Sindicatos de Policía piden al TSJC que juzgue Artur Mas por delito de malversación por golpe de 9N

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FOTOGRAFÍA. BARCELONA (ESPAÑA), 09.11.2014. El golpista Artur Mas (i) junto a su vicepresidenta Joana Ortega (d) aplaude el 'éxito total' de un golpe de Estado secesionista 9N con más de dos millones de votos gracias al PP de Mariano Rajoy Brey y Alicia Sánchez-Camacho. Lasvocesdelpueblo (Ñ Pueblo)

lasvocesdelpueblo y Agencias – «Los ordenadores -apunta el recurso- fueron utilizados por un fin distinto de la función pública, porque era una cesión ilegal». La acusación popular del Caso 9-N ha pedido al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que juzgue al secesionista expresidente de la Generalidad de Cataluña Artur Mas Gavarró también por un delito de malversación por la celebración del referéndum ilegal secesioncita del pasado 9 de noviembre de 2014 en Cataluña (9N) el único que puede acarrear penas de cárcel, y no sólo por desobediencia y prevaricación. Barcelona (España), miércoles 19 de octubre de 2016. Fotografía: El golpista Artur Mas (i) junto a su vicepresidenta Joana Ortega (d) aplaude el ‘éxito total’ de un golpe de Estado secesionista 9N con más de dos millones de votos gracias al PP de Mariano Rajoy Brey y Alicia Sánchez-Camacho. Archivo Lasvocesdelpueblo.

Para la acusación popular, considerar que la contratación se relativa al 9N efectuó antes de la suspensión de la consulta por parte del TC, y que por lo tanto los contratos eran exigibles en su cumplimiento por terceros, «no es óbice para determinar que se produjo una malversación de dinero público».

«La mayoría de los trabajados encargados se ejecutaron entre los días 4 y 9 de noviembre (traslado de material, instalación de programas informáticos en los ordenadores cedidos, contratación de técnicos para resolver incidencias), por lo que realmente se podría haber suspendido la ejecución de esos trabajos y que por parte de los contratistas se facturara en función del trabajo ejecutado», remarca el recurso.

Por todo ello, la acusación popular solicita que el TSJC revoque su decisión de archivar la acusación por malversación de caudales públicos y que Mas, Ortega y Rigau sean juzgados también por este delito, por el que ya había reclamado que se les condenara a seis años de prisión.

En un recurso interpuesto ante el alto tribunal catalán, la acusación popular, ejercida por el Sindicato Profesional de Policía, la Unión Federal de Policía, la Asociación Arca Ibérica, el sindicato Manos Limpias y un particular, solicita al TSJC que revoque su decisión de archivar la acusación por malversación contra Artur  Mas y las ex-consejeras Joana Ortega e Irene Rigau e incluya también este delito.

El TSJC acordó el pasado 12 de octubre enviar a juicio a Mas, Ortega y Rigau -en una fecha todavía por determinar- por los delitos de desobediencia grave y prevaricación, aunque descartó imputarles un delito de malversación -el único que puede comportar penas de cárcel, ya que la desobediencia y la prevaricación se castigan con inhabilitación-.

El juez alegó que los servicios que la Generalidad de Cataluña encargó a contratistas privados para celebrar el 9N, que ascendían a 4,7 millones de euros, «se encargaron con anterioridad a la suspensión» de la consulta por parte el Tribunal Constitucional, aunque la mayoría de las facturas se abonaron posteriormente.

Según el magistrado, el hecho de que los imputados no suspendieran el pago de esos servicios tras la suspensión del TC «no conforma el tipo penal» previsto en la malversación impropia de caudales públicos, dado que «habían sido concertados los contratos y eran exigibles con concierto vigente», por lo que acordó archivar la acusación por este delito, por el que tampoco les acusaba la Fiscalía.

Por el contrario, la acusación popular entiende que los trabajos facturados fueron ejecutados con posterioridad a la suspensión de la consulta y que la «conducta no reprochable» hubiese sido que la Generalitat suspendiera los contratos y aplicara, si correspondía, las cláusulas indemnizatorias previstas.

«En todos y cada uno de los contratos celebrados para la realización de la consulta se prevé la resolución del contrato o la suspensión de la ejecución del mismo», sostiene el recurso, que subraya que supone un «principio general en derecho» que las circunstancias «sobrevenidas no imputables a las partes contratantes pueden modificar los términos del contrato».

Para la acusación popular, considerar que la contratación se relativa al 9N efectuó antes de la suspensión de la consulta por parte del TC, y que por lo tanto los contratos eran exigibles en su cumplimiento por terceros, «no es óbice para determinar que se produjo una malversación de dinero público».

«La mayoría de los trabajados encargados se ejecutaron entre los días 4 y 9 de noviembre (traslado de material, instalación de programas informáticos en los ordenadores cedidos, contratación de técnicos para resolver incidencias), por lo que realmente se podría haber suspendido la ejecución de esos trabajos y que por parte de los contratistas se facturara en función del trabajo ejecutado», remarca el recurso.

El escrito incide también en que la cesión, que considera «ilegal», de los 2.000 ordenadores comprados por la consejería de Enseñanza que sirvieron para realizar la votación supuso una «verdadera malversación, independientemente de cuando fueron comprados».

Como ejemplo, relata que si un funcionario se lleva a su casa para uso personal material informático, como un ordenador, del Ministerio para el que trabaja, está cometiendo una malversación de uso, «dado que está utilizando material comprado con dinero público para un uso distinto del previsto».

«Los ordenadores -apunta el recurso- fueron utilizados por un fin distinto de la función pública, porque era una cesión ilegal».

Entre la jurisprudencia que aporta la acusación popular para defender sus argumentos figura la sentencia del Tribunal Supremo que en 1998 condenó por malversación de caudales públicos a los acusados por financiar a los GAL por usar de forma indebida los fondos reservados para adquirir armas y explosivos.

Por todo ello, la acusación popular solicita que el TSJC revoque su decisión de archivar la acusación por malversación de caudales públicos y que Mas, Ortega y Rigau sean juzgados también por este delito, por el que ya había reclamado que se les condenara a seis años de prisión.