Agencias – Leo Messi de FC Barsa actuó con dolo (voluntad deliberada de cometer delito) y con la conciencia de que se iba a realizar un acto ilícito. El jugador de FC Barcelona fue condenado a 21 meses de prisión por tres delitos contra la Hacienda Pública. La Fiscalía acepta sustituir la pena de prisión impuesta al jugador del FC Barcelona Leo Messi, de 21 meses, por una multa de 504.000 euros, según han confirmado a la agencia catalana de noticias fuentes jurídicas. madrid (España), viernes 23 de junio de 2017. Fotografía: El delantero argentino del FC Barcelona Leo Messi. Archivo Efe.
El futbolista fue condenado por la Audiencia de Barcelona por tres delitos contra la Hacienda Pública cometidos en sus declaraciones del IRPF de los años 2007, 2008 y 2009, en los que defraudó a Hacienda 4,1 millones de euros de los ingresos obtenidos por la explotación de sus derechos de imagen.
La sentencia, confirmada por el tribunal Supremo, también incluía una multa de 2 millones de euros. Ahora, la Fiscalía no se opone a sustituir los 21 meses por una multa de dos cuotas diarias de 400 euros.
Además, las mismas fuentes indican que, en caso de que no se acordara la sustitución de la pena de prisión por una multa, el

ministerio público no se opone a la suspensión de las respectivas penas de prisión de Messi y de su padre -condenado a 15 meses- por el tiempo de 3 años, dado que son delincuentes primarios y que no hay pendiente de abono ninguna cantidad en concepto de responsabilidad civil.
La audiencia de Barcelona condenó Messi y su padre a 21 meses de prisión , pero el Tribunal Supremo rebajó la pena de este último hasta los 15 meses, como cooperador necesario, al apreciar la atenuante de reparación del daño por la devolución a Hacienda por parte de su hijo del dinero defraudado.
Hechos probados
Según considera demostrado tanto la Audiencia como el tribunal Supremo, a principios de 2005, cuando Messi aún tenía 17 años, se intentó simular la cesión de los derechos de imagen a sociedades instrumentales de Belice y Uruguay, al tiempo estas simulaban contratos de prestación de servicios con empresas pantalla de Suiza y Reino Unido.
A partir de 2007 las empresas cambiaron, pero el sistema era muy similar.
El primer ideólogo de la trama habría sido el asesor fiscal argentino Rodolfo Schinocca, pero en 2006 surgieron conflictos entre la familia y el asesor, y la familia Messi pidió el asesoramiento del bufete barcelonés Juárez Veciana, especializado en derecho internacional y deportivo.

Los contratos de imagen de Messi fueron firmados con el FC Barcelona y empresas patrocinadoras como Adidas, Pepsi, Konami, Procter & Gamble, Danone, Telefónica o Banco Sabadell, además de empresas de Qatar o Kuwait, entre otros. Así, Messi tuvo en 2007 unos ingresos netos de 2,57 millones de euros, que ocultó, lo que supone un fraude de 1,06 millones de euros a Hacienda.
En 2008 cobró 3,84 millones y en defraudó 1,58, mientras que en 2009 ingresó 3,8 millones netos y en defraudó 1,53.
El padre del futbolista, Jorge Horacio Messi, alegó que eran sus asesores fiscales, primero Schinocca y luego Juárez Veciana, quien lo asesoró para ceder los derechos a empresas, muchas de las cuales controlaba él mismo, su mujer o su hijo.
Asimismo, el delantero argentino de FC Barsa se escudó en los asesores fiscales, pero también en su padre, de quien dijo que se encargaba de todos los aspectos legales y fiscales y que él sólo se dedicaba al fútbol.
De hecho, admitió que no se leía los contratos y que firmaba todo lo que le decía su progenitor.
En su sentencia, la Audiencia hacía un exhaustivo repaso del complicado entramado de empresas y contratos para acabar

concluyendo que no hay ningún motivo aparente para que Messi cediera sus derechos de imagen a un complejo conglomerado de empresas pantalla sin empleados que pudieran hacer el trabajo que teóricamente tenían encomendada si finalmente él mismo cobraba los rendimientos.
El tribunal llegaba a la conclusión de que la principal y quizás única intención era defraudar a la Hacienda española, ya que ninguna de las empresas estaba radicada ni en Argentina ni en el estado espanyol.
Leo Messi actuó con dolo (voluntad deliberada de cometer delito) y con la conciencia de que se iba a realizar un acto ilícito
Así, los magistrados recordaban que a pesar de ceder sus derechos a otras empresas, el propio Messi también firmaba los

contratos aunque no era necesario, contratos que, según el tribunal eran «incoherentes», ya que contradecían contratos anteriores.
En uno de estos contratos, con Adidas, el propio Messi firmó ante notario que «conoce íntegramente el contenido» del redactat.Referent ello, afirmó que actuó con una grave indiferencia en evitar tener una información que estaba a su alcance por medios «fiables, rápidos y ordinarios», por lo que consideró que el futbolista actuó con dolo (voluntad deliberada de cometer delito) y con la conciencia de que se iba a realizar un acto ilícito.
Sin embargo, el tribunal barcelonés consideraba Messi culpable del delito por dolo eventual o ignorancia deliberada.
Es decir, decidió seguir firmando los contratos sabiendo que podían ser fraudulentos o no queriendo saberlo porque justamente sospechaba que eran irregulares.
De hecho, la Audiencia recordaba diversa jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre este concepto de ignorancia deliberada y citaba una sentencia que firmó el abogado de Messi, Enrique Bacigalupo, cuando era magistrado del alto tribunal español.
«¿Por qué un hecho antijurídico pueda ser imputado a su autor es necesaria la capacidad personal de evitar el hecho, y la

imposibilidad de conocer la antijuridicidad del hecho excluye la infracción de la norma, ya que sería un error de prohibición vencible o invencible?», decía el audiencia.
Pero este no es el caso de Messi.
«El desconocimiento evitable, derivado de la indiferencia, no es un error y no puede provocar una descarga de la responsabilidad; no puede errar aquel que no tiene interés en conocer», aseguraba la sentencia.
«Existía una sospecha justificada que los ingresos consecuencia de la explotación de los derechos de imagen no tenían un origen claro y nítido, desde el momento que se cobraban a través de otras sociedades y que, aún así, seguía siendo el jugador el perceptor «, concluye.
Leo Messi es culpable de los tres delitos y su padre, que «controlaba» todo, es el cooperador necesario
Per todo ello, consideraba que Messi es culpable de los tres delitos y su padre, que «controlaba» todos los aspectos legales y fiscales del hijo, y era el titular de algunas de las empresas que gestionaban los derechos, es el cooperador necesario.
También afirmaba que el padre colaboró con actos decisivos conseguir por parte de su hijo defraudar a Hacienda en los tres ejercicios mencionados y que sin su colaboración no se habrían cometido los delitos.