El Supremo da 5 días a Bolaños y Albares para entregar la lista de 163.020 falsos españoles bajo amenaza imputación penal

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FOTOGRAFÍA. MADRID (ESPAÑA), 22 DE AGOSTO DE 2026. Detalle de una foto que muestra la fachada del Tribunal Supremo este sábado 22 de agosto de 2026. Efe
FOTOGRAFÍA. MADRID (ESPAÑA), 22 DE AGOSTO DE 2026. Detalle de una foto que muestra la fachada del Tribunal Supremo este sábado 22 de agosto de 2026. Efe

Madrid, viernes 23 de octubre de 2026 (Lasvocesdelpueblo).- La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha notificado este viernes dos autos clave que asestan un duro golpe al intento de manipulación del Censo de Electores Residentes Ausentes (CERA) de cara a las elecciones anticipadas a las Cortes Generales del Estado del próximo domingo 29 de noviembre de 2026 (29N). En respuesta a la consulta formulada por la Junta Electoral Central (JEC), el Alto Tribunal ha impuesto un ultimátum improrrogable hasta las 15:00 horas del 28 de octubre a los ministros socialistas de Presidencia y Justicia, Félix Bolaños, y de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, para que entreguen la lista completa de las 163.020 personas nacionalizadas mediante la polémica Ley de Memoria Democrática —conocida como Ley de Nietos— e inscritas en el CERA. El Supremo advierte de que el mero envío de la documentación electoral no otorga el derecho a votar, el cual quedará estrictamente vetado para quienes no hayan acreditado documentalmente el exilio de sus antepasados sin ampararse en presunciones ideológicas coladas por el régimen zurdo.

Apercibimiento con multas y vía penal para los ministros de la extrema izquierda

El Tribunal Supremo se ha mostrado tajante ante la flagrante inacción de la Administración General del Estado. En la resolución notificada hoy por la Sección Cuarta, redactada por el magistrado ponente Antonio Narváez Rodríguez, el Alto Tribunal califica de «incomprensible» que transcurrido mes y medio desde los primeros autos cautelares, el Gobierno no haya facilitado aún la relación nominal de los 163.020 agraciados por la Ley de Nietos.

Por ello, el Supremo intima de manera directa a los ministros Félix Bolaños y José Manuel Albares bajo la amenaza expresa del artículo 112 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA). Si antes de las 15:00 horas del próximo miércoles 28 de octubre de 2026 no entregan la lista nominal, los magistrados impondrán multas coercitivas de 1.000 euros reiteradas a los ministros y deducirán testimonio a la jurisdicción penal por delito de desobediencia.

Desmontando las presunciones arbitrarias de la Ley de Nietos

El auto judicial frena en seco el intento de colar a miles de supuestos electores en el censo del voto exterior sin las debidas garantías. La Sala precisa que, si bien la Oficina del Censo Electoral (OCE) puede realizar el primer envío de papeletas entre el 24 y el 30 de octubre de conformidad con la LOREG, todas las cartas deben llevar de forma obligatoria una advertencia formal: la inclusión en el CERA a fecha 1 de agosto de 2026 tiene un carácter puramente provisional y no concede por sí misma el derecho a votar.

El tribunal remarca que solo podrán ejercer el sufragio aquellos inscritos a los que los encargados de los Registros Consulares hayan emitido una certificación acreditativa individual de que sus ascendientes sufrieron exilio real por razones políticas o ideológicas. De forma contundente, el Supremo anula el colar dichas nacionalizaciones mediante la presunción automatizada de la Directriz Séptima de la Instrucción de la DGSJFP. De las 31.390 revisiones con legalización consular acreditada hasta la fecha por la propia Administración, únicamente 91 expedientes disponen de certificación legal válida de exilio.

Procedimiento blindado para la depuración del censo el 29N

Para garantizar la máxima pulcritud en las elecciones generales del próximo 29N, el Tribunal Supremo ha fijado un estricto protocolo de actuación que deberán seguir las autoridades electorales:

1. Exclusión del CERA: Una vez recibida la lista que el Ejecutivo esconde, la OCE procederá a dar de baja y excluir del censo a todos los nacionalizados por la Ley de Nietos que no cuenten con la certificación reglamentaria de exilio expresamente validada por los consulados.

2. Custodia y segregación del voto en urnas consulares: Durante las jornadas de votación presencial en los consulados, si un ciudadano no consta en la lista depurada, su voto no se introducirá en la urna; los diplomáticos guardarán la documentación aparte en un sobre diferenciado con su respectiva acta.

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3. Filtro final en el escrutinio provincial: En el recuento general, las Juntas Electorales Provinciales solo introducirán en la urna los sobres de votantes incluidos en el censo depurado definitivo, apartando y dejando sin validez cualquier papeleta de quienes no hayan justificado formalmente su derecho.

Para asegurar el rápido cumplimiento de las medidas y la tutela de las garantías constitucionales, la Sala Tercera ha habilitado procesalmente los días sábado 24 y domingo 25 de octubre de 2026.