La Justicia europea resolverá en enero la cuestión prejudicial sobre euroórdenes de prófugos del Procés

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FOTOGRAFÍA. BRUSELAS (BÉLGICA), AÑO 2022. El golpista fugado expresidente de la Generalidad de Cataluña, presidente del partido separatista JxCat y eurodiputado de esta formación secesionista sin inmunidad parlamentaria europea, Carles Puigdemont Casamajò. Efe.

Efe.- Barcelona (España), jueves 15 de diciembre de 2022. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resolverá el próximo 31 de enero la cuestión prejudicial del Tribunal Supremo español (TS) sobre el alcance de las euroórdenes dictadas para reclamar la extradición de varios líderes independentistas catalanes huidos de la Justicia.

En una notificación, a la que tuvo acceso Efe, el secretario del TJUE, con sede en Luxemburgo, ha convocado a las partes a una audiencia pública ese día para la lectura de la sentencia.

De la resolución del TJUE puede depender el futuro judicial del prófugo expresidente catalán Carles Puigdemont y de varios de sus antiguos colaboradores, procesados en España por su participación en el proceso independentista ilegal de 2017 en la región de Cataluña.

La resolución despejará las dudas sobre la competencia del Tribunal Supremo para emitir euroórdenes y las condiciones en que estas pueden ser rechazadas por otros países, cosa que ya ha ocurrido, por ejemplo en Bélgica, adonde huyó Puigdemont.

Una vez conocida la decisión judicial, el magistrado español del TS Pablo Llarena, encargado del caso, decidirá si mantiene, retira o emite nuevas euroórdenes respecto a Puigdemont y los exconsejeros catalanes Lluís Puig, Antoni Comín y Clara Ponsatí y por qué delitos.

En la misma causa, el Supremo condenó a otros nueve líderes independentistas catalanes en 2019 a entre nueve y trece años de prisión e inhabilitación para ejercer cargo público.

No obstante, el Parlamento español tramita estos días una reforma urgente que transforma la sedición en un delito de desórdenes públicos agravados y modifica el de malversación con penas máximas más bajas cuando los fondos públicos desviados no supongan un enriquecimiento personal o de terceros.

El Abogado General de la Unión Europea, cuya opinión no es vinculante pero suele coincidir con la de las sentencias del TJUE, ya mantuvo que Bélgica no puede cuestionar la competencia del Supremo español para emitir las euroórdenes ni puede denegar la extradición por posible vulneración de derechos fundamentales sin demostrar «deficiencias sistémicas» respecto al Estado de Derecho.