El Tribunal Constitucional prohíbe la rebaja del IRPF a las rentas más bajas en Cataluña

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FOTOGRAFÍA. BARCELONA (ESPAÑA), Pere Aragonès García, ha tomado posesión este lunes como nuevo presidente del Gobierno de la Generalidad de Cataluña, el número 132, en un acto en el que ha recibido la medalla presidencial de manos del expresidente Joaquim Torra Pla (Quim Torra) y en el que ha prometido su cargo sin menciones a la Constitución Española ni a su majestad el rey Felipe VI de España. Efe

Lasvocesdelpueblo y Agencias.- Barcelona (España), domingo 7 de noviembre de 2021. El Tribunal Constitucional (TC) ha tumbado la rebaja del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a las rentas más bajas que incluyó el Gobierno separatista que ocupa la Generalidad de Cataluña en 2020 a través de la ley de acompañamiento de los Presupuestos regionales de Cataluña y que recurrió el Gobierno por invasión de competencias.

Según la sentencia, que comenta la Agencia Efe y un medio digital separatista este domingo, el Tribunal Constitucional ha decidido estimar el recurso presentado por el Gobierno, que consideró que el Gobierno separatista de la ultraizquierda ERC y JxCat del inhabilitado presidente separatista Joaquim Torra Pla -Quim Torra- (JxCat) y del vicepresidente Pere Aragonés García (ERC) había excedido las competencias autonómicas, y declarar inconstitucional esta rebaja fiscal que beneficiaba a rentas iguales o inferiores a 12.450 euros.

Sin embargo, la sentencia no tendrá efectos reatroactivos entre los 200.000 contribuyentes que se han beneficiado de la rebaja, aunque no podrán aplicársela en el próximo ejercicio.

Esta rebaja fiscal separatista estaba incluida en el Artículo 88 de la ley de medidas fiscales, financieras y administrativas, ratificada en el Parlamento de Cataluña en abril de 2020 junto con los presupuestos de la Generalidad de Cataluña.

La medida rebajaba la fiscalidad a los contribuyentes con rentas más bajas al elevar el mínimo exento de 5.500 a 6.015 euros.