Texto completo de declaración del Golpe de Estado separatista catalán aprobado hoy 9N 2015

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Redacción – A continuación, reproducimos íntegramente el texto completo –y el anexo añadido el pasado viernes 6 de noviembre 2015- de la resolución de inicio de golpe de Estado separatista catalán de las candidaturas Juntos Por El Sí (JxSí) de ERC y CDC con colectivos separatistas catalanes y Candidatura de Unidad Popular-Proceso constituyente (CUP-CC) aprobado etas mañana en el Parlamento autonómico de Cataluña. En la cámara catalana, la formación que lidera Pablo Iglesias, Podemos, va con el paragua ‘Cataluña Si Que Se Puede’ (CSQP). Barcelona, 9 de noviembre 2015. <Fotografía: El documento del golpe de Estado de los separatistas catalanes aprobado hoy>.

El pleno ha aprobado este mediodía la propuesta de resolución de Juntos el Sí (JxSí) y la Candidatura de Unidad Popular (CUP) sobre el inicio del proceso político como consecuencia de los resultados electorales. La resolución fue aprobada por 72 votos a favor, de JxSí y la CUP, y 63 en contra, de Ciudadanos (C ‘s), el Partido de los Socialistas de Cataluña (PSC), el Partido Popular Catalán (PPC) y Cataluña Sí se puede (CSQP).

La cámara, en el primer pleno tras la sesión constitutiva de la XI legislatura, que se ha hecho un año después del proceso participativo del 9 de noviembre, también ha debatido la propuesta de resolución de CSQP sobre la priorización de un plan de rescate ciudadano y el inicio de un proceso constituyente. Este texto ha sido rechazado por 11 votos a favor (CSQP), 114 en contra (JxSí, Ciudadanos, PSC y PPC) y 10 abstenciones (CUP). Ambas propuestas se han debatido conjuntamente, pero se han votado por separado.

Texto de la resolución del golpe de Estado separatista catalán aprobada hoy

Propuesta de resolución presentada por el GP de Juntos el Sí y el GP de la Candidatura de Unidad Popular -Crida Constituyente incorporada la 299243enmienda presentada por los grupos proponentes.

«Primero. El Parlamento de Cataluña constata que el mandato democrático obtenido en las pasadas elecciones del 27 de septiembre de 2015 se basa en una mayoría en escaños de las fuerzas parlamentarias que tienen el objetivo de que Cataluña se convierta en un estado independiente y en una amplia mayoría soberanista en votos y escaños que apuesta por la apertura de un proceso constituyente no subordinado.

Segundo. El Parlamento de Cataluña declara solemnemente el inicio del proceso de creación de un estado catalán independiente en forma de república.

Tercero. El Parlamento de Cataluña proclama la apertura de un proceso constituyente ciudadano, participativo, abierto, integrador y activo para preparar las bases de la futura constitución catalana.

Cuarto. El Parlamento de Cataluña insta al futuro gobierno a adoptar las medidas necesarias para hacer efectivas estas declaraciones.

Quinto. El Parlamento de Cataluña considera pertinente iniciar en el plazo de treinta días la tramitación de las leyes de proceso constituyente, de seguridad social y de hacienda pública.

Sexto. El Parlamento de Cataluña, como depositario de la soberanía y como expresión del poder constituyente, reitera que esta cámara y el proceso de desconexión democrática del Estado español no se supeditarán a las decisiones de las instituciones del Estado español, en particular del Tribunal Constitucional, que considera falto de legitimidad y de competencia a raíz de la sentencia de junio de 2010 sobre el Estatuto de autonomía de Cataluña, votado previamente por el pueblo en referéndum, entre otras sentencias.

Séptimo. El Parlamento de Cataluña ha de adoptar las medidas necesarias para abrir este proceso de desconexión de España, de una manera democrática, masiva, sostenida y pacífica que permita el empoderamiento de la ciudadanía a todos los niveles y se base en una participación abierta, activa e integradora.

Octavo. El Parlamento de Cataluña insta al futuro gobierno a cumplir exclusivamente aquellas normas o mandatos emanados de esta cámara, legítima y democrática, a fin de blindar los derechos fundamentales que puedan estar afectados por decisiones de las instituciones del Estado español, entre otros los descritos en el anexo de esta resolución.

