Cataluña| El Tribunal Superior de Justicia ve imposible ejecutar la sentencia del 25%: «Esto nos obliga a plantear la cuestión frente al TC» y anular la Ejecución Forzosa

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FOTOGRAFÍA. SABADELL (ESPAÑA), 12.06.2022. Los vecinos de Sabadell (Barcelona), exigen la aplicación de la sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que impone un mínimo de 25% de clases en castellano en la enseñanza no universitaria en toda Cataluña, convirtiendo una amenaza de desobediencia del Grupo ultraseparatista afín a CUP, La FORJA, en la pared de un Instituto de la ciudad, una guerra lingüística que se ha trasladado a la calle. Lasvocesdelpueblo (Ñ Pueblo)

Redacción.- Barcelona (España), lunes 4 de julio de 2022. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha reconocido que la nueva legislación —durante la Ejecución Forzosa de la sentencia— aprobada por el PSC, ERC, JxCat y Podemos en el Parlamento de Cataluña en la que el castellano/español pasa de lengua vehicular a lengua «curricular«, es decir, que queda prohibido usar el castellano en las aulas, impide ejecutar legalmente la sentencia del 25% de castellano en las aulas en Cataluña.

Por eso, tal y como pidió la entidad catalana Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), ha preguntado a las partes personadas si debería presentar una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC) para que éste evalúe si la nueva normativa se adecua a la Constitución y a la jurisprudencia sobre el catalán que marcó la sentencia del Estatuto de Autonomía de Cataluña.

El tribunal dice que la sentencia del 25% se basaba en una legislación anterior y que la nueva Ley del Parlamento de Cataluña (del PSC, ERC, Podemos y JxCat) es incompatible con la sentencia. Además, suspende los trámites para la ejecución forzosa de la sentencia.

En una providencia de seis páginas, los magistrados reconocen que el decreto ley del Gobierno y la ley aprobada por el Parlamento de Cataluña en las últimas semanas «determinan la imposibilidad legal de ejecutar la sentencia», lo que «suscita dudas de inconstitucionalidad» respecto de estos textos legales.

ANTECEDENTES

Barcelona (España), miércoles 8 de junio de 2022. La mayoría socialseparatista del Parlamento de Cataluña -excepto CUP- ha aprobado su Ley que prohíbe el castellano/español en los centros educativos en Cataluña, la llamada «Ley del catalán» -una Nueva normalización lingüística-, para responder a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que fija un 25% en castellano/español y cuya ejecución forzosa de la sentencia firme ya ha sido dictada por este mismo alto catalán después de comprobar en su sentencia el uso «residual» del idioma español en la Enseñanza, tan sólo «el 2% de clase» en español/castellano.

La Ley hispanófoba ha sido aprobado con los votos a favor de ERC, JxCat, PSC-PSOE y ECP (Podemos e Izquierda Unida -los Comunes- mientras que el resto de Grupos Parlamentarios -liderados por un Vox cuyo líder, Ignacio Garriga Vaz de Concicao, ejerce de verdadero jefe de la oposición en la Cámara catalana- han votado en contra y el ultraseparatista diputado de JxCat, Francesc Ten, se ha abstenido. La Proposición de ley establece que el castellano es «curricular» y se refiere al catalán y el aranés en los centros educativos como lengua «vehicular» mientras la Constitución Española dejar claro que el español/castellano es la lengua oficial de España y que todos lo españoles tienen el derecho a saberlo y que en regiones con lenguas propias tanto las lenguas regionales como el castellano/español serán vehiculares en la Educación.

La aprobación en el pleno del Parlamento de Cataluña llega después del dictamen del Consejo de Garantías Estatutarias (CGE) -cuyos miembros fueron nombrados por ERC y JxCat- que ha avalado la norma con el argumento tremendamente falso y una clara burla a los catalanes, de que «se amplía el uso del castellano» en la escuela. De hecho, la ley debía aprobarse en el anterior pleno de la cámara pero Vox, PP y Cs lo detuvieron al acudir al órgano consultivo cuta resoluciones ni son vinculantes ni sirven para nada en algo. De hecho, el separatismo nunca cumple las resoluciones de ese órgano inútil cuando dicte contra el plan separatista.

El proyecto de ley de la prohibición del castellano/español en Cataluña también establece que el «uso de las lenguas debe determinarse exclusivamente con criterios pedagógicos y de forma singularizada para cada centro educativo». Es decir, la enseñanza de idiomas dependerá de la decisión de un director separatista o cúpula secesionista de un colegio. Y, en este sentido, señala que «debe decidirse de acuerdo con el proyecto lingüístico de cada centro teniendo en cuenta la situación sociolingüística», pero es la Consejería de Educación del Gobierno separatista que se hace responsable en caso de querella contra esos nuevos aparatos totalitarios en la enseñanza. También, el Gobierno separatista ofrece asesoramiento a los directores de centros educativos para que elaboren esos proyectos lingüísticos secesionistas.

