Estrasburgo condena a «Bélgica» por cooperar con la ETA y humillar a sus víctimas

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FOTOGRAFÍA. MÉXICO. 21.11.2018. Vista de un mazo judicial. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México reconoció hoy el derecho de un matrimonio homosexual para inscribir a su hijo, nacido gracias a un procedimiento de maternidad subrogada, en el Registro Civil de Yucatán, que le había denegado este trámite. Efe

Lasvocesdelpueblo y Agencias – En su sentencia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos considera que Bélgica no cumplió «con la obligación de cooperar» con España para juzgar la participación de esta presunta miembro del comando Vizcaya porque el examen de las euroórdenes en su contra «no fue lo suficientemente completo». Estrasburgo (Francia), martes 9 de julio de 2019. 

 El Tribunal de Estrasburgo condenó este martes a Bélgica a indemnizar a los hijos del teniente coronel Manuel Romeo, asesinado en 1981 por ETA, por no haber examinado en profundidad la demanda española contra Natividad Jáuregui, acusada de estar implicada en el crimen.

En su sentencia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos considera que Bélgica no cumplió «con la obligación de cooperar» con España para juzgar la participación de esta presunta miembro del comando Vizcaya porque el examen de las euroórdenes en su contra «no fue lo suficientemente completo».

Los jueces europeos señalan que Bélgica «debería haber pedido información complementaria» sobre el régimen de detención que habría tenido Jáuregui en España, para «verificar la existencia de un riesgo concreto y real de violación» del Convenio de Derechos Humanos si la entregaban.

La justicia belga denegó la extradición de Jáuregui en 2004, 2005 y 2015 al «presumir» que España podría violar los derechos humanos de la etarra, amparándose en un informe del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura (CPT) sobre España publicado en 2011.

El CPT criticaba en ese informe la duración de la detención incomunicada en España y hacía mención de alegaciones por malos tratos.

Sin embargo, el Tribunal de Estrasburgo recuerda que, según las observaciones que hizo el Gobierno español para este caso, ese régimen de detención «no se aplicaría» a Jáuregui e insiste en que la justicia belga no aportó en su motivación elementos de hecho para rechazar la entrega.

El hecho de que Bélgica haya infringido el artículo 2 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (sobre el derecho a la vida) «no implica necesariamente que Bélgica tenga la obligación de entregar a Jáuregui a las autoridades españolas», precisó la corte europea.

La justicia española reclamó la entrega de Jáuregui a Bélgica por su supuesta implicación como miembro del comando Vizcaya en la muerte de seis agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en 1981, incluida del teniente coronel Romeo.

El 20 de junio de 2016, la etarra fue detenida tras la última petición de la Audiencia Nacional, pero las autoridades belgas la dejaron en libertad el mismo día y denegaron la entrega.

En su demanda ante Estrasburgo, los hijos del teniente coronel consideraban que como los otros miembros del mismo comando Vizcaya ya han sido condenados y están en prisión, no había «razones jurídicas» para que se le aplicara a ella la detención incomunicada.

Jáuregui, alias «Pepona», estaba huida desde 1979 y fue detenida dos veces en 2013 y 2016, en la ciudad belga de Gante, donde se instaló después de vivir en México y Francia.

Ahora, Bélgica habrá de indemnizar a José, María de la Paz, María del Carmen, Monserrat y Ramón Romeo con 5.000 euros a cada uno por daños morales y 7.260 por gastos y costas judiciales.