Noveno.- El Parlamento de Cataluña declara la voluntad de iniciar negociaciones con el fin de hacer efectivo el mandato democrático de creación de un estado catalán independiente en forma de república, y acuerda poner en conocimiento del Estado español, de la Unión Europea y del conjunto de la comunidad internacional.

Anexo al texto registrado el pasado viernes 6 de noviembre a petición de CUP

Medidas que deberá aplicar el futuro gobierno destinadas a blindar derechos fundamentales afectados por decisiones de las instituciones del estado

1. Pobreza energética- Para garantizar que ninguna persona se vea privada del acceso a los suministros básicos, el futuro gobierno debe 299244desplegar las medidas para evitar la pobreza energética aprobadas por la Ley 24/2015, de 29 de julio, de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética, de manera que se garantice el derecho de acceso a los suministros básicos de agua potable, de gas y de electricidad a las personas y unidades familiares en situación de riesgo de exclusión residencial, mientras dure esta situación.

2. Vivienda- Para garantizar que ninguna persona se vea privada del acceso a una vivienda digna, el futuro gobierno debe trabajar en la aplicación del nuevo marco normativo que regula la Ley 24/2015, de 29 de julio, de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética. En este marco, el futuro gobierno debe garantizar que en procesos de desahucio de la vivienda habitual que afecten a personas y unidades familiares en situación de riesgo de exclusión residencial se cumpla, para poder hacer efectivo el desahucio, el principio de realojamiento adecuado de las personas y unidades familiares afectadas.

Asimismo, de forma urgente, el futuro gobierno debe llevar a cabo modificaciones normativas que permitan hacer efectivas las disposiciones de dicha Ley 24/2015, como es el caso del reglamento de funcionamiento de las mesas de valoración para la adjudicación de viviendas para situaciones de emergencias económicas y sociales y para otros casos de necesidades especiales en el ámbito de la Agencia de la Vivienda de Cataluña.

3. Sanidad- En el ámbito de las políticas de salud, el futuro gobierno debe garantizar el acceso universal a la atención sanitaria pública y de calidad, a través del Servicio Catalán de la Salud (CatSalut), a todas las personas que viven en Cataluña . Ninguna persona puede quedar excluida por razones de origen, tenga o no la condición de asegurada o beneficiaria del Sistema Nacional de Salud, y con independencia de si consta o no en el padrón. Asimismo, ningún ciudadano puede verse privado de asistencia farmacéutica por motivos económicos.

De acuerdo con diversas resoluciones aprobadas por el Parlamento, no se pueden llevar a cabo nuevos concursos para la gestión de centros de atención primaria.

4. Educación- El Parlamento de Cataluña interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra buena parte del articulado de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, de mejora de la calidad educativa, recurso que fue admitido a trámite el 3 de abril de 2014. En esta impugnación, avalada por el dictamen del Consejo de Garantías Estatutarias, se argumentaba que los preceptos impugnados de dicha ley orgánica son contrarios a las competencias que corresponden a la Generalidad en esta materia, contrarios al modelo educativo catalán determinado por la Ley de educación de Cataluña y contrarios a los consensos obtenidos por el conjunto de la comunidad educativa.

En coherencia con este recurso, el futuro gobierno debe velar en su actuación en materia de educación para la plena vigencia y el respeto de las competencias establecidas en favor de las administraciones catalanas y para mantener los consensos obtenidos por el conjunto de la comunidad educativa.

5. Garantía de las libertades públicas- El Parlamento de Cataluña interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra algunos artículos de la Ley Orgánica 4/2015, de seguridad ciudadana, recurso que fue admitido a trámite el 21 de julio de 2015.

En esta impugnación, avalada por el dictamen del Consejo de Garantías estatutarias, se argumentaba que los preceptos impugnados de dicha ley orgánica son contrarios a derechos fundamentales amparados por textos internacionales como la Declaración universal de los derechos humanos o el Convenio Europeo de los derechos humanos y por la jurisprudencia del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos. En coherencia con este recurso, el futuro gobierno debe velar en su actuación en materia de seguridad ciudadana para la plena vigencia y el respeto de los derechos fundamentales mencionados.