El presidente del Gobierno separatista que ocupa la Generalidad de Cataluña, Pere Aragonès García (ERC), ha pedido la palabra para defender que la ley que prohíbe el español en la escuela «representa un acuerdo de país (Cataluña)» que es «abierto» y quiere «sumar los que hoy no están en la votación».

En un claro desafío al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y a la sentencia firme de este Tribunal que obliga al Gobierno separatista y directores de centros educativos a garantizar y a hacer cumplir la sentencia firme del 25 % de clase en castellano, el ‘pequeño aprendiz de dictador‘ Pere Aragonès García ha reivindicado que el «Parlamento no dimite de legislar». «Hoy decidimos para que las leyes las apruebe este Parlamento y no ninguna otra instancia», ha añadido en referencia al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y a la sentencia firme de 6 horas semanales de clase en español.

EL GOBIERNO SEPARATISTA PIDIÓ AL TSJC DECLARAR IMPOSIBLE LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA

El pasado 31 de mayo, último día para cumplir la ejecución forzosa de la sentencia, el Gobierno separatista pidió que se declarara la imposibilidad legal de ejecutarla y se avalaran los diversos proyectos lingüísticos según el decreto ley aprobado días antes.

El decreto dispone la «inaplicación de parámetros numéricos, proporciones o porcentaje en la enseñanza y uso de las lenguas», dice el propio TSJC. Pocos días después, el Parlamento aprobó la ley 8/22.

La Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB) pidió que se declare que no existe la imposibilidad legal de ejecutar la sentencia y que el conseller de Educació, Josep González-Cambray, no la ha cumplido.

AEB PLANTEO AL TSJC ABRIR LA VÍA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Si el TSJC considerase que el decreto ley 6/22 impide la ejecución, la AEB pedía que se plantee cuestión de inconstitucionalidad sobre este decreto y que mientras tanto se requiera el cumplimiento de la sentencia.

Alternativamente, si se considera que no se puede ejecutar la sentencia, pide que se pregunte a las partes sobre las medidas a tomar para hacerla cumplir y las indemnizaciones que deberían fijarse.

Por último, la AEB pedía al TSJC que declare que las medidas propuestas por el Gobierno separatista no son adecuadas para cumplir la sentencia.

La entidad pedía una multa de 1.500 euros diarios para el consejero de Educación mientras no se constate que todos los alumnos de Cataluña reciben al menos el 25% de las clases en castellano y que se abriera un proceso penal contra él por desobediencia.

Por su parte, el Gobierno separatista respondió a las peticiones de la AEB pidiendo que se declare la pérdida sobrevenida del objeto del incidente de ejecución o que se suspenda la tramitación del incidente a la espera de que se declare la imposibilidad legal de ejecutar la sentencia.

Subsidiariamente, solicitaba que se declarara que el Gobierno separatista ya cumplió el auto de ejecución forzosa al haber «dictado las instrucciones que garantizan el uso curricular y educativo del catalán y el castellano en los términos de la normativa aprobada».

El TSJC: «Esto nos obliga a plantear la cuestión frente al TC»

La Abogacía del Estado también destaca que el nuevo marco legal ha alterado el vigente en el momento en que se dictó la sentencia del 25% de castellano, por lo que el tribunal «tendrá que apreciar la incidencia de estas normas legales sobre las medidas acordadas» en la propia sentencia.

Vistos los argumentos de las partes y la nueva normativa, el TSJC concluye que el decreto y la ley determinan la imposibilidad legal de ejecutar la sentencia y también «suscitan serias dudas sobre su validez por vicios de inconstitucionalidad», y de ésta validez depende la decisión del tribunal sobre la imposibilidad de ejecutar la sentencia o continuar con la ejecución forzosa. «Esto nos obliga a plantear la cuestión frente al TC», dice el TSJC.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña advierte que la nueva ley aprobada por el PSC, ERC, Podemos (los Comunes) y JxCat en el Parlamento de Cataluña «establece el castellano como lengua de uso curricular, en contradicción con el fundamento constitucional que determinó la sentencia, y que se concretó en el reconocimiento del castellano como lengua vehicular». La sentencia del 25%, dice el TSJC, se basa en un modelo de conjunción lingüística, lo que no permite la nueva normativa.

Por eso, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña da diez días a las partes para que se pronuncien sobre esta cuestión de inconstitucionalidad por si la normativa vulnera la Constitución Española por el hecho de que el «castellano no sea considerada vehicular en la enseñanza» y sobre el hecho de que se haya regulado el su «uso mediante decreto ley«, que está previsto sólo en «casos de extraordinaria y urgente necesidad».

Además, suspende los plazos para resolver las piezas de ejecución forzosa de la sentencia o de inejecución.