Andalucía: El Tribunal Supremo rechaza el recurso del PP y Cs y prohíbe el Pasaporte COVID 19 (vacunación COVID 19 obligatoria) 

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FOTOGRAFÍA. La presidente del la veleta naranja, Ciutadans Partit de la Ciutadanía-Ciudadanos (Cs), Inés Arrimadas García (i), saluda a su aliado del consenso progre, el presidente del Partido Popular (PP), Pablo Casado Blanco, este el 5 de julio de 2019 en la Casa de Juntas de Gernica, en un acto de la coalición electoral progre (PP+Cs), creada con el fin de derrotar a VOX de Santiago Abascal Conde, ante la posibilidad de que VOX VOX irrumpiera en la cámara vasca. Efe

Lasvocesdelpueblo y Agencias.- Madrid (España), miércoles 18 de agosto de 2021. El Tribunal Supremo no ha avalado la medida cursada por el Gobierno de coalición progre del Partido popular (PP) de Juan Manuel Moreno Bonilla y Ciutadans Partit de la Ciutadanía Ciudadanos (Cs) de Juan Antonio Marín, que ocupa la Junta de Andalucía, de exigir el Pasaporte COVID 19 (Certificado de vacunación COVID 19), que es la vacunación COVID 19 obligatoria encubierto, o PCR negativa para acceder al ocio y hasta para viajar a Melilla, etc.

La Sala de Vacaciones del alto tribunal ha dictado una sentencia que desestima el recurso de la Junta de Andalucía contra el auto del Tribunal Superior de Justicia andaluz, de 6 de agosto, que ya denegó la ratificación judicial de esta medida.

El pasado 5 de agosto la Consejería de Salud y Familias dictó una orden consistente en «limitar el acceso al interior de los establecimientos de esparcimiento y hostelería con música» a las personas que pudiesen acreditar un certificado covid de la UE o un test de antígenos o PCR negativos realizado en las últimas 72 horas.

Pero el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía cerró la puerta al Gobierno autonómico, porque no la vio ni idónea ni proporcionada para la consecución del fin que se pretende, que es la protección de la vida, salud e integridad física.

Y ahora el Supremo comparte con el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía la falta de justificación apropiada de la medida propuesta, que se postulaba de forma general para todo el territorio andaluz, aplicable a toda la población y municipios andaluces con independencia de la tasa de incidencia, sin vinculación a su situación sanitaria y a su evolución, y además de forma indefinida.

Por ello, coincide con el TSJ en que no se habían justificado en este caso la idoneidad y necesidad de las medidas.

Esta medida totalitarias globalistas se ha ido extendiendo por varios países europeos, como Italia y Francia, pero, hasta la fecha la Justicia española ha frustrado el intento de cuatro comunidades autónomas -Andalucía, Canarias, Cantabria y Galicia- y de la ciudad de Melilla de exigir el pasaporte covid para entrar en los bares o en otros establecimientos de ocio.