España: El juez autoriza tratar un paciente de COVID 19 con ozonoterapia y el Gobierno de ERC, JxCat y CUP lo rechaza y recurre la decisión judicial

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FOTOGRAFÍA. BARCELONA (ESPAÑA), JULIO DE 2021. El presidente de Gobierno de coalición independentista de la Generalidad de Cataluña, Pere Aragonès García (ERC). Efe

Efe.- Barcelona (España), viernes 27 de agosto de 2021. Un juzgado de Barcelona ha autorizado la administración de ozonoterapia a un paciente de covid ingresado en un hospital catalán, ha informado el Departamento de Salud de la Generalitat, que ha anunciado que recurrirá la decisión judicial porque va contra el criterio profesional de los médicos.

En un comunicado difundido este jueves, el Departamento de Salud ha informado, sin dar detalles del paciente ni dónde está ingresado ni su pronóstico, de que un juzgado de Barcelona ha autorizado a suministrarle ozonoterapia, tal y como ya hizo hace unos días un juzgado de Valencia para un paciente de covid.

Ante esta autorización judicial, el departamento catalán de Salud ha recordado que «el ozono es una molécula de oxígeno triatómico con efecto oxidativo, empleada como desinfectante, que no está autorizada como medicamento por las agencias reguladoras».

«Su uso no está contemplado en los protocolos de actuación del Servicio Catalán de la Salud, basados en evidencia científica. Además, puede tener efectos secundarios como irritación por su inhalación o dificultad respiratoria, tos y flebitis si la administración es intravenosa», ha señalado la consejería.

También advierte que «es peligroso administrar ozono a mujeres embarazadas y en pacientes con hipotiroidismo o déficit de glucosa-6-fosfato deshidrogenasa».

El Departamento de Salud subraya que «no hay ninguna evidencia de su utilidad/beneficio para la prevención o tratamiento de la covid-19, y por el contrario, hay riesgos potenciales de su uso y no se recomienda su administración o su combinación con otras terapias en relación con la infección por SARS-CoV-2, excepto en el contexto de ensayos clínicos controlados».

Además, recuerda que «la aplicación de tratamientos no autorizados para atender necesidades especiales de situaciones clínicas de pacientes concretos con enfermedades crónicas o gravemente debilitantes debe contar con la autorización expresa de la Agencia Española del Medicamento y los productos sanitarios (AEMPS). Y, en concreto, la AEMPS ya se pronunció categóricamente en contra del uso de este producto».

Por todo ello, el Departamento de Salud ha rechazado la aplicación de esta terapia con ozono y se ha mostrado contrario a la decisión de dar tratamiento sin evidencia científica y, además, lo considera «una injerencia sobre las evaluaciones clínicas de los profesionales».

A raíz la decisión de un juzgado de Barcelona de autorizar este tipo de tratamiento, en un centro hospitalario de Cataluña, Salud ha puesto a trabajar a sus equipos jurídicos para interponer de forma inmediata alegaciones contra esta decisión.

De este modo, la consejería que dirige el médico Josep María Argimon quiere también mostrar su apoyo a la decisión de los profesionales implicados que desestimaron la petición de la familia del paciente de administrar este tratamiento.

El Departamento de Salud ha mostrado su apoyo a la familia del paciente afectado por la situación «deseando su mejora» y ha eludido dar más información respecto al paciente, su entorno y los profesionales que le atienden.

Un caso similar tuvo lugar recientemente en la Comunidad Valenciana: la polémica comenzó cuando el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Castellón acordó el pasado 13 de agosto, como medida cautelarísima, que se aplicase una terapia con ozono a un paciente con covid-19 de 49 años ingresado en la UCI del Hospital de la Plana de Vila-real.

Esta resolución judicial desató la oposición de organizaciones de médicos y enfermeras, además de la Generalitat valenciana, por considerarlo una «injerencia grave» por parte de la Administración de Justicia en el sistema sanitario, al dictaminar la aplicación de una terapia no aprobada por la Agencia Española del Medicamento, no incluida en la cartera de servicios y «en contra de los protocolos científicos».