«Vergonzosa» fianza de solo 1.000.000 € a Javier Biosca Rodríguez por «estafar más de 800.000.000 € con criptomonedas» en España

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FOTOGRAFÍA. MADRID (ESPAÑA), 21.10.2021. Las criptomonedas han llegado para quedarse, según los economistas. Las criptomonedas y la tecnología que las respalda no son un fenómeno pasajero y han llegado para quedarse, según tres economistas españoles de prestigio consultados por Efe. Efe

Redacción.- Madrid (España), martes 29 de marzo de 2022. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha impuesto al investigado por una presunta estafa con criptomonedas Javier Biosca Rodríguez una fianza de 1.000.000 euros para salir de prisión, donde se encuentra desde junio del pasado año como presunto autor de los delitos de estafa continuada y blanqueo de capitales; una decisión que las víctimas han tachado de «vergonzosa» al haber estafado presuntamente el investigado «más de 800.000.000 euros».

«3.º – Admitido a trámite dicho recurso y conferido el preceptivo traslado legal, el Ministerio Fiscal solicitó la revocación de la medida de prisión provisional del recurrente y su sustitución por la de prisión provisional eludible con una fianza de un millón de euros, y la Procuradora de los Tribunales D.ª Teresa Aguado Dorrego, en nombre y representación de la Asociación de Afectados por Inversión en Criptomonedas, Acusación Popular, y de D.ª Emilia Zaballos Pulido y D.ª Pilar Rodríguez Bueno, acusación particular, presentó escrito de impugnación, interesando la confirmación de la resolución recurrida», dice la sentencia que el diario digital Lasvocesdelpueblo (Ñ Pueblo) ha tenido acceso.

En un auto, los magistrados de la Sección Tercera estiman parcialmente un recurso del investigado contra los autos del Juzgado Central de Instrucción 1 en los que se ordenó y confirmó su ingreso en prisión sin fianza y modifican dicha medida por la de prisión eludible con una fianza de un millón de euros, tal y como había pedido el fiscal.

Para el caso de que deposite el dinero, se le imponen al investigado como medidas cautelares la obligación de realizar comparecencias apud acta con periodicidad quincenal, la entrega del pasaporte, la prohibición de salida del territorio nacional, así como la exigencia de comunicar los cambios de domicilio.

La Sala explica que del resultado de las investigaciones practicadas se desprende que los contratos celebrados con inversores no excluyen la existencia del engaño característico del delito de estafa, así como que tampoco un cierto grado de conocimiento por los inversores o el anuncio de unas expectativas de rendimiento por encima de lo habitual en el mercado baste para desvanecer la estafa por la aplicación de la teoría de la ignorancia deliberada. «Y hay datos -añade- en este caso que indiciariamente apuntan a una puesta en escena, organizada por el recurrente, atribuyéndose experiencia y medios inexistentes, plenamente compatibles con el engaño con configura el mencionado delito».

Dice la Audiencia Nacional que: «En definitiva, el cambio de circunstancias hace aconsejable, más idónea para la preservación de los fines del proceso y más proporcionada, la medida de prisión provisional, pero eludible mediante la prestación de fianza, cuya cuantía, de acuerdo con lo solicitado por el Ministerio Fiscal, habrá de establecerse en un millón de euros, dada la capacidad económica del recurrente, que se desprende fundamentalmente de los hechos objeto de la presente causa».

Añade: «La prestación de la fianza conllevará la libertad provisional del apelante, con las obligaciones y prohibiciones señaladas en la parte dispositiva de este auto.

Procede: «No apreciándose temeridad o mala fe en la interposición del recurso, procede declarar de oficio las costas de esta segunda instancia.

A pesar la existencia de la condición delictiva de los hechos apuntada por los magistrados, el tribunal considera que han cambiado las circunstancias respecto a la situación existente en junio del pasado año cuando se acordó la prisión provisional.

Entre esos factores está el riesgo de fuga, que ahora es menor que cuando ingresó en la cárcel, dado su arraigo personal y su domicilio conocido. Ese riesgo, considera la Audiencia que puede ser minimizado con la imposición de otras medidas menos restrictivas de derechos.

«Es menor también o casi inexistente, el peligro de destrucción o alteración de fuentes de prueba, como consecuencia del avance de la instrucción y del aseguramiento de aquellas que se han producido durante la tramitación del procedimiento», explica el auto.

Por último, señala que no hay elementos suficientes para concluir que una eventual puesta en libertad pudiera poner en peligro bienes jurídicos de las víctimas, ni siquiera en cuanto a las inversiones en criptomonedas.

Asimismo, la Audiencia Nacional «estima el recurso de apelación interpuesto el Procurador de los Tribunales (…), en nombre y representación de Javier Biosca Rodríguez, contra el auto de fecha 18 de febrero de 2022, confirmatorio del auto de fecha 2 de febrero de 2022, y contra el auto de fecha 10 de febrero de 2022, resoluciones del Juzgado Central de Instrucción n.º 1 que se revocan en el sentido de mantener la prisión provisional del recurrente, pero añadiendo que dicha medida podrá eludirse mediante la prestación de una fianza de un millón de euros, en cuyo caso será sustituida por la de libertad provisional, con las obligaciones de realizar comparecencias apud acta con periodicidad quincenal, entregar el pasaporte y comunicar los cambios de domicilio, y la prohibición de salida del territorio nacional». «Se declaran de oficio de las costas procesales de esta segunda instancia».

«Una vergüenza»

Fuentes de la Asociación de Afectados por Inversión en Criptomonedas, en declaraciones al diario digital Lasvocesdelpueblo (Ñ Pueblo) este martes, han criticado duramente la decisión judicial, que ha contado con el visto bueno del fiscal del caso.

«Una vergüenza que le pongan en libertad estafando más de 800 millones de euros y el fiscal curiosamente se ponga de su parte y una fianza de sólo un millón de euros… ahí lo dejamos», han sentenciado a Lasvocesdelpueblo (Ñ Pueblo).