Letrados del Parlamento de Cataluña: Los Presupuestos de JxSí «no están destinados al referéndum»

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Parlamento de Cataluña (Barcelona) España, 9 de noviembre de 2015. (Lasvocesdelpueblo y Agencias)-. La mayoría separatista (JxSí y CUP) del Parlamento de Cataluña aprueba iniciar la separación de Cataluña respecto al resto de España. El Parlamento de Cataluña aprobó hoy, lunes 9 de noviembre de 2015, una resolución para iniciar un proceso de separación de Cataluña respecto al resto de España, una iniciativa que el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ordenó recurrir inmediatamente ante el Tribunal Constitucional (TC). Con 72 escaños a favor entre 135 diputados, la Cámara catalana aprobó un texto que plantea que, en el plazo de un mes, comience la tramitación de las "leyes de proceso constituyente, de seguridad social y de hacienda pública", que serían las bases de la hipotética república catalana. Los secesionistas son dos formaciones, Junts pel si y CUP, que suman mayoría absoluta en el Parlamento catalán, aunque en las elecciones regionales del pasado 27 de septiembre sólo alcanzaron el 48 por ciento de los votos, en unos comicios que habían planteado como un plebiscito en favor de la separación. En la imagen, los Diputados regional del PP muestran banderas de España y banderas oficiales de Cataluña tras aprobarse en el Parlamento de Cataluña la resolución conjunta de Juntos Por el Sí y la CUP que pretende ser el inicio del proceso hacia la separación de Cataluña del resto de la patria, una resolución que, según ha anunciado el Gobierno de la Nación del presidente Mariano Rajoy Brey, será recurrida ante el Tribunal Constitucional del Reino de España. Archivo Efe.

Lasvocesdelpueblo y Agencias – Dicen los letrados catalanes que financiar el referéndum separatista de septiembre de 2017 con las partidas presupuestarias impugnadas por la Justicia es absolutamente legal. Los letrados del Parlamento de Cataluña apoyan la iniciativa presupuestaria 2017 del separatismo en el Parlamento catalán (Juntos Por El Sí -JxSí- y CUP) impugnada por la Justicia en un recurso ante el Tribunal Constitucional. Al juicio del Servicio Jurídico del Parlamento autonómico de Cataluña, «no están destinadas a la celebración de un referéndum» y argumenta que «no es un crédito del estado de gastos del presupuesto ni una asignación individualizada de este gasto». Barcelona (España), martes 9 de mayo de 2017. Fotografía: Parlamento de Cataluña (Barcelona) España, 9 de noviembre de 2015. (Lasvocesdelpueblo y Agencias)-. La mayoría separatista (JxSí y CUP) del Parlamento de Cataluña aprueba iniciar la separación de Cataluña respecto al resto de España. El Parlamento de Cataluña aprobó hoy, lunes 9 de noviembre de 2015, una resolución para iniciar un proceso de separación de Cataluña respecto al resto de España, una iniciativa que el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ordenó recurrir inmediatamente ante el Tribunal Constitucional (TC). Con 72 escaños a favor entre 135 diputados, la Cámara catalana aprobó un texto que plantea que, en el plazo de un mes, comience la tramitación de las «leyes de proceso constituyente, de seguridad social y de hacienda pública», que serían las bases de la hipotética república catalana. Los secesionistas son dos formaciones, Junts pel si y CUP, que suman mayoría absoluta en el Parlamento catalán, aunque en las elecciones regionales del pasado 27 de septiembre sólo alcanzaron el 48 por ciento de los votos, en unos comicios que habían planteado como un plebiscito en favor de la separación. En la imagen, los Diputados regional  del PP muestran banderas de España y banderas oficiales de Cataluña tras aprobarse en el Parlamento de Cataluña la resolución conjunta de Juntos Por el Sí y la CUP que pretende ser el inicio del proceso hacia la separación de Cataluña del resto de la patria, una resolución que, según ha anunciado el Gobierno de la Nación del presidente Mariano Rajoy Brey, será recurrida ante el Tribunal Constitucional del Reino de España. Archivo Efe.

Los hechos-. La disposición adicional 40 de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña de 2017 suspendida cautelarmente por la Justicia incluye dos apartados:

El primero, aprobado con los votos de JxSí y la CUP, hace referencia al referéndum unilateral y establece que «el Gobierno, dentro de las disponibilidades presupuestarias para el 2017, debe habilitar las partidas para garantizar los recursos necesarios en materia de organización y gestión para hacer frente al proceso referendario sobre el futuro político de Cataluña».

El segundo apartado, aprobado con los votos de JxSí y de Podemos en el Parlamento de Cataluña -Cataluña Si Que Se Puede (CSQP), dice que «el Gobierno de la Generalidad de Cataluña, dentro de las posibilidades presupuestarias, garantizará la dotación económica suficiente para hacer frente a las necesidades y los requerimientos que se deriven de la convocatoria del referéndum separatista sobre el futuro político de Cataluña, acordado en el apartado I.1.2 de la Resolución 306/XI del Parlamento de Cataluña, con las condiciones establecidas en el dictamen 2/2017, del 2 de marzo, del Consejo de Garantías Estatutarias».

