Madrid (Reino de España), lunes 5 de febrero de 2024 (Lasvocesdelpueblo y Agencias).- El no al terrorismo del fiscal al Tribunal Supremo sobre el Caso Tsunami Democrátic no es vinculante. Ahora la Sala del Tribunal Supremo, dado que el golpista fugado es un aforado, estudiará si juzga al supremacista amarillo por desórdenes públicos, con informe de Fiscalía, o por terrorismo, por el informe del Juez instructor de la Audiencia Nacional. En el caso de la también prófuga a Suiza de la izquierda extrema separatista, Marta Rovira Vergés, al no ser aforada, será la Audiencia Nacional que tomará quizá la misma decisión que el Alta Tribunal dado que allí también la Fiscalía ha dicho no al terrorismo.
El fiscal del Tribunal Supremo, Álvaro Redondo, se opone también a que el alto tribunal abra una investigación contra golpista prófugo de la Justicia y fundador de la derecha separatista Junts per Catalunya (JxCat), Carles Puigdemont Casamajó, por posibles delitos de terrorismo en la causa de Tsunami Democràtic, según ha adelantado el diario El Confidencial.
El no al terrorismo del fiscal al Tribunal Supremo| Según este medio, en un informe que tendrá que ser revisado por la junta de fiscales de lo Penal, el fiscal Redondo considera que «no existen indicios suficientes contra Carles Puigdemont Casamajó» por ser juzgado por terrorismo. Asegura en su ponencia que los hechos que ha investigado el juez instructor de la Audiencia Nacional, Manuel García-Castellón y García-Lomas (Manuel García Castellón), se corresponden con unos «desórdenes públicos graves».
En el Caso Tsunami, el juez Manuel García-Castellón y García-Lomas (Manuel García Castellón) indaga si los disturbios atribuidos a la célula Tsunami Democràtic en respuesta a la sentencia del golpe de Estado separatista en 2019 constituyeron delitos de terrorismo y si estos pueden imputarse a sus organizadores.
El no al terrorismo del fiscal al Tribunal Supremo| El juez, que ve indicios de terrorismo contra Puigdemont y la golpista prófuga de la Justicia y secretaria general de la izquierda extrema separatista Esquerra Republicana de Catalunya (ERC), Marta Rovira Vergés, trata de determinar si hay relación entre las violentas protestas y la muerte por un paro cardíaco de un turista francés en el aeropuerto del Prat, y cree que no se puede descartar el «ánimo homicida» en las graves lesiones que sufrió un policía, incompatibles «con el derecho a la vida e integridad física», reconocido, entre otros, en «el artículo 2 del Convenio Europeo de los Derechos Humanos».
Este procedimiento fue elevado al Supremo debido a que Puigdemont es aforado. El criterio del Ministerio Público no es vinculante para la Sala de lo Penal del alto tribunal, que tendrá que decidir si lo sigue o decide abrir causa en contra de esta argumentación.
La Fiscalía de la Audiencia Nacional ya defendió en noviembre un criterio similar al del fiscal Redondo, pues en otro informe el ministerio público indicaba que «los indicios que se consignan resultan insuficientes» para investigar a Puigdemont y Rovira en el procedimiento sobre Tsunami| El no al terrorismo del fiscal al Tribunal Supremo.