El TSJC mantiene sin efecto la sentencia del 25% de castellano/español a la espera del Tribunal Constitucional y AEB anuncia recurso

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FOTOGRAFÍA. BARCELONA (ESPAÑA), 29.08.2022. Detalle de la fachada del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. TV3

Lasvocesdelpueblo y Agencias.- Barcelona (España), lunes 29 de agosto de 2022. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha decidido este lunes no tomar más acciones para proteger los derechos humanos y fundamentales de los niños catalanes frente al fascismo del régimen secesionista que ocupa la Presidencia de Gobierno de la Generalidad de Cataluña y sus compinches traidores, estómagos contentos del «Procés», el PSC-PSOE y la ultraizquierda Unidas Podemos (Los Comunes).

Asimismo, la sentencia del 25 % de clase en español/castellano quedará sin efecto hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncia sobre el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el propio TSJC ante esta institución judicial al considera que el Decreto-ley y Ley del separatismo y sus socios del PSC-PSOE y Los Comunes vulneran la Constitución Española.

A una semana del inicio del curso escolar, el TSJC ha rechazado imponer una medida cautelar para que el 25% de las clases se realicen en castellano/español en escuelas e institutos de la Comunidad autónoma de Cataluña -en cumplimiento de su sentencia firme que obliga al régimen separatista garantizar y hacer cumplir es derecho fundamental de los niños catalanes-.

Las había pedido la entidad catalana Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB) en el recurso que presentó en julio contra las instrucciones de la Consejería de Educación del régimen secesionista de la Generalidad de Cataluña, titular del militante de ultraizquierda separatista ERC, Josep González-Cambray, para este curso Escolar al considerar que «vulneran» derechos fundamentales de los niños catalanes en materia lingüística.

Mientras el TSJC no resuelve el fondo del recurso, AEB reclamaba que «al menos una asignatura, materia, área o actividad de carácter troncal o análoga» se impartiera en castellano/español.

Para justificar su decisión, el TSJC argumenta que ordenar la medida cautelar implicaría adelantarse en la resolución del recurso porque la AEB pide que se aplique provisionalmente lo mismo que en el recurso.

«La falta de determinación de los perjuicios que deberían evitarse con la concesión de la medida cautelar pone en evidencia que lo que se pretende en realidad es adelantar el dictado de una resolución favorable a la parte recurrente», señala el auto.

Además, el tribunal ve «inadmisible» la falta de concreción por parte de la entidad de los perjuicios que se derivarían en caso de que no se adoptara la medida cautelar.

Sin embargo, el TSJC señala que la medida cautelar solicitada no procede, «sin prejuzgar por supuesto con ello el fondo del asunto».

A la espera del Tribunal Constitucional

El tribunal ya consideró hace un mes que no se podía ejecutar la sentencia firme del 25% de clase en castellano/español porque se basaba en una legislación anterior a la actual aprobada por el régimen separatista para incumplir la sentencia.

Dicha nueva Ley del separatismo prohíbe el castellano/español en la Educación, estableciendo que la enseñanza de lenguas debe realizarse con criterios pedagógicos y sin porcentajes como desprende de la sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, ya avalada por el Tribunal Supremo.

Así, la sentencia del 25% de castellano/español continuará sin efecto a la espera de que el Tribunal Constitucional determine si la nueva ley y el decreto del régimen separatista que prohíben el español/castellano en la escuela son constitucionales o no.

La AEB ha anunciado que presentará recurso a la decisión del TSJC.