6 años y medio, un fallo que más tarde avaló el Tribunal Constitucional; no así el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo, que acabó dando la razón a los condenados al estimar que se vulneró el Convenio Europeo de Derechos Humanos por falta de imparcialidad de una magistrada que les juzgó.

En el origen del recurso al TEDH está la respuesta que dio la magistrada Ángela Murillo cuando Otegi, en la vista de una causa anterior, no quiso contestar si condenaba la violencia: «Ya sabía yo que no me iba a responder a esa pregunta». A lo que Otegi replicó: «Yo también sabía que lo iba a preguntar».

Otegi, que salió de prisión en marzo de 2016, recurrió la parcialidad de Murillo en este juicio, y el Supremo le dio la razón, pero no ocurrió lo mismo con respecto a la recusación de la jueza en la causa de Bateragune.

Para Estrasburgo, aceptar la primera recusación de la jueza por parcialidad contra Otegi en un caso y rechazarla en otro procedimiento diferente contra él solo unos meses después vulneró el Convenio Europeo de Derechos Humanos.