TC: No es delito dar patadas a la Policía en España

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FOTOGRAFÍA. MADRID (ESPAÑA), 23 DE JULIO DE 2023. FECHA DE LOS HECHOS, MADRID A 16 DE ENERO DE 2024. El hasta hoy condenado ultra Alberto Rodríguez Rodríguez (expulsado del Congreso de los Diputados tras su inhabilitación), ha sido blanqueado por el nuevo Tribunal Constitucional (TC) de mayoría progresista (progre). Los magistrados progres dicen que dar patadas a los policías no es un delito y anulan la sentencia del Tribunal Supremo. Ahora el nuevo alto Tribunal progre debe dictar otra sentencia sobre la indemnización que le toca porque perdió su empleo, entre otras cuestiones. Efe

Madrid (España), martes 16 de enero de 2024 (Efe).- El nuevo Tribunal Constitucional (TC): No es delito dar patadas a la Policía. La decisión del Alto Tribunal apoyada únicamente por magistrados «progres» afines al socialismo y zurdos extremos junto a los separatismo, abre la puerta a que el hasta hoy condenado ultra Alberto Rodríguez Rodríguez (expulsado del Congreso de los Diputados tras su inhabilitación) reciba «una indemnización por el tiempo que no percibió su salario como parlamentario», entre otras posibles reparaciones.

El pleno del Tribunal Constitucional ha otorgado el amparo al exdirigente de Unidas Podemos Alberto Rodríguez y ha anulado su condena a inhabilitación por dar una patada a un policía nacional durante una protesta en 2014 en La Laguna (Tenerife), que lo dejó sin escaño en el Congreso.

Fuentes jurídicas han informado a Efe de que la decisión ha contado con el aval de los siete votos de la «mayoría progresista» frente a los cuatro en contra de la minoría conservadora. El magistrado progresista Ramón Sáez ha emitido un voto concurrente.

El tribunal de garantías estima así el recurso que presentó el exdiputado ultra contra la sentencia del Tribunal Supremo que lo condenó a un mes y quince días de prisión, que sustituyó por una multa y una pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo de 45 días.

La sentencia, ponencia de la magistrada María Luisa Segoviano, declara vulnerado el principio de legalidad, al entender que la sanción de multa (como sustitutiva de la pena de prisión), no puede llevar anudada la accesoria de inhabilitación especial.

Tras su condena, la expresidente del Congreso Meritxell Batet le retiró su condición de diputado, tal como dijo que le requirió el Supremo, un asunto que el ultra Alberto Rodríguez recurrió también en amparo.

Precisamente, las fuentes jurídicas han explicado que esta cuestión queda resuelta en la práctica puesto que el segundo recurso de amparo apunta a decaer por pérdida de objeto, una vez que el tribunal ha anulado la pena de inhabilitación, lo que también abre la puerta a recibir «una indemnización por el tiempo que no percibió su salario como parlamentario».

Es más, la ponente de este segundo recurso, la magistrada María Luisa Balaguer, «tiene la intención de llevar al próximo pleno esta cuestión para dejarla resuelta cuanto antes, han asegurado las mismas fuentes».