6. Administraciones locales- Con el afán de garantizar las plenas competencias de las administraciones locales catalanas en servicio del interés general, el futuro gobierno debe proporcionarles las herramientas de apoyo necesarias para dejar sin efecto los preceptos de la Ley del Estado 27 / 2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, promulgada a resultas de la Ley orgánica 2/2012, de 27 de abril, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, dictada en desarrollo del artículo 135 de la Constitución Española, relativos a la limitación de competencias a los entes locales, el control del coste de los servicios ya la obligación de la priorización de la actividad económica privada.

7. Refugiados- A fin de poder dar respuesta a la grave situación humanitaria que viven los refugiados, el futuro gobierno debe generar un marco de relaciones con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) con el objetivo de dar acogida y asilo al máximo número de personas refugiadas, más allá de las decisiones adoptadas en este ámbito por el Gobierno español.

8. Derecho al aborto- En materia de derecho al aborto, el futuro gobierno se regirá por lo estipulado en la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.

9. Financiación de un plan de choque social y gestión de la deuda- Para liberar recursos para dotar financieramente un plan de choque social, el futuro gobierno debe establecer, entre otras medidas, vías de negociación que permitan reducir la carga de la deuda en el conjunto del gasto.

Prioritariamente, el futuro gobierno debe impulsar la renegociación de todos los financiamientos estructurados, separando los pagos que compensan un servicio (inversión y mantenimiento) de aquellos que constituyen un pago excesivo respecto a los tipos de interés y en las tasas de inflación actuales . Asimismo, el futuro gobierno debe instar a los concesionarios o superficiarios a redefinir los contratos estructurados, transformando la amortización de las inversiones en financiación ordinaria mediante deuda pública y eliminando el coste excesivo del capital.

Esta transformación, que debe permitir una rebaja de costes para la Generalitat que se pueda aprovechar para financiar el plan de choque social, debe ir acompañada de una revisión a fondo de los programas presupuestarios de gasto que permita evaluar y contrastar su utilidad en momentos en que atender la urgencia social se ha convertido en la máxima prioridad del gasto de la Generalitat, expresada en dicho plan de choque. Los ahorros que se obtengan de la revisión de programas deben ir íntegramente dedicados al plan de choque social.

Para hacer un seguimiento de la efectividad de este objetivo y compromiso, el futuro gobierno debe crear un grupo de trabajo abierto a los grupos parlamentarios.

Asimismo, el futuro gobierno debe establecer un calendario de reuniones con los responsables de la banca residente para estudiar la posibilidad de renegociación del pago de los intereses con fines sociales».

Votación de la resolución golpista

Todos los puntos de la resolución se ha aprobado por 72 votos a favor y 63 en contra, excepto el primero, en el que han votado 71 a favor y 63 IMG_20151109_121141en contra, y el cuarto y el octavo, en el que 72 han votado a favor y 62 en contra.

Ciudadanos, el PSC y el PPC han pedido a la Mesa que la votación fuera pública por llamamiento, petición que el pleno ha rechazado por 52 votos a favor (C ‘s, PSC y PPC), 71 en contra (JxSí y CUP) y 11 abstenciones (CSQP). Así pues, la votación ha sido la ordinaria, pública con marcador electrónico.

La sesión ha comenzado con un minuto de silencio, con todos los diputados de pie, en memoria de las víctimas de las inundaciones del río Sió en Agramunt la semana pasada. A continuación, ha comenzado el debate con las intervenciones de Raül Romeva (JxSí), Anna Gabriel (CUP) y Joan Coscubiela (CSQP), en nombre de los tres grupos que han presentado las propuestas, ya continuación han intervenido, por este orden, Xavier García Albiol (PPC), Inés Arrimadas (C ‘s) y Miquel Iceta (PSC).

Desde el palco de honor del salón de sesiones han seguido el pleno el ex presidente del Parlamento Ernest Benach; los senadores Josep Lluís Cleries (CiU) y Alicia Sánchez-Camacho (PPC); el secretario de asuntos exteriores del gobierno, Roger Albinyana, y el presidente del Consejo de Gobiernos Locales, Miquel Buch. Desde la tribuna lo han hecho varios ex diputados y el presidente de la Asamblea Nacional Catalana, Jordi Sánchez.