Efe – La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado el auto del juez José de la Mata en el que propuso juzgar a los miembros de la familia Pujol Ferrusola por delitos de organización criminal o asociación ilícita, blanqueo de capitales, delito contra la Hacienda Pública y falsedad documental. Madrid (España), martes 20 de abril de 2021.
La Sección Tercera de la Sala de lo Penal ratifica íntegramente el auto de pase a procedimiento abreviado dictado por el instructor para todos los investigados en este procedimiento, a excepción de Carlos Sumarroca Coixet, para quien se acuerda el archivo de la causa, y de Mercé Gironés, a quien se le retiran dos delitos contra la hacienda pública.
En su resolución, el tribunal confirma la competencia de la Audiencia Nacional y señala que los actos nucleares se realizaron en el extranjero -fundamentalmente en Andorra- mediante el movimiento de fondos en efectivo de diversas cuentas abiertas en el extranjero, de las que eran titulares varios miembros de la familia Pujol. Las cuentas, además, según el auto recurrido, fueron puestas a nombre de fundaciones controladas por dicha familia.
Respecto al delito de organización criminal, la Sala expresa que el juez relató una actuación «claramente concertada» de todos los miembros de la familia Pujol consistente en la apertura y cierre simultaneo de cuentas bancarias en el extranjero, así como de movimientos de fondos entre ellas. Existen indicios que los movimientos, agrega la Sala, obedecerían a una estrategia orientada a ocultar su origen y que el juez conecta con operaciones ilícitas derivadas de contratos de la Generalitat.
«Nos encontramos ante una asociación ilícita inicialmente y una organización criminal con posterioridad y no ante meros partícipes a título lucrativo, como en el recurso se califica a los restantes miembros de la familia, respecto de la actuación presuntamente lícita de Jordi Pujol Ferrusola”, remarca el auto.