Un informe de 23 página de la Generalidad prepara el cese de Torra con elecciones en febrero de 2021

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FOTOGRAFÍA. TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (TSJC), 18.11.2019. Vista del presidente de la Generalidad de Cataluña, Quim (Joaquim) Torra Pla (primer plano a la izquierda) hoy en el banquillo del acusado, ante el Tribunal catalán que le juzgue por delito de desobediencia a la Junta Electoral Central (JEC), en cumplimiento de la legalidad vigente sobre los espacios públicos y edificios públicos en periodo electoral, respecto a los símbolos separatistas y los presos delincuentes golpistas del Procés separatista en Cataluña; un desafío secesionista amarillo que lidera actualmente el Gobierno del presidente Torra. La Acusación Popular, que ejerce el partido de Santiago Abascal Conde (VOX), ha pedido prisión de más de 2 años mientras la Fiscalía pide multa e inhabilitación del presidente racista de la Generalidad de Cataluña, Quim Torra Pla. Efe

Efe – El Gobierno de la Comunidad autónoma de Cataluña considerará efectiva la posible inhabilitación del presidente separatista procesado, juzgado y condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Joaquim Torra Pla, alias Quim Torra, en el momento en que le sea notificada oficialmente por el Tribunal Supremo, sin tener que esperar a que se resuelvan los eventuales recursos o el incidente de nulidad que pueda interponer la defensa del delincuente Quim Torra. Barcelona (ESpaña), sábado 26 de septiembre de 2020

Así lo plantea el informe elaborado por el gabinete jurídico del Gobierno de la Comunidad autónoma de Cataluña en vísperas de que el Tribunal Supremo decida si confirma o no la condena a año y medio de inhabilitación a Torra por desobediencia, al no haber retirado a tiempo del balcón del Palacio del Gobierno de la Comunidad autónoma de Cataluña una pancarta en favor de los presos golpistas separatistas en periodo electoral.

¿EN QUÉ MOMENTO LA GENERALITAT CONSIDERARÍA EFECTIVA UNA INHABILITACIÓN?

«El informe jurídico relativo a los efectos de una eventual firmeza de la sentencia condenatoria de inhabilitación del presidente de Gobierno de la Comunidad autónoma de Cataluña», que consta de 23 páginas, señala que «el momento a partir del cual produce efectos la pena impuesta» será cuando «se notifique esta firmeza» y Torra «tome conocimiento formal» de que queda inhabilitado para «actuar como presidente de Gobierno de la Comunidad autónoma de Cataluña».

Un eventual incidente de nulidad de actuaciones, subraya el informe, «no implica necesariamente la suspensión» de la sentencia.

El Parlamento de Cataluña aprobó el pasado viernes una resolución que pretendía desautorizar la posible condena a Torra, al avisar de que solo la mayoría de la cámara «tiene legitimidad para otorgar o retirar la confianza al presidente de Gobierno de la Comunidad autónoma de Cataluña», un pronunciamiento que quedaría en entredicho si, según estipula el informe, se considerase efectiva la inhabilitación cuando fuese notificada.

Al margen de la notificación directa a Torra, el Gobierno de la Comunidad autónoma de Cataluña prevé que se apruebe un real decreto firmado por el rey sobre el cese de Torra, que se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC).

¿QUIÉN SUSTITUIRÁ A TORRA SI ES INHABILITADO?

Como recoge el informe, la ley de la presidencia de la Generalitat prevé que el vicepresidente del Gobierno de la Comunidad autónoma de Cataluña, en este caso Pere Aragonés, sustituya a Torra si es inhabilitado, aunque no podría asumir tres de sus funciones: plantear una cuestión de confianza, designar o destituir consellers y convocar elecciones.

Aragonés asumiría esa sustitución en el momento mismo en que la inhabilitación ya fuese efectiva, aunque se formalizaría -tras la publicación del cese en el BOE y el DOGC- a través de un decreto del Ejecutivo de la Generalidad, aprobado en una reunión del Ejecutivo nacionalsocialista de JxCAT y ERC, con apoyo externo de la CUP, en funciones.

El «presidente sustituto interino» tendría atribuciones en representación de Gobierno de la Comunidad autónoma de Cataluña, representación del Estado y en el ejercicio de la dirección de la acción de gobierno, como convocar y presidir las reuniones del ejecutivo.

¿QUÉ PUEDE Y QUÉ NO PUEDE HACER EL GOVERN EN FUNCIONES?

Si Torra es inhabilitado, el Gobierno de la Comunidad autónoma de Cataluña queda desde entonces en funciones, hasta la toma de posesión del nuevo ejecutivo catalán.

Al estar en funciones, el Gobierno de la Comunidad autónoma de Cataluña no puede aprobar un proyecto de presupuestos, ni presentar proyectos de ley al Parlamento de Cataluña, ni dictar decretos legislativos, pero sí puede, en cambio, dictar decretos ley si se justifica por una «extraordinaria urgencia y necesidad», para garantizar el funcionamiento normal de los servicios públicos.

El Gobierno de la Comunidad autónoma de Cataluña en funciones deberá actuar con la «máxima contención» y el Parlamento de Cataluña podrá mantener sobre sus miembros los mecanismos de control previstos, como preguntas, interpelaciones o comparecencias.

¿QUÉ OCURRE CON EL PERSONAL EVENTUAL VINCULADO AL PRESIDENTE DE LA GENERALIDAD?

El informe jurídico aborda la situación del personal eventual adscrito a la presidencia de la Generalidad, que podría tener que cesar cuando Torra sea inhabilitado en firme.

El documento, sin embargo, puntualiza que el personal eventual del presidente del Gobierno de la Comunidad autónoma de Cataluña fue nombrado por el secretario general por delegación de la consejera de la Presidencia, y no por Torra, por lo que señala que «no se da el cese automático derivado» de su inhabilitación y su futuro quedaría entonces en manos de Aragonés.

¿CUÁNDO HABRÍA ELECCIONES SI NO SE INVISTE A OTRO PRESIDENT?

Al día siguiente de que sea efectiva la inhabilitación de Torra se abrirá un plazo de diez días para que el presidente del Parlamento de Cataluña, Roger Torrent, sondee a los grupos parlamentarios para ver si quieren presentar un candidato a la investidura.

En caso de no haberlo -o de que Torrent compruebe que nadie dispone de los apoyos necesarios para optar a ser investido-, el presidente de la cámara comunicaría al pleno que no hay un candidato viable a la investidura, por lo que en ese momento se activaría una cuenta atrás de dos meses, y una vez transcurrida sin que hubiese habido investidura se convocarían elecciones automáticamente.

Para ajustar los tiempos de manera que esas elecciones convocadas automáticamente -a celebrar al cabo de 54 días- «caigan en domingo», Torrent dispondría de un «pequeño margen de días» para elegir el día del pleno en el que se activaría la cuenta atrás de los dos meses, según ha explicado en Cataluña Radio el presidente del Parlamento de Cataluña.

Eso significa que, si la inhabilitación de Torra fuese efectiva en algún momento de la semana que viene y se activasen todos los mecanismos que prevé el informe, las elecciones se celebrarían a principios del próximo mes de febrero de 2021.