VOX se opone a la solicitud de Torra de que se suspenda su inhabilitación

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FOTOGRAFÍA. BARCELONA (ESPAÑA), 03.01.2020. VOX tumba al Gobierno de Torra y manda a Torra a casa. El expresidente de la Generalitat, Quim Torra, atiende a los medios de comunicación durante la visita que ha realizado este viernes a la Agencia de Ciberseguridad de Cataluña. La Junta Electoral Central ha acordado este viernes ordenar que se retire al presidente de la Generalitat, Quim Torra, su credencial de diputado autonómico, lo que conlleva su inhabilitación. La JEC estima así el recurso presentado por VOX que pedían la inhabilitación inmediata del presidente catalán tras la condena del pasado 19 de diciembre. A los recurso de VOX, se sumaron PP y Ciudadanos para recoger frutas, después de que VOX haya ejercido de acusación popular y condenado a Torra a inhabilitación y multa en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

Redacción – VOX ha presentado alegaciones ante el recurso presentado por Joaquim (Quim) Torra Pla, el hasta ayer, viernes 10 de enero de 2020 condenado presidente de la Generalidad de Cataluña, castigado a un año de inhabilitación y multa de 30 mil euros por el Tribunal Superior de Justicia Cataluña, a sentencia no firme —fallo del Tribunal catalán con el que la Junta Electoral Central (JEC) ordenó a la Junta Electoral Provincial de Barcelona retirar el acta de diputado autonómico en el Parlamento de Cataluña a Torra; y para evitar la retirada de su acta, Torra presentó un recuso de la resolución de la JEC ante el Tribunal supremo; un recurso que este viernes fue rechazado por el Supremo, manteniendo así la retirada del acta de Torra; quien queda automáticamente inhabilitado por el estatuto de Cataluña por haber pedido su condición de diputado en el Parlamento automático de Cataluña—. Madrid  (España), sábado 11 d enero de 2020.

Así han asegurado hoy fuentes nacionales del partido de Santiago al digital español Lasvocesdelpueblo (Ñ Pueblo).

Las alegaciones han sido presentadas por la Formación basándose en:

1- La ejecutoriedad inmediata de las resoluciones adoptadas por las Juntas Electorales sin que la interposición de ningún recurso suspenda la ejecución del acto impugnado conforme a los artículos 98, 117.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2- Se ha seguido haberse seguido un procedimiento con todas las garantías legales donde se han cumplido absolutamente todas y cada una de las garantías procesales que nuestro ordenamiento jurídico establece