Humillación de Artur Mas, la JEC desestima su recurso contra la retirada de ‘Estrellada» porque «solo representa a una parte» de Cataluña

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La Junta Electoral Central (JEC)

Vitoria de la democracia sobre la opresión y la imposición impulsada por el régimen del separatista de Cataluña. La Junta Electoral Central (JEC) ha comunicado a Convergencia y Unión de Cataluña -partido del presidente regional, Artur Mas Gavarró,- que desestima el recurso que interpuso contra la resolución que obligaba a los ayuntamientos separatistas catalanes a retirar los símbolos separatistas como el trapo separatista catalán -‘estrellada’- en edificios públicos. El organismo garante de todos los procesos electorales en democracia (JEC) argumenta que las estrelladas «simbolizan las aspiraciones de una parte de la sociedad catalana, pero no de todo ella» y recuerda que la Ley prohíbe expresamente a los poderes públicos tomar partido en las elecciones. También asegura que las libertades ideológica y de expresión son derechos fundamentales de las personas, pero «no de los gobernantes», y mientras los primeros están forzados a retirar las banderas, los segundos pueden ejercer estos derechos sin otra restricción que el respeto a los derechos de los otros.

«Los poderes públicos están obligados a mantener estrictamente la neutralidad política»

La Junta ha adoptado el acuerdo durante la reunión que ha mantenido este miércoles en que tenía sobre la mesa, entre otros, el recurso de CiU contra la orden del pasado 13 de mayo por la que dio la razón a Sociedad Civil Catalana y ordenó que se retiraran todas las estrelladas de los edificios públicos y colegios electorales aduciendo que «los poderes públicos están obligados a mantener estrictamente la neutralidad política» y no pueden colocar en sus sedes «símbolos que puedan considerarse partidistas».

La orden obtuvo una acogida desigual por parte de los municipios catalanes. Los más reacios a hacer efectiva la retirada han recibido órdenes complementarias por parte de las juntas electorales de zona, que han abierto expedientes a los ayuntamientos gobernados por separatista en Canet de Mar -municipio situado en la comarca del Maresme (Barcelona)- y San Pol de Mar -un municipio de la comarca del Maresme-. La Junta Electoral Central (JEC)...

Paralelamente, los agentes del cuerpo de policía regional de Cataluña, ‘Mossos de Escuadra’, han comenzado a requerir a los ayuntamientos que retiren las estrelladas y el consejero de Interior, Ramon Espadaler, ha recordado que la imagen de los agentes descolgando banderas no beneficia a nadie. La resolución de la Junta Electoral Central de este miércoles, 20 de mayo 215, basa la decisión de desestimar el recurso en tres argumentos:

El primero argumentos 

La JEC declara que «la igualdad en el sufragio universal es esencial en la representación democrática» y «por eso la ley encomienda a la Administración Electoral preservarla y prohíbe a los poderes públicos -que están al servicio de todos los ciudadanos- tomar partido a las elecciones «, sentencia la JEC.

El segundo argumento

La JEC asegura que «las banderas estrelladas simbolizan las aspiraciones de una parte de la sociedad catalana, pero no de toda ella«, y el tercero recuerda que «las libertades ideológica y de expresión son derechos fundamentales de las personas, no de los gobernantes , únicos obligados por el Acuerdo recorrido, de manera que los ciudadanos pueden ejercer sin más restricciones que las que imponga el respeto a los derechos de los demás», sentencia la JEC en su escrito al que la agencia catalana de notica ha tenido acceso.

La resolución es firme por la vía administrativa, pero todavía puede ser objeto de recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 12.3. a de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

<lasvocesdelpueblo y agencias>