Servicio Jurídico del Parlamento de Cataluña: Se derivaría una «vinculación más política que jurídica» 

Los letrados del Parlamento han alegado este lunes, 8 de mayo de 2017, en el recurso contra la suspensión cautelar del Tribunal Constitucional de la disposición adicional 40 de los Presupuestos del Gobierno autonómico de Generalidad de Cataluña que hay «interpretaciones» que dejan la puerta abierta a «vías de acuerdo con el Estado y la garantía de las condiciones establecidas por el Consejo de Garantías Estatutarias».

«Una interpretación conforme a la Constitución produciría como efecto, no sólo la conservación de la ley, sino también una interpretación estrictamente jurídica que disipara posibles dudas sobre su ajuste constitucional y separara claramente los debates político y jurídico», añade el escrito defendiendo la constitucionalidad de las partidas presupuestarias que JxSí y CUP quieren utilizar para pagar el coste del referéndum separatista en Cataluña.

En otra parte de la alegación al Tribuna Constitucional, los letrados afirman que las partidas impugnadas «no están destinadas a la celebración de un referéndum» y argumenta que «no es un crédito del estado de gastos del presupuesto ni una asignación individualizada de este gasto».

La disposición adicional 40 «no es una norma presupuestaria vinculante ni contiene un mandato imperativo para el Gobierno de la Generalidad de Cataluña», dicen los letrados que se amparan en la cláusula «dentro de las disponibilidades presupuestarias para el 2017».

Una formula que se utiliza en la disposición impugnada y que, según los letrados, «condiciona su activación».

Esta cláusula se utiliza, según el escrito del servicio jurídico del Parlamento de Cataluña, para no condicionar que las enmiendas para aumentar las partidas presupuestarias impliquen tener que sacar de otras y puedan ser aceptadas.

Por otra parte, los letrados explican al Tribunal Constitucional en su recurso que hay 592 preceptos de la ley de presupuestos con un «tenor literal similar» y que todas ellas, si son aprobadas, serían un «mero brindis al sol».

En este sentido, las compara con proposiciones de ley o resoluciones, es decir, cuando «el Parlamento insta al Gobierno de la Generalidad de Cataluña a realizar una determinada actuación, pero no lo dota de recursos efectivos para llevarla a cabo».

Por ello, concluye, se derivaría una «vinculación más política que jurídica».

A pesar de admitir que la redacción es «técnicamente mejorable», los letrados defienden que la disposición adicional 40 sobre el referéndum prevé «vías de acuerdo con el Estado y la garantía de las condiciones establecidas por el Consejo de Garantías Estatutarias».

Letrados Parlamento Cataluña: El presupuesto de JxSí y CUP impugnado «no implica necesariamente la celebración de un referéndum«

Por otra parte, los letrados de la cámara catalana señalan que los conceptos «procesos electorales», «consultas populares» y «procesos de participación ciudadana» que incluyen las partidas impugnadas no implican necesariamente la celebración de un referéndum, «sino que tienen muchas otras formas de expresión», alegan.

Y dicen que como por ejemplo, la celebración de unas elecciones al Parlamento de Cataluña u otras formas de participación «perfectamente legítimas desde el punto de vista de la Generalidad de Cataluña» y que caben dentro de la Constitución.

Y es que, según el escrito de los letradas del parlamento de Cataluña, el recurso del Gobierno de España del presidente Mariano Rajoy Brey ante el Tribunal Constitucional tiene un «carácter preventivo» porque no se trata de «cuestionar las partidas sino una aplicación determinada y concreta», añade.

Los hechos

La disposición adicional 40 de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña de 2017 suspendida cautelarmente por la Justicia incluye dos apartados:

El primero, aprobado con los votos de JxSí y la CUP, hace referencia al referéndum unilateral y establece que «el Gobierno, dentro de las disponibilidades presupuestarias para el 2017, debe habilitar las partidas para garantizar los recursos necesarios en materia de organización y gestión para hacer frente al proceso referendario sobre el futuro político de Cataluña».

El segundo apartado, aprobado con los votos de JxSí y de Podemos en el Parlamento de Cataluña -Cataluña Si Que Se Puede (CSQP), dice que «el Gobierno de la Generalidad de Cataluña, dentro de las posibilidades presupuestarias, garantizará la dotación económica suficiente para hacer frente a las necesidades y los requerimientos que se deriven de la convocatoria del referéndum separatista sobre el futuro político de Cataluña, acordado en el apartado I.1.2 de la Resolución 306/XI del Parlamento de Cataluña, con las condiciones establecidas en el dictamen 2/2017, del 2 de marzo, del Consejo de Garantías Estatutarias».

Es decir, hace referencia a la apuesta de intentar un referéndum de autodeterminación (separatista) acordado entre el separatismo y el Gobierno de España del presidente Mariano Rajoy Brey que el Parlamento de Cataluña aprobó en el pasado debate de política general.

Recurso del Gobierno de España ante la Justicia

A instancias del Gobierno de la nación del presidente Mariano Rajoy Brey, el Tribunal Constitucional de la patria española también suspendió cautelarmente tres partidas presupuestarias.

Dos partidas aparecen en el capítulo de procesos electorales y consultas populares (incluido por supuesto el referéndum separatista), y la tercera partida está incluida en el apartado de procesos de participación ciudadana (que también, es otro eufemismo del separatismo para no decir Referéndum de autodeterminación).